{"id":1002,"date":"2014-11-19T00:00:00","date_gmt":"2014-11-19T02:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/clam.org.br\/es\/2014\/11\/19\/violencia-extrema-contra-las-mujeres\/"},"modified":"2014-11-19T00:00:00","modified_gmt":"2014-11-19T02:00:00","slug":"violencia-extrema-contra-las-mujeres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/clam.org.br\/es\/noticias-clam\/violencia-extrema-contra-las-mujeres\/1002\/","title":{"rendered":"Violencia extrema contra las mujeres"},"content":{"rendered":"<p>En Chile, los femicidios han aumentado por lo menos un 7% en los &uacute;ltimos 10 a&ntilde;os. M&aacute;s de la mitad de las v&iacute;ctimas registradas entre 2010 y 2012 conviv&iacute;an con su agresor y 45% del total ten&iacute;an medidas cautelares vigentes, se&ntilde;ala el informe <i><a href=\"http:\/\/www.feminicidio.net\/sites\/default\/files\/estudio-violencia_extrema-finaldef.pdf\">Violencia extrema hacia las mujeres en Chile<\/a>.<\/i> El documento, lanzado en septiembre de este a&ntilde;o y producto de una investigaci&oacute;n realizada por la <a href=\"http:\/\/www.nomasviolenciacontramujeres.cl\/~nomasvio\/nomasviolenciacontramujeres.cl\/frontpage\">Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres<\/a>, destaca adem&aacute;s que las mujeres asesinadas por raz&oacute;n de su g&eacute;nero son cada vez m&aacute;s j&oacute;venes: el promedio de edad de las v&iacute;ctimas descendi&oacute; de 38 a&ntilde;os en 2010 a 35 a&ntilde;os en 2011 y 2012. La mayor&iacute;a de ellas se concentra en el rango de los 21 a los 30 a&ntilde;os. No obstante, este tipo de violencia puede afectar a las mujeres en cualquier momento de su vida: el informe reporta casos de ni&ntilde;as asesinadas en su primer a&ntilde;o de edad hasta mujeres mayores de 70 a&ntilde;os.<\/p>\n<p>El femicidio fue tipificado por la legislaci&oacute;n chilena en 2010, mediante la ley 20.480, que modific&oacute; el C&oacute;digo Penal y la Ley de Violencia Intrafamiliar. Desde su promulgaci&oacute;n, la ley que estipula penas de entre 15 a&ntilde;os y cadena perpetua para delitos que hasta entonces eran considerados parricidios, fue duramente criticada, pues reduce el femicidio al &aacute;mbito de las relaciones de pareja. De este modo, ignora los asesinatos de mujeres cometidos en otros contextos y por personas distintas a sus parejas o ex parejas, pese a estar motivados por razones similares.<\/p>\n<p>Desde el principio se vaticinaba que los alcances de la norma iban a ser limitados, pero lo que causa mayor preocupaci&oacute;n es el impacto reducido e incluso negativo que pueda haber tenido dicho tratamiento legal tanto en el castigo como en la forma como es representada la forma de violencia m&aacute;s extrema contra las mujeres.<\/p>\n<p>Al respecto Lorena Astudillo P&eacute;rez, coordinadora de la Red y co-investigadora, se&ntilde;ala que si bien la tipificaci&oacute;n del femicidio ha contribuido a reconocer su existencia, al mismo tiempo ha distorsionado las l&oacute;gicas de su ocurrencia: <i>&ldquo;para las personas &lsquo;femicidio&rsquo; ya no es una palabra extra&ntilde;a y se asocia al asesinato de una mujer. Lamentablemente, el hecho de que la ley lo tipifique de una manera tan pobre, no logra generar en la poblaci&oacute;n el conocimiento de que estamos frente a asesinatos machistas, asociados a una forma de control, posesi&oacute;n y dominaci&oacute;n por parte de un hombre hacia una mujer. Nuestra legislaci&oacute;n &lsquo;cree&rsquo; y &lsquo;hace creer&rsquo; que femicidio es aquel asesinato cometido por el marido, conviviente, ex pareja o padre del hijo o hija de una mujer, sin considerar para nada el real trasfondo que hay cuando se comete un femicidio&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>Esto resulta particularmente grave, si se tiene en cuenta que, como se&ntilde;ala el informe, los femicidios no &iacute;ntimos (es decir, aquellos en donde la mujer no tiene ning&uacute;n tipo de relaci&oacute;n o v&iacute;nculo con el femicida), constituyeron entre el 25% y el 30% del total de los casos en el per&iacute;odo 2010-2012. Asimismo, la falta de reconocimiento de otras relaciones de poder ancladas en el g&eacute;nero y que pueden conducir al asesinato de mujeres, pasan inadvertidas para los operadores de justicia quienes incluso llegan a considerar que la definici&oacute;n de violencia contra las mujeres es una cuesti&oacute;n subjetiva.