{"id":1454,"date":"2013-05-02T00:00:00","date_gmt":"2013-05-02T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/clam.fw2web.com.br\/es\/2013\/05\/02\/iguales-pero-diferentes\/"},"modified":"2013-05-02T00:00:00","modified_gmt":"2013-05-02T03:00:00","slug":"iguales-pero-diferentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/clam.org.br\/es\/entrevistas\/iguales-pero-diferentes\/1454\/","title":{"rendered":"Iguales pero diferentes"},"content":{"rendered":"<p>En abril de este a&ntilde;o Francia, Uruguay y Nueva Zelanda se sumaron a la lista de pa&iacute;ses que garantizan iguales derechos a las parejas del mismo sexo. En medio de fuertes protestas en contra de la iniciativa la Asamblea Nacional francesa aprob&oacute; la ley que legaliza este tipo de uniones y les concede el derecho a la adopci&oacute;n. A su vez, el Senado uruguayo aprob&oacute; el proyecto de matrimonio igualitario que a finales de 2012 recibi&oacute; media sanci&oacute;n en la C&aacute;mara de Diputados y que convirti&oacute; al pa&iacute;s en el segundo de la regi&oacute;n en reconocer dichas uniones. En Colombia, donde se debat&iacute;a un proyecto de ley similar para modificar la definici&oacute;n de matrimonio en el C&oacute;digo Civil y art&iacute;culos relacionados, el Senado archiv&oacute; la iniciativa, lo que plantea un complejo panorama jur&iacute;dico para las parejas del mismo sexo.&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.clam.org.br\/publique\/cgi\/cgilua.exe\/sys\/start.htm?infoid=9260&amp;sid=51\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">En 2011, la Corte Constitucional fall&oacute; en respuesta a la demanda de inconstitucionalidad del art&iacute;culo 113 del C&oacute;digo Civil<\/a>, que define el matrimonio como un contrato entre un hombre y una mujer, cuyo fin es la procreaci&oacute;n. La Sentencia, que establece el 20 de junio de este a&ntilde;o como plazo perentorio para que el Congreso legisle sobre el tema, da cabida a diversas interpretaciones sobre lo que ocurrir&aacute; despu&eacute;s de esa fecha. Especialistas auguran un caos jur&iacute;dico.<\/p>\n<p>Pese a que el proyecto suscit&oacute; un intenso debate en el pa&iacute;s y a que los derechos de las parejas del mismo sexo cobraron una visibilidad in&eacute;dita en medios de comunicaci&oacute;n, la discusi&oacute;n en el Senado no cumpli&oacute; las expectativas de muchos, incluso del gobierno, que hab&iacute;a sido duramente criticado por no asumir una postura clara frente a la iniciativa. Una vez concluido el debate parlamentario, el Ministro del Interior, Fernando Carrillo, rompi&oacute; el silencio del gobierno para se&ntilde;alar que lamentaba el tratamiento &ldquo;tan pobre y superficial&rdquo; del tema en el legislativo.<\/p>\n<p>Adem&aacute;s de la escasa participaci&oacute;n de senadores durante el debate y la votaci&oacute;n del proyecto de ley &ndash;pese a que en numerosas oportunidades se&ntilde;alaron la importancia de esta materia para el pa&iacute;s&ndash; y al marcado &eacute;nfasis religioso de los argumentos esgrimidos, la discusi&oacute;n se caracteriz&oacute; por la defensa a ultranza del ideal heterosexual y androc&eacute;ntrico de familia como c&eacute;lula fundamental de la sociedad, donde el papel del sexo y de la mujer se ce&ntilde;ir&iacute;an estrictamente a la reproducci&oacute;n. Por otra parte destacaron los argumentos de senadores y senadoras defensores del proyecto al cuestionar el uso hist&oacute;rico de la figura del matrimonio como mecanismo de exclusi&oacute;n de parejas interraciales, no cat&oacute;licas y, actualmente, del mismo sexo.