En abril del año 2006, en el marco de una de las últimas reformas del Código Penal vigente se decidió revisar el Capítulo relativo a Delitos contra la Libertad y Violación de la Libertad Sexual con el objetivo de agravar la pena contra los perpetradores de violencia sexual, particularmente en los casos en que las víctimas son niños/as y adolescentes entre 0 y 18 años de edad. Sin embargo, en la búsqueda de proteger a los y las niños/as y adolescentes se dejó de reconocer la libre autonomía sexual de los y las adolescentes a partir de los 14 años, desconociendo el proceso de maduración sexual y psicológica que alcanza la persona en esta etapa de la vida.