<\/p>\n<p><b>Recrudecimiento de la violencia femicida<\/b><\/p>\n<p>El estudio realizado por la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres tiene como antecedente la investigaci&oacute;n <i><a href=\"http:\/\/repositorio.cepal.org\/bitstream\/handle\/11362\/1291\/S36283F329_es.pdf?sequence=1\">Femicidio en Chile<\/a>,<\/i> llevada a cabo en 2004 por Camila Maturana Kesten, Gloria Maira Vargas y Soledad Rojas Bravo. En ese momento, las investigadoras estimaron que 50% de los asesinatos de mujeres correspond&iacute;an a un femicidio. Para estimar el alcance de este tipo de violencia en el per&iacute;odo 2010-2012, el equipo investigador de la Red cotej&oacute; los registros del Servicio M&eacute;dico Legal relativos a las autopsias de mujeres fallecidas por agresiones con los registros de femicidios y determin&oacute; que estos constitu&iacute;an el 57% del total de asesinatos de mujeres en Chile, es decir, 7% m&aacute;s que hace 10 a&ntilde;os.<\/p>\n<p>Al respecto, Astudillo se&ntilde;ala que si bien es dif&iacute;cil comprobar que los femicidios aumentaron a lo largo de los 10 a&ntilde;os, en tanto puede que los medios de comunicaci&oacute;n de la actualidad reporten con mayor detalle que antes este tipo de cr&iacute;menes, se tiene certeza de que en los &uacute;ltimos 4 a&ntilde;os, desde que se empez&oacute; a registrar este delito merced a su tipificaci&oacute;n, hubo un aumento efectivo. Para la coordinadora de la Red, dicho incremento obedece a m&uacute;ltiples causas, aunque buena parte de ellas se relacionan con el mismo problema: los factores estructurantes de dicha violencia permanecen intactos.<\/p>\n<p><i>&ldquo;El femicidio es la m&aacute;xima expresi&oacute;n de la violencia machista, sin embargo nada se hace contra la cultura machista en la que vivimos, s&oacute;lo las organizaciones feministas y de mujeres nos hemos preocupado de denunciar los diversos tipos de violencia, de nombrarla. La violencia simb&oacute;lica se reproduce en los medios de comunicaci&oacute;n, en las escuelas, en el trabajo, se ha naturalizado, pero es ah&iacute; donde tenemos que hacer los cambios profundos. La prensa informa los femicidios como si fueran hechos aislados y los agresores perciben esto. Adem&aacute;s, no hay condena social ni castigo penal efectivo, la impunidad se percibe d&iacute;a a d&iacute;a. Con estos antecedentes, no nos debe sorprender que los femicidios sigan aumentado&rdquo;,<\/i> afirma.<\/p>\n<p>Uno de los mayores obst&aacute;culos en el abordaje del femicidio son las resistencias institucionales a reconocer la violencia contra las mujeres como delito. Al respecto, la Red se&ntilde;ala una aparente paradoja relacionada con el aumento del femicidio y la disminuci&oacute;n de las cifras oficiales de denuncias por &lsquo;maltrato habitual&rsquo;. La mayor&iacute;a de denuncias que se hacen en contextos de violencia intrafamiliar son interpuestas por mujeres debido a lesiones. No obstante, en 9 de 15 regiones las denuncias por maltrato habitual disminuyeron casi a la mitad en el per&iacute;odo estudiado.