{"id":1513,"date":"2014-09-03T00:00:00","date_gmt":"2014-09-03T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/clam.fw2web.com.br\/es\/2014\/09\/03\/sexo-y-minoridad\/"},"modified":"2014-09-03T00:00:00","modified_gmt":"2014-09-03T03:00:00","slug":"sexo-y-minoridad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/clam.org.br\/es\/entrevistas\/sexo-y-minoridad\/1513\/","title":{"rendered":"Sexo y minoridad"},"content":{"rendered":"<p>En el combate a la violencia sexual contra menores de edad el control estatal de la sexualidad ha cobrado una importancia central. Organismos internacionales y Estados de distintas regiones parecen estar de acuerdo en que para alcanzar este fin es necesario revisar las legislaciones que regulan las relaciones sexuales entre mayores y menores de edad, as&iacute; como evaluar, a la luz de las problem&aacute;ticas actuales, las herramientas judiciales en materia de violaci&oacute;n y explotaci&oacute;n sexual. Sin embargo, estas regulaciones no garantizan en s&iacute; mismas una mayor protecci&oacute;n de los menores y sus efectos dependen en buena medida del modo como sean implementadas. Luego de un prolongado proceso fue revertida en Per&uacute; una reforma al C&oacute;digo Penal que prohib&iacute;a toda relaci&oacute;n sexual que involucrase menores de edad, aunque estos hubieran superado la edad m&iacute;nima de consentimiento. La reforma hab&iacute;a sostenido, durante 6 a&ntilde;os, la criminalizaci&oacute;n de las relaciones entre adolescentes, limitando as&iacute; sus derechos sexuales y reproductivos y dejando en un limbo jur&iacute;dico las pol&iacute;ticas de prevenci&oacute;n del embarazo adolescente.<\/p>\n<p>Desde finales del siglo XX, la relaci&oacute;n entre sexualidad y minoridad parece haberse vuelto particularmente problem&aacute;tica en tanto despierta una serie de sospechas en torno al mutuo consentimiento en actos sexuales que involucran a menores. En la actualidad parece dif&iacute;cil pensar dicha relaci&oacute;n sin la mediaci&oacute;n de la violencia y sin que esta evoque casi autom&aacute;ticamente las figuras de unp redador y su v&iacute;ctima.<\/p>\n<p>En 1978, tuvo lugar en Francia una fuerte pol&eacute;mica en torno a la revisi&oacute;n de las disposiciones del C&oacute;digo Penal relacionadas con sexualidad e infancia. El debate incluy&oacute; la penalizaci&oacute;n de las relaciones sexuales consentidas entre adultos y menores de 15 a&ntilde;os, castigadas por la ley francesa bajo el delito de &lsquo;atentado al pudor sin violencia&rsquo;. En una entrevista radial en la que participaron Michel Foucault, el escritor Jean Danet y el activista por los derechos de los homosexuales Guy Hocquenghem &ndash;&nbsp;<a href=\"http:\/\/1libertaire.free.fr\/MFoucault317.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">publicada bajo el t&iacute;tulo de&nbsp;<i>La loi de la pudeur<\/i>&nbsp;(La ley del pudor)<\/a>&nbsp;&ndash;, el fil&oacute;sofo franc&eacute;s anticip&oacute; el cambio de un r&eacute;gimen de defensa del pudor de la humanidad hacia otro de defensa de ciertas personas para quienes la sexualidad de otras ser&iacute;a considerada un peligro permanente, lo que conllevar&iacute;a a la constituci&oacute;n jur&iacute;dica de una &lsquo;poblaci&oacute;n fr&aacute;gil&rsquo; o &lsquo;de alto riesgo&rsquo;. Una de las cosas que le preocupaba particularmente a Foucault era el lugar que se le dar&iacute;a a la sexualidad en dicho r&eacute;gimen:<\/p>\n<p><i>&ldquo;La sexualidad no ser&aacute; m&aacute;s una conducta con ciertas interdicciones precisas, sino que se convertir&aacute; en una especie de peligro que merodea, una suerte de fantasma omnipresente, fantasma que va a actuar entre hombres y mujeres, entre ni&ntilde;os y adultos, y eventualmente entre adultos. La sexualidad se convertir&aacute; en una amenaza en todas las relaciones sociales, en todos los encuentros entre edades, en todos los encuentros de individuos&rdquo;,<\/i>&nbsp;declar&oacute;.<\/p>\n<p>En Espa&ntilde;a, el gobierno de Mariano Rajoy retom&oacute; este a&ntilde;o la propuesta de su predecesor de aumentar de 13 a 16 a&ntilde;os la edad m&iacute;nima de consentimiento sexual en la reforma del C&oacute;digo Penal. El pa&iacute;s ib&eacute;rico es actualmente el miembro de la Uni&oacute;n Europea con m&aacute;s baja edad de consentimiento.