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Estrategias por el aborto legal

Roxana Vásquez Sotelo es una reconocida feminista y defensora de los derechos humanos de las mujeres en América Latina. Fue una de las fundadoras del CLADEM (Comité Latinoamericano de Derechos de las Mujeres) e impulsora, entre otras muchas actividades, de la Campaña por una Convención de los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos. Conversamos con ella sobre su ponencia La defensa del aborto y cómo seguir danzando al son de nuestros discursos presentada en el Seminario por los 5 años de labor del CLAM, realizado los días 22 y 23 de julio en Rio de Janeiro.

“¿En qué medida, una visión que parte de presentar lo negativo, es decir, lo que no queremos: la muerte, la enfermedad, la vulnerabilidad, dificulta afirmar la visión de lo que queremos y más aún, podría estar favoreciendo una visión de las mujeres más como víctimas que como sujetos con capacidad de decisión?”

Esta fue la inquietud inicial de Roxana Vásquez durante su intervención en el Seminario por los cinco años del CLAM, a propósito de las estrategias para enfrentar uno de los temas más cruciales del movimiento feminista latinoamericano: el debate acerca de la legalización del aborto.

Para la abogada peruana, es fundamental recuperar algunos trabajos de importancia, como aquel de Alicia Yamín evocado en el título de su ponencia: “Aprendiendo a bailar ¿cómo impulsar la salud y el bienestar reproductivo de las mujeres desde las perspectivas de la salud pública y de derechos humanos”. En ese texto, la autora examina las conexiones y límites entre el trabajo de activistas especialistas en salud y de los derechos humanos. Yamín demuestra que no es suficiente lograr la cercanía entre los dos campos “sino utilizar los esfuerzos interdisciplinarios para promover la autorreflexión acerca de las premisas, los métodos y las estrategias de cada disciplina”.

“En un asunto tan dilemático como el aborto donde se conjugan dimensiones éticas, políticas, jurídicas, científicas y médicas” opina Vásquez, “mi impresión es que el interés principal todavía se centra mucho más en los aspectos médicos y científicos, desde la óptica de la vida en su sentido exclusivamente biológico, que en las dimensiones éticas, políticas y jurídicas. Pienso que hay que avanzar en esta dirección, complementando saberes y definiendo sus énfasis de acuerdo a los objetivos que nos hemos trazado.”

En efecto, durante las dos últimas décadas, la estrategia sobre el aborto propuesta por el movimiento feminista colocó el énfasis en la salud. La limitación de esa estrategia fue su foco en los efectos del aborto. Estas campañas podrían estar diluyendo o postergando los argumentos que abogan por la autonomía, la libertad y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres.

“El derecho a la salud como muchos otros derechos humanos, aborda el tema del aborto, pero lo hace sólo desde algunos de sus ángulos y consecuencias. Si se lograra confluir este asunto con sus marcos fundantes en el ámbito de la Constitución, por ejemplo, se podría construir tanto una argumentación pública como discursos políticos más potentes, menos segmentados, evitando eludir la discusión sobre la vida y acrecentando la figura de la dignidad, atributo reconocible solamente a la persona y no al que no ha iniciado aun ese proceso”, es la propuesta de la abogada.

Para Vásquez, “las preguntas sobre la vida y la dignidad humana nos colocan ante un desafío más amplio, no solo del aborto, sino también de la eutanasia, de las nuevas tecnologías, desde otro nivel de cuestionamiento. Nos permiten preguntarnos sobre el enorme peso de la dimensión biológica como exclusiva para enjuiciar la vida frente a una realidad cotidiana que reclama por la calidad de vida en sus dimensiones tangibles e intangibles, como el amor, la dignidad, el placer o la felicidad”.

Vásquez toma el caso de la Constitución Colombiana para proponer un giro en las estrategias del aborto, pues como explica, “muchos de los logros obtenidos, que se ven objetivados en los razonamientos de los máximos tribunales de algunos países de la región y también en los sistemas internacionales de protección de derechos humanos, no son ni suficientemente conocidos ni suficientemente aprovechados para el diseño de nuevas estrategias para el debate público. Por ejemplo, se sigue hablando de la vida en términos absolutos cuando sabemos que no existen derechos absolutos; es precisamente cuando hay conflictos entre derechos que los tribunales desarrollan razonamientos muy interesantes y plantean rutas para alcanzar lo que llamamos la ponderación de estos derechos. Podemos estar de acuerdo o no con estos razonamientos, el punto es que abren caminos para una discusión menos simple o extrapolada”.

En la sentencia C-355-06 del Tribunal Constitucional Colombiano se encuentra un punto de partida interesante para nuevas argumentaciones en el debate en torno al aborto. Dicha sentencia orienta sobre el concepto de la vida en el que el Estado le permite al individuo vivir como se quiere; vivir bien; vivir sin humillaciones.

Al diferenciar el principio constitucional de la vida del derecho a la vida, la Corte colombiana proporciona elementos para argumentar por el derecho al aborto desde una perspectiva de derechos humanos. Vásquez explica por qué: “Mientras que el principio constitucional de la vida es obligación del Estado, el derecho a la vida requiere titularidad para su ejercicio, la que está restringida a la persona humana; el primero, en cambio, se predica incluso respecto de quienes no han alcanzado esta condición. Al mismo tiempo, esta Corte considera que determinar el momento exacto a partir del cual se inicia la vida humana es un problema al cual se han dado varias respuestas según diferentes criterios y cuya evaluación no le corresponde en esta decisión. Si el principio de la vida y el derecho a la vida son fenómenos diferentes, una ya puede preguntarse directamente a quién le corresponde tomar esta decisión”.

Como informa Vásquez, “uno de los aspectos desarrollados en la teoría de los derechos humanos, que comienza a recogerse explícitamente en la argumentación de los tribunales como parte del razonamiento constitucional, es que no es el Estado quien indica el tipo de vida que debes llevar sino que su competencia es la de garantizar las condiciones para que cada persona decida el tipo de vida que quiere llevar”.

El enfoque de protección de la vida que va variando en función del tiempo resulta una manera interesante de abordar el tema. Es fundamental tener en cuenta que los derechos no son absolutos, si se tiene en cuenta que estos van variando, se pueden evitar los absolutos “que son precisamente los que impiden un buen debate tendiente a avanzar en los entendimientos sobre el complejo tema del aborto”, explica Vásquez.

“La vida, la autonomía y la libertad de las personas constituyen otro tipo de argumentación que va al centro de la materia en discusión. Es en la ponderación de principios y derechos donde se encuentra un camino para la exposición y análisis del asunto en cuestión.” En conclusión, Vásquez nos advierte que hay formas de razonamiento que podrían y no están siendo utilizadas. Si el derecho no puede hablar de cuándo comienza la vida humana y la ciencia no puede decirlo ¿a quién le corresponde tomar esta decisión? Es necesario entonces armonizar argumentos, conocer más a fondo cada una de las posiciones para hacer un discurso más claro y más formal sin bordear los temas dilemáticos sino, por el contrario, enfrentarlos.

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