<\/p>\n<p>Astudillo explica que para que el maltrato a las mujeres en Chile configure delito, debe ser &lsquo;habitual&rsquo;, es decir, tener cierta permanencia: <i>&ldquo;este es el &uacute;nico delito que debe ocurrir varias veces para que nuestra ley lo considere tal. Sin embargo, quienes tipifican el delito son jueces y juezas, es decir que queda a criterio de ellos y ellas considerar cu&aacute;ntas veces es suficiente que se maltrate a una mujer para que se considere un delito. Actualmente los fiscales esperan que eso lo hagan los jueces y juezas de los tribunales de familia, quienes no pueden conocer delitos, entonces se declaran incompetentes y pasan el caso a la Fiscal&iacute;a, lo que implica demora y burocracia en casos que requieren atenci&oacute;n inmediata. Asimismo, si llegan mujeres a hacer las denuncias directamente al Ministerio P&uacute;blico, se considerar&aacute;n los hechos de manera aislada, sin poner atenci&oacute;n en si estos son habituales o no, por ende, siempre se considerar&aacute; la violencia hacia las mujeres, llamada intrafamiliar por nuestra ley, como una falta y no como un delito. Las faltas en Chile suelen sancionarse con una suma peque&ntilde;a de dinero, ese es el castigo m&aacute;ximo al cual se puede aspirar&rdquo;,<\/i> afirma.<\/p>\n<p>A esto se suma que el sistema de justicia s&oacute;lo registra las lesiones m&aacute;s graves y visibles, que, en la pr&aacute;ctica, configuran las pruebas requeridas para tramitar una denuncia. De acuerdo con el informe, esto da cuenta de un elevado umbral de aceptaci&oacute;n de violencias contra las mujeres, lo que a su vez redunda en un precario tratamiento de aquellas que son evitables. Lo anterior resulta patente en un fragmento de entrevista a un funcionario del Ministerio P&uacute;blico citado en el informe, seg&uacute;n el cual, <i>&ldquo;si una v&iacute;ctima se retracta, no tienes testigos de haberla visto sangrando, ni la polic&iacute;a lleg&oacute; en flagrancia y ella lleg&oacute; al d&iacute;a siguiente con el moret&oacute;n, pero no as&iacute; en sangre, esa es causa perdida&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>Entre 2010 y 2012, el principal delito denunciado por las mujeres asesinadas fue el de lesiones, que alcanz&oacute; un 53%. Del total, s&oacute;lo 11% termin&oacute; con una sentencia condenatoria. Para que las lesiones constituyan delito, estas deben estar acompa&ntilde;adas de constataci&oacute;n de un servicio p&uacute;blico de salud, que suele registrar como graves s&oacute;lo aquellas lesiones que requieren la incapacidad por al menos un mes o la mutilaci&oacute;n de alguna parte del cuerpo. En este sentido, las autoras plantean la posibilidad de que la minimizaci&oacute;n del tipo de lesiones enmascare femicidios frustrados, por lo que las v&iacute;ctimas fatales podr&iacute;an haber sobrevivido a anteriores intentos de asesinato.<\/p>\n<p>Otro aspecto que permite dar cuenta del problema es la incapacidad del sistema de justicia para proteger a las mujeres que se encuentran en riesgo, lo que se evidencia en el alto n&uacute;mero de mujeres asesinadas que contaban con alguna medida de protecci&oacute;n (45%), la ineficacia de tales medidas y los prolongados tiempos que le toma al sistema de justicia otorgarlas.<\/p>\n<p>Aunque la ley se&ntilde;ala que el juez debe otorgar a las mujeres <i>&ldquo;todas aquellas medidas necesarias para su protecci&oacute;n&rdquo;,<\/i> estas se materializan en una orden de alejamiento para el agresor, se&ntilde;ala Astudillo. <i>&ldquo;Le entregan una hoja de oficio a la mujer y le dicen que el agresor no se puede acercar a ellas y si se acerca, que pida ayuda a los carabineros y les muestre la hojita que le dieron. Eso es poner en manos de la misma mujer el resguardo de su vida, con todo lo que ello implica y con las consecuencias que ya conocemos&rdquo;,<\/i> afirma.<\/p>\n<p>Por otro lado, el estudio de la Red muestra c&oacute;mo el sistema de justicia avanza a un ritmo rezagado con respecto a las amenazas concretas hacia las mujeres. En el 50% de los femicidios, las mujeres fueron asesinadas en los tres meses posteriores a la denuncia de las agresiones, las cuales permanecen hasta nueve meses en lista de espera para obtener un peritaje que permita el establecimiento de medidas de protecci&oacute;n.