&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.larazon.es\/detalle_normal\/noticias\/3686583\/el-consentimiento-sexual-en-manos-del-juez#.Ttt1OWPIFHm5RFU\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Asimismo, el gobierno anunci&oacute; la intenci&oacute;n de subir tambi&eacute;n a 16 a&ntilde;os la edad m&iacute;nima para contraer matrimonio, que actualmente es de 14 a&ntilde;os. Dado que el matrimonio es regulado por el C&oacute;digo Civil, esta iniciativa tendr&iacute;a que tramitarse por separado<\/a>.<\/p>\n<p>La propuesta espa&ntilde;ola est&aacute; en consonancia con disposiciones del Comit&eacute; de Derechos del Ni&ntilde;o (organismo de Naciones Unidas) que si bien le ha concedido importancia al reconocimiento de la autodeterminaci&oacute;n sexual, ha buscado conciliar este principio con el inter&eacute;s de prevenir la explotaci&oacute;n sexual de menores. Organizaciones que trabajan por los derechos de los ni&ntilde;os y ni&ntilde;as, como UNICEF y Save the Children, han aplaudido la iniciativa, aunque, como se&ntilde;alan medios locales, &eacute;sta tambi&eacute;n ha despertado cr&iacute;ticas por parte de otros organismos.&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.abc.es\/sociedad\/20130905\/abci-reacciones-edad-consentimiento-sexual-201309051312.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Para la Asociaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Pediatr&iacute;a<\/a>, la decisi&oacute;n es&nbsp;<i>&ldquo;algo extrema&rdquo;,&nbsp;<\/i>ya que la mayor&iacute;a de relaciones sexuales entre adolescentes tienelugar entre los 14 y los 16 a&ntilde;os. En este sentido, la asociaci&oacute;n m&eacute;dica advierte que la reforma al C&oacute;digo Penal podr&iacute;a dar lugar a la criminalizaci&oacute;n de dichas relaciones.<\/p>\n<p>Sin desconocer la gravedad de la explotaci&oacute;n sexual infantil y del abuso sexual de menores, as&iacute; como la urgencia de prevenir y castigar estos delitos, investigadoras\/es y activistas han se&ntilde;alado c&oacute;mo la constituci&oacute;n de la sexualidad de los menores como territorio acechado por el peligro y su protecci&oacute;n mediante medidas punitivas pueden tener graves consecuencias en el ejercicio de sus derechos a la salud, la educaci&oacute;n, la autonom&iacute;a y de su propia sexualidad.<\/p>\n<p>En un r&eacute;gimen en el que aquello que le confiere legitimidad al comportamiento sexual es el consentimiento,&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.clam.org.br\/destaque\/conteudo.asp?cod=9854\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">como se&ntilde;ala la antrop&oacute;loga brasile&ntilde;a Laura Lowenkron<\/a>, los ni&ntilde;os y los adolescentes han sido excluidos de la categor&iacute;a de sujetos libres y responsables, por lo que ser&iacute;an incapaces de consentir relaciones sexuales con discernimiento. Se ha considerado que los menores, incluso aquellos con edad m&iacute;nima de consentimiento sexual legal, requieren de una atenci&oacute;n particular, deben ser<i>&ldquo; sujetos de derechos especiales, que si bien tienen alg&uacute;n nivel de autonom&iacute;a, requieren de una tutela&rdquo;.&nbsp;<\/i>Lowenkron destaca, por otro lado, el hecho de que la agenda pol&iacute;tica por los derechos de la infancia y contra la violencia sexual infantil ha sido colonizada por movimientos conservadores que&nbsp;<i>&ldquo;desplazaron la atenci&oacute;n de la cuesti&oacute;n de las desigualdades, del abuso y de la explotaci&oacute;n, hacia la noci&oacute;n de las perversiones&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>En Per&uacute;, una reforma al C&oacute;digo Penal pretendi&oacute; en 2006 resolver la violencia sexual contra menores de edad penalizando todo &ldquo;acceso carnal&rdquo; con menores de edad. El &eacute;nfasis punitivo de la medida, el desconocimiento de la autonom&iacute;a y la voz de los adolescentes, la falta de pol&iacute;ticas de prevenci&oacute;n y atenci&oacute;n de la violencia sexual y el predominio de discursos conservadores en los debates se tradujeron en un p&aacute;nico moral frente a la sexualidad de los menores y en una f&eacute;rrea disputa por el control de la misma.