{"id":188,"date":"2006-06-25T00:00:00","date_gmt":"2006-06-25T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/clam.org.br\/es\/2006\/06\/25\/derechos-sexuales-en-argentina\/"},"modified":"2006-06-25T00:00:00","modified_gmt":"2006-06-25T03:00:00","slug":"derechos-sexuales-en-argentina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/clam.org.br\/es\/noticias-clam\/derechos-sexuales-en-argentina\/188\/","title":{"rendered":"Derechos sexuales en Argentina"},"content":{"rendered":"<p>M\u00f3nica Petracci, investigadora asociada del CEDES, y Mario Pecheny, investigador del Instituto Gino Germani e investigador visitante del CEDES comenzaron hace un a\u00f1o la investigaci\u00f3n que contribuir\u00e1 al panorama regional sobre derechos y pol\u00edticas p\u00fablicas en sexualidad que el CLAM est\u00e1 impulsando en varios pa\u00edses de la regi\u00f3n. El prop\u00f3sito del informe, seg\u00fan sus autores, es &ldquo;contribuir a la presencia del tema en la agenda p\u00fablica, a la discusi\u00f3n informada, a formular interrogantes que abran nuevas l\u00edneas de investigaci\u00f3n, a fortalecer los conocimientos de especialistas y activistas, e incidir con argumentos s\u00f3lidos en programas y pol\u00edticas p\u00fablicas&rdquo;.<BR>  <P>En esta extensa entrevista, los autores abordan los temas centrales del informe en tres niveles diferentes. Primero se refieren a la informaci\u00f3n sistematizada en el documento, que presenta un panorama del sistema pol\u00edtico y del escenario social en siete tem\u00e1ticas: igualdad civil y conyugalidad; orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero; sexualidad y reproducci\u00f3n; aborto; violencia sexual; VIH\/SIDA, y explotaci\u00f3n sexual. Luego reflexionan acerca del estado de la situaci\u00f3n en cada una de esas tem\u00e1ticas. Finalmente, elaboran un balance general acerca de los avances y retrocesos en el \u00e1rea desde 1983 a esta parte.<BR>  <P><B>\u00bfCu\u00e1l fue el objetivo del informe? <\/B> <P><B>M\u00f3nica Petracci<\/B> &#8211; Nos propusimos presentar un panorama de la relaci\u00f3n entre sexualidad y derechos humanos en la Argentina desde 1983. En el pa\u00eds no existe una consagraci\u00f3n normativa que exprese el derecho al ejercicio de la sexualidad como tal. No obstante, una forma de acercamiento al tema es la descripci\u00f3n del sistema pol\u00edtico y del escenario social a los efectos de observar hasta qu\u00e9 punto est\u00e1n dadas las condiciones para el ejercicio de esos derechos.<BR>  <P><B>\u00bfCu\u00e1l fue la metodolog\u00eda de trabajo que utilizaron? <\/B> <P><B>Mario Pecheny<\/B> &#8211; Antes de mencionar la metodolog\u00eda que utilizamos hay que hacer la aclaraci\u00f3n de que este informe no pretende ser un digesto, sino que se trata de un panorama establecido a trav\u00e9s de leyes y programas.<BR>  <P>A lo largo del trabajo, que dur\u00f3 aproximadamente un a\u00f1o, a partir de una gu\u00eda tem\u00e1tica y de una revisi\u00f3n bibliogr\u00e1fica, hicimos una b\u00fasqueda sistem\u00e1tica de datos secundarios sobre el sistema pol\u00edtico, es decir, leyes nacionales y provinciales y programas, proyectos de ley, resoluciones, directivas ministeriales y fallos judiciales, en sitios web. Fue de particular utilidad el sitio <a href=\"http:\/\/www.infoleg.gov.ar\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">www.infoleg.gov.ar<\/A>. Realizamos tambi\u00e9n una b\u00fasqueda y actualizaci\u00f3n de fallos judiciales, litigios, casos, etc. El trabajo de recopilaci\u00f3n de jurisprudencia relativa a las tem\u00e1ticas del proyecto se realiz\u00f3 sobre la base de informaci\u00f3n de la base de datos jur\u00eddicos &ldquo;sumarios: LexisNexis&rdquo; y &ldquo;b\u00fasqueda avanzada&rdquo;. El criterio de b\u00fasqueda de la jurisprudencia apunt\u00f3 m\u00e1s a una diversidad de fallos relacionados con la noci\u00f3n de derechos sexuales que a la exhaustividad.