<\/p>\n<p><b>Nuevas categor&iacute;as de an&aacute;lisis<\/b><\/p>\n<p>Con el objetivo de complejizar el an&aacute;lisis del femicidio, el estudio propuso categor&iacute;as de an&aacute;lisis adicionales a las contempladas por la legislaci&oacute;n chilena y ajust&oacute; otras existentes al contexto de ese pa&iacute;s. Entre ellas cabe mencionar el &lsquo;suicidio femicida&rsquo; y el &lsquo;castigo femicida&rsquo;.<\/p>\n<p>Tomando como punto de partida la definici&oacute;n de Diana Russell y Roberta Harmes de suicidio femicida como aquel <i>&ldquo;cuya causa se encuentra en el &uacute;nico l&iacute;mite posible a la agresi&oacute;n recibida por sus convivientes, amantes, esposos, acosadores; como &lsquo;&uacute;nica salida&rsquo; ante una muerte inminente&rdquo;,<\/i> las autoras del estudio chileno incluyeron adem&aacute;s los casos de mujeres que acabaron con su vida a ra&iacute;z de la impunidad, revictimizaci&oacute;n y negligencia de las instituciones encargadas de su protecci&oacute;n.<\/p>\n<p>Para tal fin cruzaron las informaciones disponibles sobre mujeres fallecidas por lesiones autoinfligidas y de mujeres que hab&iacute;an instaurado una causa penal por violencia intrafamiliar. A partir de esto las autoras estimaron que entre el 15% y 16% de los suicidios de mujeres entre 2010 y 2012 pueden ser considerados suicidios femicidas.<\/p>\n<p><i>&ldquo;Estas cifras, hasta ahora desconocidas, dan cuenta de una realidad que existe en nuestro pa&iacute;s. Se trata de mujeres que son impulsadas al suicidio probablemente como consecuencia del acoso y la violencia constante a la que se ven sometidas. Mujeres que solicitaron ayuda y dieron cuenta de la situaci&oacute;n que estaban viviendo. No es posible saber, con los registros existentes, cu&aacute;ntas otras mujeres que se suicidaron lo hicieron tambi&eacute;n como medida desesperada para poner fin a los malos tratos o como se&ntilde;al de impotencia frente a la impunidad en que se desenvuelve su agresor&rdquo;,<\/i> se&ntilde;ala el documento.<\/p>\n<p>El estudio se&ntilde;ala adem&aacute;s que la situaci&oacute;n de desconocimiento de estos casos y de impunidad en la que se encuentran los agresores que llevaron a las mujeres al suicidio continuar&iacute;a luego de sus muertes, en tanto a varios de ellos se les ha entregado la tutela de sus hijos.<\/p>\n<p>En esta categor&iacute;a se encuentra el <a href=\"http:\/\/www.paula.cl\/reportaje\/por-que-se-suicido-gabriela\/\">caso de Gabriela Mar&iacute;n<\/a>, maestra de preescolar de 23 a&ntilde;os de edad y madre de dos hijos, que se ahorc&oacute; en 2012. Un mes antes la mujer hab&iacute;a sido violada por tres hombres que la golpearon con piedras en la cabeza y luego las introdujeron en su vagina. Tras ser abandonada por los agresores, Mar&iacute;n solicit&oacute; ayuda e interpuso una denuncia. Carabineros logr&oacute; capturar a dos de los hombres que ella reconoci&oacute; como sus agresores, sin embargo, luego de sucesivos errores en los procedimientos de captura y formulaci&oacute;n del parte policial, los detenidos fueron puestos en libertad por un tribunal que declar&oacute; ilegal su detenci&oacute;n. La Fiscal&iacute;a no apel&oacute; la decisi&oacute;n ni solicit&oacute; detenci&oacute;n preventiva de los acusados, por lo que un mes despu&eacute;s de haber ocurrido el hecho, ellos segu&iacute;an en la calle. Ante la situaci&oacute;n de impunidad y el miedo que sent&iacute;a Mar&iacute;n por una nueva agresi&oacute;n decidi&oacute; quitarse la vida, dejando a su hermano una nota en la que le ped&iacute;a que continuara luchando por su caso para que se hiciera justicia.