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JUSTICIA REPRODUCTIVA

En el marco de la conmemoración del “Día de Acción por la Salud de las Mujeres” se realizó los días 19 y 20 de mayo en Buenos Aires el Seminario Nacional: acceso a la Justicia Reproductiva. El evento organizado por Católicas por el Derecho a Decidir (CDD) y el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo, (Insgenar), reunió a disertantes de organizaciones sociales y organismos internacionales con el fin de revisar las agendas públicas y desarrollar políticas más inclusivas en la salud de las mujeres.

El seminario estuvo signado por la conmemoración del dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que acogió la demanda por violación a los Derechos Humanos de LMR, una joven de la ciudad de La Plata con discapacidad mental permanente a quien se le negó el acceso a la interrupción no punible de su embarazo producto de la violación cometida por uno de sus tíos.

El acoso judicial que sufren las mujeres y sus familiares cuando solicitan abortos no punibles es legitimado por instituciones estatales, afirmaron varios de los participantes. Por este motivo, el dictamen de la ONU representa un logro significativo. El fallo hace alusión a la violación del artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (tortura y trato cruel, inhumano y degradante) al considerar que “la omisión del Estado al no garantizar a LMR el derecho a la interrupción del embarazo conforme a lo previsto en el art. 86 inc. 2 del Código Penal causó a la joven un sufrimiento físico y moral, tanto más grave cuanto se trataba de una joven con discapacidad”. Pero el dato político más relevante tal vez sea el pedido de “garantías de no repetición”. El dictamen de la ONU señala que “el Estado tiene también la obligación de tomar medidas para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro” y lo emplaza a informar en 180 días sobre las disposiciones adoptadas para aplicar el dictamen.

En palabras de Silvia Juliá, abogada de CDD, esta resolución pone nombre a la actuación de algunos operadores del Poder Judicial que, en lugar de garantizar los derechos sexuales de las mujeres, los vulneran. “Hay un marco normativo que no se cumple y sobre el cual no hemos podido reclamar debidamente. Frente a esto, algunas instituciones naturalizan la violencia cuando las mujeres intentan ejercer sus derechos sexuales y reproductivos” , remarcó Juliá. Un caso paradigmático es el de Ana María Acevedo. Profesionales de la salud de un hospital público de Santa Fe, aduciendo convicciones religiosas, la obligaron a llevar su embarazo a término y con ello suspender el tratamiento oncológico necesario para combatir el cáncer que padecía. Acevedo murió por causa de la enfermedad y su hija sólo sobrevivió 24 horas.

Continuando con el razonamiento de Juliá, Cristina Zurutuza, representante del Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de la Mujer, CLADEM, agregó que la acción de los sistemas judicial y de salud participa en la construcción de subjetividades y que, en los casos citados, “lo hace de modo violento, cercenándoles a las ciudadanas derechos y libertades. Por este motivo los organismos internacionales instan a los Estados a cumplir con sus responsabilidades de proteger los derechos de sus ciudadanos”.

Acceso a la salud: deudas y desafíos

Mariana Romero, investigadora del Centro de Estudios de Estado y Sociedad, CEDES, afirmó que el dictamen de la ONU le confiere al aborto no punible “un piso para afianzarse en todo el territorio nacional” . Romero remarcó la deuda que tiene el país en la lucha contra la mortalidad materna. En el período 1990-2010 la reducción de estas muertes fue muy baja, por lo que éste sería el único de los objetivos de desarrollo del milenio que Argentina no cumpliría en caso de que la tasa de reducción continúe igual. El compromiso contempla reducir para el año 2015 la tasa de mortalidad materna en un 75%, que para América Latina es de 85 por cien mil nacidos vivos y, en 2008, era de 230 por cien mil a nivel mundial. Esto equivale a una disminución del 41% para la región y del 34% para el resto del mundo. Por su parte, Argentina en ese período sólo alcanzó una reducción del 23%, Si continúa esta tendencia, la tasa que el país habrá alcanzado en 2015 será de 39 por cada cien mil nacidos vivos, cuando la meta es de 13 por cada cien mil.