<BR>  <P>Por otra parte, a partir de una gu\u00eda tem\u00e1tica, hicimos un relevamiento de encuestas de opini\u00f3n p\u00fablica y art\u00edculos period\u00edsticos para dar cuenta del escenario social, finalmente, entrevistas con informantes clave, para el caso acad\u00e9micos, legisladores y representantes de organizaciones no gubernamentales, para profundizar interrogantes.<BR>  <P>Por ello, en distintas etapas de elaboraci\u00f3n del informe participaron Lila Aizenberg, Daniel Jones y Cecilia Rabinovich. Contamos con la colaboraci\u00f3n del Centro de Estudios Legales y Sociales, que sum\u00f3 a Carolina Fairstein y Fedra Giovenali.<BR>  <P><B>\u00bfC\u00f3mo est\u00e1 organizado el informe? <\/B> <P><B>M\u00f3nica<\/B> &#8211; Se sistematiz\u00f3 informaci\u00f3n sobre el sistema pol\u00edtico y el escenario social en torno de <B>siete tem\u00e1ticas<\/B>. Para comenzar, sobre <B>igualdad civil y conyugalidad<\/B>, se presentan las principales leyes que dan cuenta del camino recorrido para alcanzar la igualdad jur\u00eddica entre mujeres y varones y algunas leyes sobre derechos de las parejas, incluyendo las del mismo sexo. Luego, el cap\u00edtulo sobre <B>orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero<\/B> est\u00e1 dedicado a la libre expresi\u00f3n de la sexualidad, y en particular de la llamada &ldquo;diversidad sexual&rdquo; en el que se desarrollan las normas referidas a la no discriminaci\u00f3n y de reconocimiento espec\u00edfico de derechos. Sobre <B>sexualidad y reproducci\u00f3n<\/B>, se presenta una descripci\u00f3n del proceso de sanci\u00f3n de la ley nacional 25673\/02 de salud reproductiva y de las leyes provinciales, enfatizando en dos temas: anticoncepci\u00f3n y educaci\u00f3n sexual.<BR>  <P>En cuanto al <B>aborto<\/B>, se describen en primer lugar los art\u00edculos pertinentes de los C\u00f3digos Penal y Civil, de la Constituci\u00f3n Nacional, y una \u00fanica ley, de &ldquo;embarazos incompatibles con la vida&rdquo;, aprobada en la Ciudad de Buenos Aires en 2003. En segundo lugar, dada su tipificaci\u00f3n en el C\u00f3digo Penal, se desarrollan asimismo los temas surgidos a ra\u00edz de la aplicaci\u00f3n concreta del C\u00f3digo y la jurisprudencia en casos de aborto terap\u00e9utico, por violaci\u00f3n y anencefalia. En tercer lugar se presentan las pol\u00edticas p\u00fablicas, con especial \u00e9nfasis en la resoluci\u00f3n ministerial de 2005 que aprob\u00f3 una Gu\u00eda para el Mejoramiento de la Atenci\u00f3n Postaborto.<BR>  <P>El dedicado a la <B>violencia sexual<\/B> es un cap\u00edtulo en el que se describe el estado de la cuesti\u00f3n en los distintos niveles regulatorios que operan en el pa\u00eds, los \u00e1mbitos de aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n y las pol\u00edticas p\u00fablicas. Si bien no existe un programa nacional de alcance general, s\u00ed existe una cantidad considerable de programas nacionales, provinciales y municipales. El cap\u00edtulo sobre <B>VIH\/sida<\/B> hace especial hincapi\u00e9 en la Ley Nacional y en las caracter\u00edsticas del debate p\u00fablico en torno al tema. Finalmente, con respecto a la <B>explotaci\u00f3n sexual<\/B> se presenta la legislaci\u00f3n y jurisprudencia argentinas sobre un conjunto de hechos que son, o pueden dar origen a diversas formas de explotaci\u00f3n sexual comercial: la prostituci\u00f3n y las formas de promoverla y explotarla; la pornograf\u00eda en relaci\u00f3n con menores; el turismo sexual; el tr\u00e1fico y la trata de personas con esos fines.