<\/p>\n<p>Cuestionando la constitucionalidad de tal ley, el&nbsp;<a href=\"http:\/\/promsex.org\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Centro de Promoci&oacute;n y Defensa de Derechos Sexuales y Reproductivos &ndash; PROMSEX&nbsp;<\/a>junto a otras organizaciones sociales lider&oacute; una iniciativa ciudadana para despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre y con adolescentes a partir de los 14 a&ntilde;os. Tras 6 a&ntilde;os de incidencia en los frentes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,as&iacute; como de movilizaci&oacute;n del debate p&uacute;blico, la estrategia rindi&oacute; sus frutos luego de que el Tribunal Constitucional aceptara y fallara a favor la demanda contrala reforma del C&oacute;digo Penal.<\/p>\n<p>Rossina Guerrero es directora general de PROMSEX, organizaci&oacute;n que trabaja por el acceso de servicios de salud sexual y reproductiva y por el avance en el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las y los adolescentes. En esta entrevista con el CLAM, aborda las consecuencias de dicha reforma penal, as&iacute; como el debate generado en torno a ella, y detalla la estrategia empleada para despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre y con adolescentes en el Per&uacute;.<\/p>\n<p><b>En el marco de la actual lucha contra el abuso y la explotaci&oacute;n sexual de menores, varios pa&iacute;ses han introducido reformas legales para excluir la sexualidad de la vida de ni&ntilde;os, ni&ntilde;as y adolescentes, elevar la edad de consentimiento sexual y castigar con mayor severidad a los agresores.&iquest;Qu&eacute; los llev&oacute; a buscar la despenalizaci&oacute;n de las relaciones sexuales consentidas entre y con adolescentes en el Per&uacute;?<\/b><\/p>\n<p>En 2006, e<a href=\"http:\/\/www.red.org.pe\/ilnac006.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">l Congreso peruano, mediante la ley 28.704, reform&oacute; el C&oacute;digo Penalcon el fin de proteger a las adolescentes de la violaci&oacute;n sexual<\/a>. Toda relaci&oacute;n sexual entre y con adolescentes entre los 14 y los 18 a&ntilde;os pas&oacute; a ser delito de violaci&oacute;n sexual sin importar si era consentida o no. En tanto el C&oacute;digo Penal anterior reconoc&iacute;a su capacidad de tomar decisiones sobre su sexualidad, desde nuestro punto de vista las y los adolescentes perdieron un derecho antes garantizado. La reforma iba adem&aacute;s en contradel C&oacute;digo Civil, que reconoce a las adolescentes la posibilidad de demandar por alimentos, iniciar procesos para el reconocimiento de hijos e incluso casarse desde los 14 a&ntilde;os. Una de nuestras mayores preocupaciones era el impacto que la reforma pod&iacute;a tener en las pocas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que ofrec&iacute;an a los y las adolescentes servicios de salud sexual y reproductiva. No era muy dif&iacute;cil anticipar los efectos negativos de una ley que supone que si una adolescente no tiene sexo no va a ser violada o que asume que las violaciones de menores van a desaparecer si se castiga con penas de entre 25 y 30 a&ntilde;os de c&aacute;rcel a quien tengan relaciones sexuales con adolescentes mayores de 14 a&ntilde;os. Las medidas penales por s&iacute; solas no son efectivas. En un pa&iacute;s donde no exist&iacute;an pol&iacute;ticas p&uacute;blicas sobre el tema, como Per&uacute; en ese momento, la reforma era m&aacute;s un acto pol&iacute;tico que una medida real. Eso llev&oacute; a que PROMSEX impulsara la despenalizaci&oacute;n de las relaciones consentidas entre y con menores a partir de los 14 a&ntilde;os.<\/p>\n<p><b>&iquest;Cu&aacute;les fueron los efectos concretos de la ley?<\/b><\/p>\n<p>La ley no protegi&oacute; a las adolescentes contra la violencia sexual.&nbsp;<a href=\"http:\/\/promsex.org\/images\/docs\/Publicaciones\/delaproteccion-a-la-amenaza.