<\/p>\n<p>Como afirma Mauricio Albarrac&iacute;n Caballero, abogado activista e integrante del Comit&eacute; Legal de la ONG&nbsp;<a href=\"http:\/\/colombiadiversa.org\/colombiadiversa\/index.php\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Colombia Diversa<\/a>, los discursos de oposici&oacute;n a la reforma aludieron estrat&eacute;gicamente a la noci&oacute;n de &lsquo;mayor&iacute;a&rsquo;, al se&ntilde;alar que ser&iacute;an pocas las parejas en Colombia que no se ajustan a este ideal de familia. Contrario a esto, como se&ntilde;al&oacute; Alba Luz Pinilla, representante a la C&aacute;mara invitada al debate del Senado, de acuerdo con la&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.google.com\/search?client=safari&amp;rls=en&amp;q=eds+2010&amp;ie=UTF-8&amp;oe=UTF-8#\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Encuesta Nacional de Demograf&iacute;a y Salud de 2010<\/a>, s&oacute;lo 35% de los hogares colombianos est&aacute;n conformados por ambos padres e hijos, 12% s&oacute;lo tienen al pap&aacute; o a la mam&aacute; y 53% constituyen otras modalidades de familia.<\/p>\n<p>En el campo jur&iacute;dico, el hecho de no legislar sobre el tema, haciendo caso omiso a la exhortaci&oacute;n de la Corte Constitucional, y la ausencia de una perspectiva de derechos en la labor legislativa plantean serios cuestionamientos a la legitimidad parlamentaria en Colombia. El Congreso de la Rep&uacute;blica ha evitado sistem&aacute;ticamente el debate sobre los derechos de distintas poblaciones y sectores sociales del pa&iacute;s, no s&oacute;lo de las personas LGBTI. Ante ese panorama, Albarrac&iacute;n se&ntilde;ala que la creaci&oacute;n de una institucionalidad sobre el tema se debe casi exclusivamente al poder judicial. Todo 9 de abril, por ley el Congreso est&aacute; obligado a sesionar en pleno para escuchar a las v&iacute;ctimas del conflicto armado. Pese a ello, este a&ntilde;o s&oacute;lo estuvieron presentes 20 de los 268 congresistas. El 23 de abril, fecha en la que se ten&iacute;a previsto votar el matrimonio igualitario, s&oacute;lo 11 de 102 senadores se quedaron hasta el final del debate luego de anunciar que la votaci&oacute;n se aplazar&iacute;a hasta el d&iacute;a siguiente para tener la oportunidad de escuchar todas las intervenciones sobre el tema.&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.wradio.com.co\/noticias\/actualidad\/algunos-senadores-abandonaron-debate-de-matrimonio-igualitario-para-irse-de-fiesta\/20130424\/nota\/1887070.aspx\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Seg&uacute;n inform&oacute; un medio de comunicaci&oacute;n, varios senadores abandonaron el recinto para acudir a un coctel en homenaje del nuevo presidente del Senado<\/a>.<\/p>\n<p>Pero uno de los aspectos que generan mayor preocupaci&oacute;n en este momento tiene que ver con el futuro de las uniones del mismo sexo en los pr&oacute;ximos meses. La&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.corteconstitucional.gov.co\/relatoria\/2011\/c-577-11.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Sentencia 577<\/a>&nbsp;de 2011, a trav&eacute;s de la cual la Corte Constitucional le pidi&oacute; al Congreso resolver el d&eacute;ficit de derechos de las parejas del mismo sexo, se&ntilde;ala que&nbsp;<i>&ldquo;si el 20 de junio del a&ntilde;o 2013 no se ha expedido la legislaci&oacute;n correspondiente, las parejas del mismo sexo podr&aacute;n acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar un v&iacute;nculo contractual que les permita constituir una familia, de acuerdo con los alcances que, para entonces, jur&iacute;dicamente puedan ser atribuidos a ese tipo de uni&oacute;n&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>Como es posible