<\/p>\n<p>Conocer y registrar de forma sistem&aacute;tica los suicidios femicidas no es una tarea f&aacute;cil debido a la invisibilidad de los mismos y a la frecuente relaci&oacute;n del suicidio con otro tipo de causas. Sobre los retos que implic&oacute; el abordaje del suicidio femicida Lorena Astudillo afirma: <i>&ldquo;actualmente, los suicidios de las mujeres en Chile est&aacute;n asociados a la salud mental, generalmente a la depresi&oacute;n, pero nadie ha averiguado o reparado en la historia de vida de esas mujeres: 16% de ellas hab&iacute;a hecho una denuncia en el Ministerio P&uacute;blico porque estaba viviendo violencia por parte de su pareja, pero pareciera que su muerte fuera la concesi&oacute;n expl&iacute;cita de la impunidad a sus agresores. Los juicios no se contin&uacute;an, se olvidan los antecedentes y los agresores siguen como si nada por la vida. En la administraci&oacute;n p&uacute;blica tenemos sistemas de registros pobres. Tuvimos que insistir durante 10 meses para poder obtener datos, que pese a nuestra insistencia y derecho a obtener, amparadas en la ley de transparencia, se nos entregaron parcialmente. Algunos servicios p&uacute;blicos nunca estuvieron dispuestos a brindar informaci&oacute;n, nos respond&iacute;an que si fu&eacute;ramos una entidad estatal podr&iacute;amos tener acceso a ellos, pero por ser sociedad civil nos negaron dicha informaci&oacute;n&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>Por su parte, el &lsquo;castigo femicida&rsquo; se refiere a los asesinatos de personas cercanas a una mujer (familiares o amigos) a quienes el agresor quita la vida con el fin de lastimarla. En el an&aacute;lisis de esta forma de violencia las investigadoras consideraron los datos de filicidios (cuando uno de los progenitores acaba con la vida de su hijo si &eacute;ste tiene m&aacute;s de 24 horas de vida) motivados por conflicto conyugal en donde la venganza ocupa un lugar central. En el per&iacute;odo analizado, 50% de los casos de filicidio consumado corresponden a esta descripci&oacute;n, y 78% al de filicidio frustrado.<\/p>\n<p>El estudio aclara que estas cifras pueden ser mucho m&aacute;s altas en tanto los registros hospitalarios de agresiones a ni&ntilde;os y ni&ntilde;as, de donde se obtiene parte de la informaci&oacute;n, pocas veces indagan los motivos de las agresiones y las suelen clasificar como negligencia o abandono. Asimismo, existen vac&iacute;os en los registros de homicidios o parricidios de mujeres cometidos por hombres en contexto de violencia intrafamiliar, en lo relativo a la relaci&oacute;n de la v&iacute;ctima con el victimario.<\/p>\n<p>Pese a que el castigo femicida no es registrado como tal por parte de los sistemas de informaci&oacute;n oficiales, dicha informaci&oacute;n es m&aacute;s f&aacute;cil de obtener que en los casos de suicidio femicida. En este sentido, Astudillo llama la atenci&oacute;n sobre la invisibilidad de dicho fen&oacute;meno y la disponibilidad de la informaci&oacute;n: <i>&ldquo;fue sorprendente ver que los datos est&aacute;n al alcance de cualquiera. Esas cifras son f&aacute;ciles de obtener, basta con analizarlas y desglosarlas un poco, son cifras alarmantes, dolorosas, pero no entendemos c&oacute;mo nadie hasta hoy, salvo nosotras, las hab&iacute;a visto. No hay autoridades ni planes gubernamentales destinados a atacar este problema, nuevamente somos las feministas y agrupaciones de mujeres las que ponemos las alertas, pero nuestros recursos no alcanzan para llegar a toda la sociedad. Son otras las personas mandatadas y obligadas a hacerlo, sin embargo, no sabemos si no ven o no quieren ver&rdquo;, <\/i> puntualiza.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La tipificaci\u00f3n penal del femicidio en Chile no s\u00f3lo ha sido ineficaz en el abordaje de esta forma letal de violencia, sino que ha contribuido a encubrir las l\u00f3gicas de su ocurrencia. 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