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">En PROMSEX llevamos a cabo una investigaci&oacute;n que mostr&oacute; que el n&uacute;mero de denuncias por violaci&oacute;n &ndash;que es la prueba de la misma&ndash; se mantuvo establedurante el per&iacute;odo de vigencia de la ley<\/a>. La atenci&oacute;n a casos de violaci&oacute;n tampoco se redujo. Por el contrario, las m&aacute;s afectadas por la violaci&oacute;n segu&iacute;an siendo las adolescentes entre los 14 y los 18 a&ntilde;os de edad.<\/p>\n<p>En su lugar, la ley lesion&oacute; de varias formas los derechos de las y los adolescentes, quienes se vieron involucrados en procesos judiciales. Hubo chicas que fueron puestas en hogares residenciales y declaradas en abandono mientras se llevaba a cabo la investigaci&oacute;n. Hubo chicos que huyeron para no ser apresados y otros que fueron llevados a la c&aacute;rcel. No s&oacute;lo se criminalizaron las relaciones sexuales, sino tambi&eacute;n la pol&iacute;tica p&uacute;blica en el campo de la sexualidad. Los servicios de prevenci&oacute;n del embarazo y de VIH\/Sida dirigidos a menores cayeron en la ilegalidad. Los proveedores de servicios de salud negaban a los adolescentes el acceso a anticonceptivos o les &lsquo;aumentaban&rsquo; la edad e inventaban un documento de identidad para que figuraran como adultos. Otros hicieron listados de adolescentes atendidas al mes que enviaron a la Fiscal&iacute;a.<\/p>\n<p>Otras&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.scielo.org.pe\/scielo.php?pid=S1726-46342013000300021&amp;script=sci_arttext\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">cifras tambi&eacute;n dan cuenta de los efectos adversos<\/a>. A partir de la informaci&oacute;n de la Encuesta Demogr&aacute;fica y de Salud Familiarse ve un impacto en materia de m&eacute;todos anticonceptivos modernos, en tanto no se increment&oacute; su uso en los adolescentes, aunque s&iacute; aument&oacute; el embarazo adolescente: en los &uacute;ltimos 30 a&ntilde;os la tasa de embarazo no hab&iacute;a cambiado, pero la &uacute;ltima encuesta (2012) revel&oacute; un incremento. La muerte materna en adolescentes tambi&eacute;n aument&oacute; y apareci&oacute; una variable nueva: el suicidio frente a un embarazo. El impacto de la ley es bastante claro. Durante los 6 a&ntilde;os de vigencia de la ley el Ministerio de Salud estuvo maniatado en el abordaje del VIH, enfermedades transmisi&oacute;n sexual y embarazo en adolescentes.<\/p>\n<p><b>&iquest;C&oacute;mo se desarroll&oacute; el debate p&uacute;blico sobre el tema?<\/b><\/p>\n<p>Fue un debate muy fuerte. El bloque de la sociedad civil se rompi&oacute; y hubo una polarizaci&oacute;n grande. Por un lado, organizaciones feministas y de derechos sexuales y reproductivos nos manifestamos en contra de estareforma legal. Por otro lado, organizaciones sociales m&aacute;s tradicionales que trabajaban sobre ni&ntilde;ez e infancia se alinearon con voces poco progresistas. P&uacute;blicamente las organizaciones nos vimos enfrentadas y a&uacute;n estamos divididas. Quienes nos opon&iacute;amos a la reforma nos quedamos solas, porque ni siquiera el Ejecutivo &ndash;en este caso el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia&ndash; reaccion&oacute; ante la medida. Inicialmente no era vista como una amenaza.<\/p>\n<p>La medida iba orientada a acabar con la explotaci&oacute;n sexual y la trata, pero tambi&eacute;n fue planteada como una forma de acabar con un supuesto &ldquo;para&iacute;so sexual&rdquo;. Se presentaba como la primera regulaci&oacute;n en torno a la violaci&oacute;n, pese a que eso no era cierto porque la violaci&oacute;n ya exist&iacute;a como delito en el C&oacute;digo Penal. El debate fue llevado a un terreno en el que se representaba a las &ldquo;pobres adolescentes&rdquo; como v&iacute;ctimas indefensas e incapacitadas de los abusos de los adultos, de los viejos verdes. Nosotras no negamos que las adolescentes est&eacute;n en un per&iacute;odo de mayor vulnerabilidad o que ese tipo de abusos existan, pero ese no es el enfoque apropiado para abordar este problema.