<BR>  <P><B>\u00bfQu\u00e9 ejes plantearon para dar cuenta de los procesos que sufri\u00f3 la regulaci\u00f3n de esos \u00e1mbitos? <\/B> <P>Esas dimensiones fueron enmarcadas en el proceso pol\u00edtico que desemboc\u00f3 en la denominada pol\u00edtica p\u00fablica de salud y derechos sexuales y reproductivos. Nuestro punto de inicio es 1983, a\u00f1o de la recuperaci\u00f3n de la democracia. A partir de ese momento planteamos algunos ejes propios del espacio p\u00fablico para dar cuenta de ese proceso pol\u00edtico:<BR>  <P>Para comenzar, la salida del silencio en la que se encontraba la salud y los derechos sexuales y reproductivos a partir de la derogaci\u00f3n de los decretos restrictivos. Luego, la estridencia del debate que caracteriz\u00f3 la discusi\u00f3n sobre aborto durante la reforma de la Constituci\u00f3n Nacional en 1994. Finalmente, la persistencia del debate que caracteriz\u00f3 la sanci\u00f3n de las leyes. El debate que culmin\u00f3 con la sanci\u00f3n de la ley nacional de Salud Sexual y Procreaci\u00f3n Responsable fue m\u00e1s prolongado. Se inici\u00f3 con motivo de la media sanci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados en 1995 y continu\u00f3 en ocasi\u00f3n de la p\u00e9rdida de estado parlamentario de la ley en 1997, la nueva media sanci\u00f3n de la C\u00e1mara de Diputados en 2001 y, finalmente, con la sanci\u00f3n definitiva por la C\u00e1mara de Senadores el 30 de octubre de 2002.<BR>  <P>Por otro lado, aparecen nuevos temas en la agenda ligados a los derechos sexuales, por ejemplo la diversidad sexual y la fertilizaci\u00f3n asistida. La aprobaci\u00f3n de la Ley de Uni\u00f3n civil en diciembre de 2002 en la Ciudad de Buenos Aires y la consecuente celebraci\u00f3n de las primeras uniones terminaron por incluir el tema del reconocimiento de las parejas del mismo sexo en la agenda p\u00fablica y, m\u00e1s ampliamente, los derechos de la diversidad sexual en general, aunque varios temas contin\u00faan pendientes, como los derechos de las personas travestis, transexuales e intersexuales.<BR>  <P><B>Al reflexionar sobre cada una de las dimensiones, ambos autores acuerdan en se\u00f1alar: <\/B> <P>Con respecto a la <B>igualdad civil y conyugalidad<\/B>, formalmente, la Constituci\u00f3n consagra la igualdad ante la ley y la ley antidiscriminatoria de 1988 condena todo acto u omisi\u00f3n que atente contra el pleno ejercicio de los derechos y garant\u00edas fundamentales sobre bases igualitarias. Sin embargo, han habido pocos avances en el sentido de integrar el respeto a la diversidad sexual en la legislaci\u00f3n, en la jurisprudencia y en las pol\u00edticas p\u00fablicas. Mucho m\u00e1s largo ha sido el camino recorrido en lo que respecta a los derechos de las mujeres. No obstante, persisten en nuestra sociedad graves obst\u00e1culos que impiden el pleno goce y ejercicio de esos derechos.<BR>  <P>Sobre <B>orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero<\/B>, los marcos liberales y democr\u00e1ticos que se vienen construyendo desde 1983, contribuyen a la acci\u00f3n de las personas y de los movimientos sociales y favorecen la construcci\u00f3n de cuestiones de derechos que alientan al debate y la visibilidad. Durante los a\u00f1os sesenta y setenta, el tono de la reivindicaci\u00f3n del movimiento homosexual fue el de la trasgresi\u00f3n de la normalidad y del orden establecido en el lenguaje de &ldquo;la liberaci\u00f3n&rdquo; sexual. En los a\u00f1os ochenta, la pol\u00edtica de trasgresi\u00f3n fue dejada de lado, transform\u00e1ndose en una reivindicaci\u00f3n de &ldquo;normalidad&rdquo;. As\u00ed, las demandas se expresaron en el lenguaje de los derechos humanos, de aceptaci\u00f3n e inclusi\u00f3n ciudadana. Este es el car\u00e1cter de las reivindicaciones de los a\u00f1os ochenta y noventa, cuando a su vez se diferencia para los varones gays el tema del SIDA, para las mujeres lesbianas el de la opresi\u00f3n de g\u00e9nero, y para las personas travestis el tema de la persecuci\u00f3n policial en las calles. Desde fines de los noventa, vuelve a emerger una conciencia de los l\u00edmites de las pol\u00edticas basadas en reivindicaciones de derechos y planteadas como exigencias formuladas al Estado. En este sentido, paralelamente a las reivindicaciones de derechos, se vienen registrando pr\u00e1cticas pol\u00edticas menos formales, que apuntan al reconocimiento social al nivel de la vida cotidiana. En la primera d\u00e9cada del nuevo siglo cobran relevancia las reivindicaciones de derechos de las personas transg\u00e9nero (travestis, transexuales, intersex).