En 2010, el comité de seguimiento de la CEDAW le pidió a Argentina que explicara los motivos de la baja aplicación del artículo 86 del Código Penal que prevé las causas de aborto no punible, mecanismo privilegiado por el organismo internacional para controlar la mortalidad materna. Por este motivo, en 2012 el país deberá presentar un informe sobre el estado de implementación de la guía de aborto no punible desarrollada por el Ministerio de Salud de la Nación. Al respecto, Romero señaló que “las mujeres siguen muriendo en los servicios de salud debido a problemas de capacidad resolutiva para manejar la emergencia obstétrica” . A esto se suma que, según lo reveló un estudio realizado por la Academia Nacional de Medicina, el Ministerio de Salud no ha actualizado las guías de práctica clínica, concluyó.

La investigadora discurrió sobre las diferencias en las provincias del país en materia de mortalidad materna y explicó que Formosa, provincia del Norte argentino, tiene el mayor porcentaje de mortalidad materna y de cantidad de muertes por riesgo acumulado (criterio que considera la historia reproductiva de las mujeres y la posibilidad de muerte en los sucesivos embarazos). Para Romero, esto evidencia el grado de inequidad que existe en el acceso a los servicios de salud, a una atención adecuada y a la posibilidad que tienen las mujeres de planificar los embarazos de acuerdo con sus deseos y necesidades.

Respecto a la atención adecuada, la socióloga Vanesa Vázquez Lava citó una investigación realizada por ella en el Norte argentino que permite comprender mejor el significado de la relación paciente-médico/a en términos de “buena o mala atención”. Vázquez explicó que esta categoría debe ser considerada en el análisis de la violencia institucional ya que la baja capacitación del personal de salud conlleva a la incomunicación con sus pacientes, a la incapacidad de oírlas y de informarles en un lenguaje adecuado los métodos de contracepción y cuidado.

Álvaro Herrero, abogado y director de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), explicó que los problemas de atención sanitaria de la mujer pueden ser considerados casos de desigualdad estructural. En particular, se refirió a las mujeres que no tienen acceso a prestaciones médicas, a quienes se les niegan o vulneran sus derechos de forma sistemática y sostenida en el tiempo. Para Herrero, esta situación es palpable en las estadísticas de estudios académicos como los realizados por el CEDES, presentadas por Mariana Romero en el Seminario.

Herrero señaló que los principales obstáculos en el aparato judicial para que las mujeres accedan a sus derechos en materia de salud sexual y reproductiva son de carácter cultural y legal. A los culturales corresponden prácticas judiciales arcaicas, la baja presencia de mujeres en puestos de toma de decisiones dentro del Poder Judicial, la falta de contenidos sobre los derechos de la mujer en las currículas de las carreras de derecho en el país y la falta de capacitación de los jueces sobre estas cuestiones que permanecen bajo la tutela masculina. Entre los obstáculos legales destacó las resistencias y confusiones en la aplicación del artículo 86 del Código Penal sobre aborto no punible y la respuesta de los médicos ante esta situación: judicializar por su cuenta cada solicitud de aborto.

En opinión del abogado, la Corte Suprema de Justicia tiene en este momento la responsabilidad de clarificar los alcances de los casos previstos por el Código Penal para abortar legalmente. Mediante una resolución positiva de la Corte se pondría fin a las situaciones que se han presentado en distintas provincias en donde, debido a interpretaciones legales incorrectas por parte de médicos, jueces y otros funcionarios del Poder Judicial, se ha restringido el acceso a este derecho. Al respecto, señaló, el dictamen de la ONU es de gran importancia pues contribuye a fortalecer los marcos legales para asegurar el acceso de las mujeres al aborto no punible y a la justicia reproductiva en general.