<\/p>\n<p>En ese momento, un servicio de salud tan importante como el Instituto Nacional Materno Perinatal ten&iacute;a como director a un m&eacute;dico activista anti derechos que r&aacute;pidamente sac&oacute; una normativa interna que declaraba la obligatoriedad de poner en conocimiento de la Fiscal&iacute;a a las adolescentes que acudieran a dicho servicio de salud. Ampar&aacute;ndose en un art&iacute;culo a&uacute;n vigente de la ley general de salud &ndash;que obliga a los m&eacute;dicos y m&eacute;dicas a poner en conocimiento de las autoridades a toda persona que haya llegado herida de arma blanca o de fuego, v&iacute;ctima de violencia o que haya practicado aborto criminal&ndash; dicho Instituto se sum&oacute; a la penalizaci&oacute;n que se tradujo en que toda relaci&oacute;n sexual con adolescentes constitu&iacute;a una violaci&oacute;n. Luego, la Fiscal&iacute;a envi&oacute; una notificaci&oacute;n a todos los hospitales a nivel nacional informando que deb&iacute;an poner en conocimiento a todas las adolescentes que acudieran en busca de este tipo de servicios de salud. El embarazo de las adolescentes se convirti&oacute; en la prueba del delito. Si el var&oacute;n de la relaci&oacute;n era mayor que ella, incluso si era adolescente, quedaba implicado en un proceso judicial. Si ella era la mayor, tambi&eacute;n se ve&iacute;a implicada. La primera &ldquo;victimaria&rdquo; fue una chica, que sali&oacute; en las noticias y tuvo que irse de Lima.<\/p>\n<p>Hasta el final el debate p&uacute;blico fue muy duro. Pese a que tuvimos dos proyectos de ley con las firmas y dict&aacute;menes requeridos para el debate legislativo, no se logr&oacute; hacer una modificatoria a la ley. La polarizaci&oacute;n se extendi&oacute; al Congreso entre quienes &ldquo;defend&iacute;an a las adolescentes de la violaci&oacute;n&rdquo; y quienes supuestamente &ldquo;promov&iacute;amos la violaci&oacute;n&rdquo;y el &ldquo;para&iacute;so sexual&rdquo; en el Per&uacute;&rdquo;.<\/p>\n<p><b>&iquest;Qu&eacute; camino siguieron para despenalizar estas relaciones?<\/b><\/p>\n<p>La despenalizaci&oacute;n se logr&oacute; a trav&eacute;s de una sentencia del Tribunal Constitucional, porque el Congreso no derog&oacute; la ley. En Per&uacute; se puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un plazo de 10 a&ntilde;os, pero no cualquiera puede entablar una demanda de este tipo. La Defensor&iacute;a del Pueblo puede activar acciones de inconstitucionalidad, as&iacute; como los congresistas y el Ejecutivo. Cuando se trata de una iniciativa ciudadana es necesario reunir un n&uacute;mero de firmas. En este caso, un grupo de ciudadanas y ciudadanos, mayormente adolescentes, recogieron firmas e ingresaron una acci&oacute;n de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), que en&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.tc.gob.pe\/jurisprudencia\/2013\/00008-2012-AI.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">diciembre de 2012 emiti&oacute; una sentencia [publicada en enero de 2013] declarando inconstitucional la ley que modifica el art&iacute;culo 173 inciso 3 del C&oacute;digo Penal<\/a>. Esa fue la ruta por la cual cay&oacute; la reforma.<\/p>\n<p>Para tal fin tuvimos que hacer un trabajo muy grande, porque si hubi&eacute;ramos presentado la acci&oacute;n de inconstitucionalidad sin m&aacute;s, dudo que hubi&eacute;semos ganado. Durante la vigencia de la ley logramos el apoyo de actores clave. El Ejecutivo se convenci&oacute; finalmente de que la ley deb&iacute;a cambiarse y el Ministerio de Salud se posicion&oacute; sobre el tema. PROMSEX trabaj&oacute; con el Ministerio de Salud en una publicaci&oacute;n, a trav&eacute;s de la cual el Gabinete advirti&oacute;las graves situaciones en materia de embarazo adolescente generadas por la ley y se recomend&oacute; su modificaci&oacute;n. Pese a que el Ejecutivo envi&oacute; un proyecto al Congreso que no prosper&oacute;, logramos un acuerdo respecto a la necesidad de cambiar la ley.