anticipar, existe desacuerdo respecto a qu&eacute; figura amparar&iacute;a dichas uniones. Para algunos es claro que debe ser el matrimonio civil, en tanto es el &uacute;nico contrato solemne, es decir celebrado ante notario, que afecta el estado civil de las personas. Sin embargo, el Ministerio de Justicia y las asociaciones de notarios sugieren resolver el problema de derechos mediante la creaci&oacute;n de una figura distinta, reservando el matrimonio a las parejas conformadas por un hombre y una mujer. Esta medida, que fue sugerida durante el debate en el Senado, ha sido criticada por defensores de derechos humanos quienes se&ntilde;alan, entre otras razones, que es discriminatoria al crear figuras diferentes para parejas diferentes.<\/p>\n<p>En entrevista con el CLAM, Mauricio Albarrac&iacute;n Caballero analiza esta situaci&oacute;n, las consecuencias jur&iacute;dicas del accionar del Senado sobre el tema y los distintos caminos seguidos por el poder judicial y el legislativo en materia de derechos.<\/p>\n<p><b>En su opini&oacute;n, &iquest;podr&aacute;n las parejas del mismo sexo casarse o unirse bajo la figura del matrimonio despu&eacute;s del 20 de junio?<\/b><\/p>\n<p>La Sentencia de la Corte es ambigua y da cabida a dos perspectivas jur&iacute;dicas sobre el tema. La primera corresponde a quienes defendemos posiciones progresistas y se&ntilde;ala que el &uacute;nico contrato solemne que existe en el ordenamiento jur&iacute;dico colombiano para constituir familia es el matrimonio civil. La constituci&oacute;n de la familia est&aacute; regulada por ley y tiene efectos en el estado civil de las personas, en las obligaciones que genera y en los derechos que se pueden reclamar. La segunda afirma que la Sentencia de la Corte es clara al se&ntilde;alar que la figura que resuelva el d&eacute;ficit de derechos debe ser una uni&oacute;n solemne y formal, pero entendi&eacute;ndola como un contrato distinto al matrimonio. Esa posici&oacute;n es fr&aacute;gil puesto que no existe otro tipo de uni&oacute;n con estas caracter&iacute;sticas que modifique las relaciones de familia y que establezca derechos y obligaciones. Esta alternativa busca crear mediante un acto administrativo &ndash;porque el Congreso no legisl&oacute; sobre el tema&ndash; una figura que no s&oacute;lo es discriminatoria, sino que adem&aacute;s es in&uacute;til al no tener efectos jur&iacute;dicos reales.<\/p>\n<p><b>&iquest;Cu&aacute;les ser&aacute;n las consecuencias jur&iacute;dicas y pol&iacute;ticas de que el Congreso no haya atendido el llamado de la Corte Constitucional sobre el tema?<\/b><\/p>\n<p>Despu&eacute;s del 20 de junio estamos abocados a un aut&eacute;ntico caos. Al no cerrar el debate, el Congreso dej&oacute; a cada juez y notario del pa&iacute;s la libertad de interpretar la Sentencia. A pesar de que la Procuradur&iacute;a, el Ministerio del Interior y la Uni&oacute;n Colegiada del Notariado Colombiano tienen una postura sobre el tema, que es la creaci&oacute;n de la &ldquo;uni&oacute;n solemne&rdquo;, los jueces y notarios del pa&iacute;s son libres de interpretar la sentencia como crean, porque esa libertad se las otorg&oacute; la Corte Constitucional.<\/p>\n<p>Muchas veces pasa desapercibido que hay parejas del mismo sexo con hijos y que los jueces y notarios tienen la responsabilidad de decidir c&oacute;mo van a proteger a esas familias. Ellos tienen la obligaci&oacute;n de cumplir la Constituci&oacute;n, que al respecto establece la igualdad en el tratamiento y protecci&oacute;n de todas las familias. De lo contrario, tendr&iacute;amos una discriminaci&oacute;n no s&oacute;lo por orientaci&oacute;n sexual, sino tambi&eacute;n por origen familiar, lo que est&aacute; prohibido por el ordenamiento jur&iacute;dico.