En esta línea, la brasileña Beatriz Galli, integrante de la ONG IPAS, manifestó su acuerdo respecto a que el aborto inseguro es un problema de salud pública. En su presentación sobre las características de esta problemática en el Brasil, recalcó la necesidad de capacitar a los operadores jurídicos y profesionales de la salud en las normativas legales relativas al aborto no punible. También explicó las estrategias empleadas por los grupos ‘pro-vida’ brasileños para atacar el aborto, destacando la denuncia de las clínicas que practican abortos ilegales y de las mujeres que a ellas concurren como una de las más frecuentes. Un caso emblemático de esta situación es la denuncia realizada en 2008 por diputados antiabortistas de una clínica de planificación familiar de la ciudad de Campo Grande, Estado de Mato Grosso do Sul. La policía allanó el lugar e incautó 10 mil fichas médicas de los últimos veinte años. Las mujeres que concurrieron al establecimiento ginecológico están siendo investigadas y muchas enfrentan procesos judiciales. “La criminalización de las mujeres no es el camino ni la respuesta, sino un modo de violencia en connivencia con la violación de los derechos a la salud”, enfatizó Galli.

Secularismo y nuevas estrategias de los discursos religiosos

Un punto central del seminario fue el rol de las instituciones religiosas en la conformación de discursos y grupos denominados pro-vida. Gillian Kane, asesora de IPAS New York, presentó cuatro tendencias que contribuyen al establecimiento transnacional de las posiciones de los movimientos anti-choice (contra el derecho a decidir). En primer lugar, la protección del derecho a la vida desde la concepción y su inclusión en las constituciones nacionales o estatales, como es el caso de México en donde hasta el momento 17 estados han modificado sus cartas magnas para incluir este precepto, generando una suerte de “blindaje” constitucional contra la legalización del aborto e incluso el uso de técnicas contraceptivas. La segunda tendencia es la inclusión de cláusulas sobre objeción de conciencia en guías técnicas y en legislaciones para negarse a realizar determinados tratamientos médicos o a discutir temas relacionados con los derechos sexuales y reproductivos. La tercera es el establecimiento de asociaciones jurídicas cristianas atendidas por activistas pro-vida que trabajan en litigios y en cabildeo internacional. Entre estas se destaca el Centro Estadounidense de Derecho y Justicia, con sedes en Washington y Estrasburgo y oficinas en más de 35 países. Esgrimiendo argumentos a favor de la libertad de culto, de consciencia y de expresión, esta organización se opone a la despenalización del aborto y al reconocimiento de otras libertades civiles en materia de derechos sexuales y reproductivos. La cuarta tendencia señalada por Kane es la utilización del término ‘cristianofobia’ para referirse a un supuesto esfuerzo mundial por la secularización que supone el fin de la libertad de culto, los valores y la tolerancia.

La periodista Marta Vasallo señaló que el sentido común social, “ese terreno pantanoso compuesto de premisas no revisadas, por lo tanto laxas y cambiantes, es un lugar que ha sido eficazmente permeado por la consigna del derecho a la vida” . En este sentido, afirmó, uno de los grandes aciertos de la Iglesia y los grupos conservadores ha sido posicionar una consiga endeble pero fácilmente apropiable por parte del sentido común. Para Vasallo, esto confina la defensa del derecho a decidir “a lo que el Papa Juan Pablo II llamó ‘la cultura de la muerte’, para referirse al aborto, la eutanasia y la anticoncepción” . Sin embargo, ¿puede la defensa absoluta de la vida anteponerse a las consideraciones de justicia, de respeto a la integridad, a la autonomía y a la libertad? Esa es la pregunta que propone Vasallo como salida política a la encrucijada “en la que los grupos pro-vida nos colocan” .

El sentido común al que se refiere involucra también la administración del derecho por parte del Estado como un ámbito donde el menosprecio a las leyes y la habilidad para burlarlas se impone aun desde las más altas esferas judiciales. Lo anterior, explica Vasallo, trae aparejado un divorcio entre lo legal y lo cultural con la consabida imposición de lo cultural y el riesgo de que la ley devenga letra muerta. Este mecanismo, afirma, consigue que parte de las luchas del movimiento feminista se orienten no tanto a modificar, sino a hacer cumplir o implementar el aparato legal existente, como es el caso de los abortos no punibles o la ley de educación sexual.