<\/p>\n<p>Tambi&eacute;n logramos que el Poder Judicial, que no fue un actor menor, se alineara. A ello contribuy&oacute; la labor de incidencia que llevamos a cabo en conjunto con el Movimiento Manuela Ramos y otras organizaciones. Inicialmente el Poder Judicial se vio desbordado por denuncias de violaci&oacute;n, lo que lo llev&oacute; a seguir su propio proceso. A trav&eacute;s de acuerdos plenarios, los jueces de distintas ramas definen c&oacute;mo procesar cierto tipo de casos. En este caso, los jueces penales no derogaron la ley ni impidieron que los adolescentes fueran denunciados, pero s&iacute; acordaron explorar si en cada caso hab&iacute;a habido o no consentimiento. Si era as&iacute;, no ten&iacute;a por qu&eacute; haber juicio. Cuando presentamos la acci&oacute;n de inconstitucionalidad, el poder judicial estaba de acuerdo en la inconstitucionalidad de la ley y el Ejecutivo hab&iacute;a adoptado una postura al respecto.<\/p>\n<p>Adicionalmente, hubo una campa&ntilde;a en prensa con reportajes sobre adolescentes que hablaban de sus historias, de j&oacute;venes que hab&iacute;an sido perseguidos, de chicas a quienes la reforma las hab&iacute;a afectado negativamente. Hubo congresistas que estaban de acuerdo con nosotros y que asumieron lo ocurrido como un error del Congreso. Hicimos encuestas de opini&oacute;n que mostraron que para muchas personas era necesario que los adolescentes tuvieran acceso a los servicios de salud sexual y salud reproductiva, que cre&iacute;an que perseguirlos o prohibirles las relaciones sexuales no ofrec&iacute;a ninguna salida al problema de la violaci&oacute;n. PROMSEX junto a otras organizaciones estuvo muy involucrado en este proceso. Creemos que todo esto pes&oacute; en la decisi&oacute;n del TC. Exist&iacute;an las condiciones para que la ley fuera declarada inconstitucional.<\/p>\n<p><b>&iquest;Qu&eacute; lugar tuvieron los y las adolescentes en el debate?<\/b><\/p>\n<p>En Per&uacute; no hay un movimiento de adolescentes o de j&oacute;venes articulado a las agendas de sexualidad. Los adolescentes y j&oacute;venes que se movilizaron estaban vinculados a otro tipo de iniciativas o de ONG. PROMSEX no tiene una l&iacute;nea de trabajo con estos colectivos, pero en este caso nos articulamos con ellos para la realizaci&oacute;n de eventos en el Congreso. Organizaciones como&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.inppares.org\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">INPPARES<\/a>&nbsp;tambi&eacute;n trabajaron en eso. Llevamos a cabo mesas con congresistas en las que logramos incorporar a j&oacute;venes y adolescentes al debate, as&iacute; como darles visibilidad en medios de comunicaci&oacute;n. Los consejos regionales de adolescentes (espacios impulsados por la Secretar&iacute;a de Juventud que tienen asiento en el Ministerio de Educaci&oacute;n) jugaron un papel importante en la recolecci&oacute;n de firmas. Sin embargo, este no fue un liderazgo determinante, de lo contrario, creo que el debate habr&iacute;a sido diferente.<\/p>\n<p><b>Aparte de los problemas en materia de salud p&uacute;blica, &iquest;qu&eacute; lugar tuvo el reconocimiento de derechos de las y los adolescentes?<\/b><\/p>\n<p>En nuestro trabajo de incidencia nos dimos cuenta de que el tema de los derechos no ten&iacute;a mucho peso. No era un argumento para la incidencia o para los medios de comunicaci&oacute;n. Mostrar el drama que viv&iacute;an los y las adolescentes cuando eran denunciados fue importante y hubo peque&ntilde;os avances en cambiar imaginarios sobre la sexualidad adolescente. El tema de los derechos lo coloc&aacute;bamos cuando pod&iacute;amos, pero eso no cal&oacute;. La capacidad de las y los adolescentes para tomar decisiones, entre ellas las relativas a su sexualidad, se va desarrollando. A los 16 a&ntilde;os ya toman decisiones respecto aqu&eacute; quieren estudiar, a qu&eacute; quieren ser el resto de su vida, y la gente lo acepta, pero en el reconocimiento de su sexualidad como derecho, como elemento fundamental para el desarrollo de su personalidad o de su autodeterminaci&oacute;n,se ha ganado muy poco.