<\/p>\n<p>Los promotores del matrimonio igualitario instamos a las personas a que no suscriban ning&uacute;n contrato discriminatorio, es decir distinto al matrimonio, por los riesgos que acarrea tanto para la dignidad de las personas como en materia legal. Por ello invitamos a las personas a que exijan el matrimonio ante los jueces y notarios, y si se les niega esa posibilidad, que inicien litigios a trav&eacute;s de acciones de tutela para reclamar ese derecho. Esperamos que en alg&uacute;n momento la Corte Constitucional resuelva esta situaci&oacute;n.<\/p>\n<p><b>As&iacute; como no legisl&oacute; sobre las uniones del mismo sexo, el Congreso tampoco lo ha hecho en materia de interrupci&oacute;n del embarazo y otros temas relacionados con sexualidad y derechos. &iquest;C&oacute;mo ve actualmente la pol&iacute;tica parlamentaria de Colombia al respecto? &iquest;Ha observado cambios en los &uacute;ltimos a&ntilde;os?<\/b><\/p>\n<p>En Colombia tenemos un problema pol&iacute;tico muy grave: los mecanismos formales de participaci&oacute;n no funcionan. Es dif&iacute;cil saber a qu&eacute; grupo de inter&eacute;s representan los congresistas. El Congreso responde a intereses particulares por una parte, a intereses corruptos, y corresponde a una clase dirigente que poco tiene que ver con la realidad del pa&iacute;s. Es notable que muchos congresistas digan que legislan para la mayor&iacute;a de ciudadanos, que ser&iacute;an heterosexuales, pero no para la mayor&iacute;a que es pobre. Entonces hay un uso estrat&eacute;gico de nociones como &quot;mayor&iacute;a&quot;. El pa&iacute;s no quiere, por ejemplo, privilegios para parlamentarios, pero ellos los tienen. A esto se suma que el Congreso no avanza en la protecci&oacute;n de derechos de nadie. Los logros en materia de derechos fundamentales en Colombia se deben en buena medida a la Corte Constitucional y a los jueces del pa&iacute;s. Esto es evidente en relaci&oacute;n con el derecho a la salud y a las condiciones b&aacute;sicas de subsistencia; pero tambi&eacute;n respecto a los derechos de desplazados [a causa de la violencia interna], personas privadas de libertad, mujeres, personas LGBTI, v&iacute;ctimas del conflicto armado, ind&iacute;genas, etc&eacute;tera. De no existir en el pa&iacute;s un poder judicial independiente, que garantice los derechos fundamentales, en Colombia no habr&iacute;a institucionalidad sobre estos temas. El Congreso lo que hace es reaccionar ante lo que dicen los jueces y las cortes, que son quienes les indican a los congresistas c&oacute;mo orientar las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas en el pa&iacute;s. En este sentido, los jueces y las cortes se convirtieron en un canal a trav&eacute;s del cual la gente manifiesta su inconformidad y sus problemas.<\/p>\n<p><b>&iquest;Es decir que la agenda en derechos humanos se ha erigido por v&iacute;a judicial y no legislativa?<\/b><\/p>\n<p>S&iacute;, aunque es preciso hacer claridad sobre algunos aspectos. A pesar de que se piensa que la Corte Constitucional colombiana es muy progresista, en t&eacute;rminos de derecho constitucional la evoluci&oacute;n ha sido gradual. Durante muchos a&ntilde;os la Corte Constitucional consider&oacute; que las parejas del mismo sexo no ten&iacute;an derechos ni protecci&oacute;n alguna. Luego, en 2007, afirm&oacute; que las parejas del mismo sexo ten&iacute;an derecho a una protecci&oacute;n como parejas y en 2011 dijo que las parejas del mismo sexo ten&iacute;an protecci&oacute;n como familias. La pregunta que ahora se hace el pa&iacute;s es si las parejas del mismo sexo tambi&eacute;n tienen derecho al matrimonio. Esta trayectoria paulatina se ha dado en parte porque la legislaci&oacute;n colombiana sobre matrimonio y familia es compleja. Nuestra legislaci&oacute;n de familia no est&aacute; atada exclusivamente al matrimonio, reconoce una pluralidad de formas familiares. La forma en que la Corte decidi&oacute; el tema de las parejas del mismo sexo y el modo en que el derecho de familia se constituye en Colombia hace que el caso sea especial respecto a otros pa&iacute;ses.