El sociólogo Juan Marco Vaggione analizó los modos en que los movimientos religiosos conservadores han ido adaptando sus discursos frente a las estrategias y posicionamientos defendidos por los movimientos feministas y LGBT. Estos cambios, explicó, los convierten en un obstáculo más complejo y peligroso para los derechos sexuales y reproductivos, ya que obliga a los movimientos sociales a reconocer lo religioso como inevitablemente político y no sólo como parte del fuero privado. Basándose en el debate suscitado el año pasado por la ley de matrimonio igualitario en Argentina, Vaggione se preguntó por el papel de la identidad religiosa de las y los legisladores a la hora de tomar decisiones relativas a los derechos sexuales y reproductivos. A partir de la pregunta “¿es posible clausurar las convicciones religiosas?”, el investigador propuso clasificar a los legisladores que se autodefinieran como católicos en cuatro tipos, teniendo en cuenta sus argumentaciones en las sesiones de votación de leyes sobre aborto. Entre quienes votan en contra, Vaggiones identifica a los ‘practicantes’ y ‘estratégicos’, y a los ‘privatistas’ y ‘disidentes’ entre los que se muestran a favor de la despenalización. El ‘legislador estratégico’ sería una figura emergente que encarna la nueva forma de discursividad de la Iglesia en el fuero público, en la que su postura no se asienta en fundamentaciones del derecho canónico, sino en un arsenal de argumentaciones científicas y bioéticas. Estos argumentos provienen de operadores internacionales que, según Vaggione, “nos llevan al campo de un cientificismo del cual los movimientos tratamos de escapar, porque lo que está en juego es más importante que un conjunto de ciencias que prueban quién tiene la razón”. Para Vaggione, “esta es la forma como el Opus Dei ejerce su influencia en la cultura política latinoamericana, y la forma como religión y política se convierten en un obstáculo central por donde pasa el tamiz de una democracia ‘laica’”.

Cómo seguir la lucha: estrategias para continuar

Durante el Seminario, las y los disertantes plantearon algunos aspectos a tener en cuenta en el desarrollo de estrategias para la justicia reproductiva. Estela Díaz, Directora del Centro de Estudios Mujeres y Trabajo de Argentina, planteó articular el dictamen de la ONU como un nuevo referente para la defensa de los derechos humanos de las mujeres. Se han conformado las bases para un trabajo de este tipo gracias a los debates en torno a casos como el de LMR y a las articulaciones con sectores como los movimientos sociales, sindicales y la academia, afirmó. Sin embargo, aún es necesario trabajar en torno a la reticencia de los prestadores de salud frente a la realización de abortos no punibles y al paternalismo que esta acción conlleva.

Claudia Anzorena, de la organización Las Juanas y las Otras, celebró el carácter federal de la campaña por el derecho al aborto e insistió en la necesidad de continuar con este trabajo para concientizar a la sociedad. Viviana Della Siega, vicepresidenta de Insgenar Rosario, se refirió a la creciente aceptación y adhesión de la sociedad a temas relativos a la salud sexual y reproductiva, como el de aborto no punible. Della Siega destacó la importancia de los reportes sombra como herramientas políticas con las que cuentan las organizaciones civiles para lograr que los organismos internacionales obliguen a los Estados a replantear las políticas referentes a temas centrales como los derechos a la salud de las mujeres.

Mariana Romero llamó la atención sobre dos tipos de argumento que pueden respaldar el proyecto de ley de Salud Sexual y Reproductiva, el cual se encuentra en tratamiento de comisión por parte del Congreso de la Nación: en primer lugar, aquellos que basados en estudios expertos muestran que la legislación que reconoce causales de legalización y despenalización del aborto no contribuyen a elevar la incidencia de esta práctica. En segundo lugar, los que demuestran que a medida que se amplían las causales disminuye la tasa de mortalidad materna, como los referidos por la Organización Mundial de la Salud.

Vaggione invitó a repensar las estrategias de los movimientos teniendo en cuenta el cruce y complejidad de lo religioso y lo político. “El campo de lo religioso debería ser también una posibilidad para el activismo de los derechos sexuales y reproductivos, ya que es relevante no solo en el ámbito político sino en el plano cultural”, puntualizó.

 

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