<\/p>\n<p>Un argumento relacionado con los derechos que tuvo importancia en el debate fue el de la armonizaci&oacute;n jur&iacute;dica. Nosotros se&ntilde;alamos que la adolescente puede demandar por alimentos, puede casarse, puede trabajar, puede reconocer a sus hijos, es decir, puede activar una serie de derechos y ser reconocida como sujeta de derechos excepto en lo relacionado con la sexualidad. Hab&iacute;a una inconsistencia jur&iacute;dica en el pa&iacute;s al reconocerles unos derechos y otros no. Esto fue algo que a los juristas, abogados y al poder judicial les interes&oacute; explorar. La consistencia interna de lo jur&iacute;dico es importante. Pero la principal herramienta para ganar adeptos fue la de la salud p&uacute;blica: contar con informaci&oacute;n sobre el incremento de las muertes maternas, el embarazo adolescente, el no acceso a m&eacute;todos anticonceptivos&hellip;<\/p>\n<p>Cuando el debate estaba en el Congreso planteamos que paralelo a la despenalizaci&oacute;n deb&iacute;a mejorarse la protecci&oacute;n. Pero la falta de inter&eacute;s sobre este otro punto plantea el interrogante de qu&eacute; tan leg&iacute;tima era la preocupaci&oacute;n de los congresistas en la protecci&oacute;nde las menores frente a la violaci&oacute;n. Nosotros propusimos cambiar el delito de seducci&oacute;n al cual recurren los violadores. Muchas veces argumentan que las menores o las ni&ntilde;as los sedujeron, para obtener as&iacute; penas m&aacute;s bajas. Le planteamos al Congreso derogar ese delito e incluir el de violaci&oacute;n por aprovechamiento. Pero la propuesta no tuvo eco y a&uacute;n no se ha derogado el delito de seducci&oacute;n. Entonces, &iquest;de qu&eacute; preocupaci&oacute;n est&aacute;n hablando? Yo estoy convencida de que en la clase pol&iacute;tica son pocos los que est&aacute;n leg&iacute;timamente preocupados por este tema y que en realidad, con leyes como esta, quieren bloquear el ejercicio de la sexualidad de los y las adolescentes.<\/p>\n<p><b>Es decir que el foco estar&iacute;a puesto en la regulaci&oacute;n de la sexualidad de los y las adolescentes&hellip;<\/b><\/p>\n<p>En Per&uacute;, la sexualidad de los adolescentes se ha configurado en arena de disputa en varios &aacute;mbitos, entre ellos el jur&iacute;dico y el pol&iacute;tico. La indemnidad sexual, que involucra la edad de consentimiento sexual, protege la incapacidad de los y las menores para darse cuenta de que algo les hace da&ntilde;o. Las adolescentes de 14 a&ntilde;os ya saben qu&eacute; es una violaci&oacute;n y cu&aacute;ndo se les est&aacute; haciendo da&ntilde;o. La sexualidad de los adolescentes no es de competencia del C&oacute;digo Penal. Sancionar a los violadores, s&iacute;. Pero pocas veces se le presta importancia a la v&iacute;ctima. En este sentido vale la pena preguntarse qu&eacute; est&aacute; haciendo el Estado peruano en materia de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas para abordar la violaci&oacute;n. Lo m&aacute;s barato y lo m&aacute;s c&oacute;modo es penalizar. No requiere invertir presupuesto ni capacitar personal. Esa era la decisi&oacute;n que hab&iacute;a tomado el Estado para acabar con la violencia sexual contra las ni&ntilde;as. Penalizar por rango de edad y poner cadena perpetua [la ley 28.704 estipulaba penas diferenciadas seg&uacute;n la edad del\/a menor. El art&iacute;culo 173 se&ntilde;ala que&nbsp;<i>&ldquo;si la v&iacute;ctima tiene menos de diez a&ntilde;os de edad, la pena ser&aacute; de cadena perpetua&rdquo;<\/i>]. Ya han condenado a violadores a cadena perpetua y con eso creen que vamos a acabar con la violaci&oacute;n. Pero &iquest;cu&aacute;nto han invertido en el plan de prevenci&oacute;n de violencia hacia la mujer? &iquest;C&oacute;mo ha trabajado el Ministerio de Educaci&oacute;n, que silba de costado porque cree que el tema no le compete, que s&oacute;lo debe encargarse de que los chicos aprendan a leer y escribir?<\/p>\n<p>La apropiaci&oacute;n de la sentencia del TC por parte del Ejecutivo ha sido nula. Permiti&oacute; la aprobaci&oacute;n del plan multisectorial nacional de prevenci&oacute;n del embarazo adolescente, que estaba embalsado por la ley 28.704. Eso es positivo. Sin embargo, los proveedores de servicios de las regiones a&uacute;n creen que deben poner en conocimiento de la Fiscal&iacute;a a las adolescentes que llegan a los servicios de salud embarazadas. El Ministerio no ha sacado una directiva al respecto ni ha llevado a cabo reuniones para explicar la sentencia.