<\/p>\n<p>Sin embargo, los jueces en Colombia han desempe&ntilde;ado un papel fundamental en la garant&iacute;a de la democracia. De lo contrario, tendr&iacute;amos un estatuto antiterrorista que permitir&iacute;a violar todos los derechos fundamentales, un tercer gobierno de &Aacute;lvaro Uribe V&eacute;lez, o cuatro millones de desplazados desatendidos. Los jueces han salvado la democracia en el pa&iacute;s. En Colombia resulta dif&iacute;cil aplicar teor&iacute;as extranjeras sobre el equilibrio entre el Congreso y las cortes, porque el contexto nacional merece una atenci&oacute;n concreta. Buena parte de los cambios sociales se deben a los jueces, mientras que el Congreso representa un obst&aacute;culo al respecto.<\/p>\n<p><b>Pero usted se&ntilde;alaba que la Corte Constitucional no siempre ha tenido una postura progresista sobre estos temas&hellip;<\/b><\/p>\n<p>La Corte Constitucional es un organismo colegiado. En lo atinente a las uniones del mismo sexo, durante varios a&ntilde;os la Corte se dividi&oacute; entre una mayor&iacute;a conservadora, aunque peque&ntilde;a, de 5 votos contra 4 en el reconocimiento de la igualdad de parejas del mismo sexo. En cierta medida, esta divisi&oacute;n a&uacute;n persiste debido a las contradicciones internas respecto a si las parejas del mismo sexo son iguales en derechos a las de distinto sexo o no. Esa es una pregunta que la Corte Constitucional todav&iacute;a se hace. De lo contrario, existir&iacute;an m&aacute;s avances en el asunto.<\/p>\n<p>Existe otro tipo de problemas frente a los cuales los nueve magistrados de la Corte Constitucional concuerdan en que deben ser resueltos mediante el reconocimiento de derechos fundamentales. Los derechos de las v&iacute;ctimas del conflicto armado no suscitan controversias entre los magistrados. Pero los derechos de las personas LGBTI, s&iacute;. Para algunos magistrados de la Corte este no es un tema de justicia social. Pese a ello, la din&aacute;mica de la Corte es muy distinta de la del Congreso. Los jueces de la Corte Constitucional, conservadores o no, deben debatir con argumentos jur&iacute;dicos. No basta con alegar que la homosexualidad es una enfermedad. Ellos deben establecer un di&aacute;logo genuino, en este caso con quienes defienden los derechos de las personas LGBTI. Yo espero que los jueces conservadores evolucionen al punto de aceptar algo tan elemental como que todas las personas son iguales ante la ley.<\/p>\n<p><b>&iquest;Cree que el conflicto armado colombiano ha tenido alg&uacute;n impacto en el camino que ha seguido la rama judicial en materia de derechos?<\/b><\/p>\n<p>Yo creo que s&iacute;. La profesora Julieta Lemaitre Ripoll y otros acad&eacute;micos han mostrado c&oacute;mo algunos hechos, entre ellos la<a href=\"http:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Toma_del_Palacio_de_Justicia\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Toma del Palacio de Justicia (1985)<\/a>, y la labor de los jueces en un contexto marcado por la violencia y el car&aacute;cter cerrado de sus espacios pol&iacute;ticos como el colombiano han conducido a que los jueces construyan una narrativa de modernidad. Esto es caracter&iacute;stico de la historia del Derecho en Colombia. Esta narrativa se ha cimentado a trav&eacute;s de leyes y yo creo que ahora la Corte Constitucional lo est&aacute; haciendo a trav&eacute;s de sentencias. Implica la construcci&oacute;n de un pa&iacute;s mejor en contraposici&oacute;n a la violencia.