<\/p>\n<p><b>&iquest;Cu&aacute;l es el panorama actual?<\/b><\/p>\n<p>En el Congreso est&aacute; en tr&aacute;mite la reforma al C&oacute;digo de Ni&ntilde;as, Ni&ntilde;os y Adolescentes, donde se quiere reinstalar la penalizaci&oacute;n de las relaciones sexuales consentidas con adolescentes. Este es un proceso que lleva m&aacute;s o menos tres a&ntilde;os. Inicialmente, el anteproyecto se alineaba con lo establecido por la Convenci&oacute;n de los Derechos del Ni&ntilde;o de Naciones Unidas. Con ello se estaba cambiando el est&aacute;ndar y se buscaba reconocer al adolescente como sujeto de derechos, garantizarle su derecho a la agrupaci&oacute;n y a tener voz. Pero en el Congreso pusieron el grito en el cielo, y no s&oacute;lo frente a la sexualidad. Respecto a cuestiones como el castigo, los congresistas manifestaron su preocupaci&oacute;n por c&oacute;mo iban corregir los padres a sus hijos. Tambi&eacute;n sacaron del documento la palabra &lsquo;ni&ntilde;a&rsquo; y la subsumieron en &lsquo;ni&ntilde;o&rsquo;, argumentando que el g&eacute;nero era muy complicado, que &lsquo;ni&ntilde;a&rsquo; sobra y que la pol&iacute;tica p&uacute;blica ten&iacute;a que ser pr&aacute;cticapara que todo el mundo la pudiera entender. Asimismo, cuestionaron el acceso de los adolescentes a los servicios de salud y educaci&oacute;n sexual. Eliminaron el art&iacute;culo en el que el Estado reconoce la responsabilidad de garantizar estos servicios y en su lugar pusieron a los padres a cargo.<\/p>\n<p>Como la sentencia del TC le quitaba al Estado tutela sobre la sexualidad de los adolescentes, en una r&aacute;pida movida los grupos anti derechos quieren pon&eacute;rselaa los pap&aacute;s y a la familia. El debate ahora es entre los derechos de las y los adolescentes y los derechos de los padres. Como hay un plan de fortalecimiento de la familia, encontraron all&iacute; una veta para introducir el control de la sexualidad de los adolescentes por parte de los padres. Estos grupos quieren bloquear de nuevo el acceso de los adolescentes a los servicios de salud y educaci&oacute;n sexual. Pese a que el Congreso deber&iacute;a asumir el est&aacute;ndar jur&iacute;dico impuesto por el TC, los congresistas anti derechos, muchos de ellos evang&eacute;licos y cat&oacute;licos, est&aacute;n peleando para aprovechar la coyuntura y penalizar adem&aacute;s el aborto bajo cualquier circunstancia, d&aacute;ndole derechos absolutos al concebido.<\/p>\n<p>Estos son signos de que no ha habido mucho cambio en c&oacute;mo se est&aacute; mirando a los adolescentes. No se los percibe como sujetos de derechos, como seres sexuados y sexualmente activos. Hemos ganado aliados, pero la inversi&oacute;n que ha hecho la Iglesia cat&oacute;lica durante tantos a&ntilde;os en imponer su pol&iacute;tica sexual de abstinencia y de negaci&oacute;n de la sexualidad tiene un asidero importante en el Per&uacute;. Ahora est&aacute;n tratando de trasladarla a las leyes y a las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas. En el pa&iacute;s, la sexualidad es vista como negativa, est&aacute; relacionada con la culpa, ejercerla tiene un costo, as&iacute; que si eres adolescente y quedaste embarazada, &iexcl;j&oacute;dete por tener relaciones! Esta pol&iacute;tica sexual prima en el imaginario, porque adem&aacute;s de tener el p&uacute;lpito, la iglesia cat&oacute;lica y las evang&eacute;licas cuentan con radio y televisi&oacute;n, con poder, pol&iacute;ticos y pol&iacute;ticas. A eso es a lo que nos estamos enfrentando. La Iglesia nos lleva siglos de trabajo.El movimiento por los derechos es joven, y el de los derechos sexuales y reproductivos todav&iacute;a m&aacute;s. Estamos resistiendo y d&aacute;ndole golpes a la pol&iacute;tica sexual de la Iglesia. Cambiar esto seguramente nos va a tomar mucho m&aacute;s tiempo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Per\u00fa, el combate a la violencia sexual contra menores justific\u00f3 durante seis a\u00f1os la criminalizaci\u00f3n de las relaciones consentidas entre adolescentes, limitando severamente el ejercicio de sus derechos. 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