<\/p>\n<p>Tambi&eacute;n es importante se&ntilde;alar que la rama judicial en Colombia ha sido muy golpeada por la violencia. Una de los hechos m&aacute;s importantes, juzgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es la masacre de la Rochela (1989), en la que fueron asesinados 12 miembros de una comisi&oacute;n judicial encargada de investigar otra masacre. En Colombia, los jueces conocen la injusticia de primera mano. Yo creo que esto ha contribuido a que tengan una sensibilidad distinta frente a los problemas ajenos.<\/p>\n<p><b>Teniendo en cuenta estas particularidades del contexto colombiano, &iquest;cu&aacute;l cree que es el mejor camino para avanzar en el reconocimiento de derechos de las personas LGBTI?<\/b><\/p>\n<p>Creo que es importante que el movimiento LGBTI contin&uacute;e reclamando sus derechos ante los jueces, pero tambi&eacute;n es importante establecer alianzas con el resto de la ciudadan&iacute;a. La estructura pol&iacute;tica colombiana es muy compleja y padece una ilegitimidad muy alta. Por ello, es importante ganarnos a la gente, sobre todo a la que es m&aacute;s refractaria frente al tema. No creo que podamos seguir actuando sin nuestros colegas y vecinos. Ser&iacute;a interesante que en las tutelas [recursos extraordinarios ante derechos constitucionales vulnerados] sobre matrimonio igualitario, por ejemplo, participaran tambi&eacute;n parejas heterosexuales. Tambi&eacute;n creo necesario restablecer las relaciones entre el activismo LGBTI y otras personas que han dado esta pelea durante a&ntilde;os, que son personajes que hemos excluido de nuestra narrativa como movimiento pero que forman parte de los antecedentes del mismo, como el peluquero de pueblo. De hecho, lugares como las peluquer&iacute;as siguen siendo centros de pensamiento y de acci&oacute;n pol&iacute;tica. Lamentablemente algunas personas del movimiento LGBTI piensan que la cohesi&oacute;n social sobre estos temas se logra a partir de una base de clase media profesionalizada, lo que se convierte en un problema de dignidad elitista.<\/p>\n<p>Pienso que un obst&aacute;culo en este derrotero es la creaci&oacute;n de un movimiento conservador en torno a la mitolog&iacute;a de la mayor&iacute;a conservadora. No creo que los colombianos queramos quitarle los derechos a nadie. Tampoco creo que la mayor&iacute;a sean conservadores, que es una idea alimentada por el Procurador Alejandro Ord&oacute;&ntilde;ez y la extrema derecha, entre otros. En Colombia hay mucha gente que trabaja diariamente por los derechos. Sin embargo, a veces repetimos esta narrativa al afirmar que los colombianos son un pueblo retr&oacute;grado, incapaz de entender lo que ocurre en pa&iacute;ses como Francia, y esto s&oacute;lo fortalece a la extrema derecha. En todos los pa&iacute;ses hay sectores liberales y conservadores, y en Colombia los conservadores no son la mayor&iacute;a. Una muestra de ello es que la gente se divorcia sin importar lo que digan personajes como el Procurador.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El senado colombiano se rehus\u00f3 a legislar sobre el matrimonio igualitario, a pesar del plazo estipulado por la Corte Constitucional para que el Legislativo resuelva el d\u00e9ficit de derechos que afecta a parejas del mismo sexo antes del 20 de junio. 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