<BR>  <P>En t\u00e9rminos de <B>sexualidad y reproducci\u00f3n<\/B>, se puso en evidencia que uno de los puntos d\u00e9biles de nuestro pa\u00eds no es la ausencia de leyes de salud sexual y reproductiva sino de pol\u00edticas p\u00fablicas, ya sea por falta de voluntad pol\u00edtica, la permanencia de conflictos presentes en la redacci\u00f3n de las leyes, y la brecha entre formular e implementar una pol\u00edtica, o por cuestiones presupuestarias, burocr\u00e1ticas o propias de la din\u00e1mica jur\u00eddica, como los vetos totales o parciales, las modificaciones de art\u00edculos y la sanci\u00f3n de nuevas leyes.<BR>  <P><B>\u00bfAlgunos ejemplos? <\/B> <P>Un ejemplo claro es el de la anticoncepci\u00f3n. Si bien es cierto que paulatinamente se van produciendo cambios en la legislaci\u00f3n, se siguen constatando algunos nudos cr\u00edticos. En primer lugar, si bien las mujeres de todas las edades tienen una alta propensi\u00f3n a utilizar alg\u00fan m\u00e9todo para regular su fecundidad, sigue habiendo desigualdad en el acceso a los m\u00e9todos anticonceptivos fundamentalmente relacionada con la edad y la condici\u00f3n social de las mujeres: las adolescentes y las mujeres pobres de nuestra sociedad son las m\u00e1s afectadas por la falta de oportunidades para acceder a m\u00e9todos seguros y efectivos. Por otro lado, las restricciones legales que hist\u00f3ricamente debieron enfrentar las mujeres, especialmente las mujeres pobres, para acceder a la orientaci\u00f3n y prescripci\u00f3n m\u00e9dica, y las dificultades que, en este orden, todav\u00eda subsisten en la Argentina dada la d\u00e9bil presencia de pol\u00edticas p\u00fablicas que atiendan la demanda anticonceptiva de la poblaci\u00f3n. En este contexto, cabe presumir que, tal como estar\u00edan siendo utilizados, la seguridad y eficacia de los m\u00e9todos deben ser bajas y, por ello, alta la probabilidad de efectos secundarios adversos, cuando no, de embarazos no deseados como efecto de la ineficacia anticonceptiva.<BR>  <P>Otro ejemplo son os debates sobre educaci\u00f3n sexual, que concentran una multiplicidad de temas: la lucha hist\u00f3rica acerca de qu\u00e9 actor tiene el poder de ejercer el monopolio del conocimiento e impartirlo &ndash;la Iglesia o el Estado&ndash;; la patria potestad; la relevancia de la educaci\u00f3n sexual para informar y educar y los contenidos a impartir. No obstante los debates pol\u00edticos y jur\u00eddicos sobre los temas conflictivos como la anticoncepci\u00f3n de emergencia, la ligadura tubaria y la educaci\u00f3n sexual, los resultados de los sondeos de opini\u00f3n muestran el mayoritario consenso de la ciudadan\u00eda sobre estas cuestiones.<BR>  <P><B>\u00bfCu\u00e1l es su reflexi\u00f3n acerca del marco que regula los abortos? <\/B> <P>El aborto no tuvo innovaciones legislativas y program\u00e1ticas como las descriptas previamente sobre la anticoncepci\u00f3n. Subsisten nudos cr\u00edticos identificados por la literatura desde hace casi una d\u00e9cada. En primer lugar, la realizaci\u00f3n &ndash;como consecuencia de la penalizaci\u00f3n&ndash; de un aborto en la clandestinidad y en condiciones inseguras pone en riesgo la salud y, en algunos casos, tambi\u00e9n la vida de las mujeres. El impacto de esta situaci\u00f3n recae, principalmente, en las mujeres pobres y sus familias. En segundo lugar, la situaci\u00f3n de ilegalidad y clandestinidad de esta pr\u00e1ctica condiciona fuertemente el proceso asistencial de las mujeres internadas en los hospitales p\u00fablicos por complicaciones de aborto. En ese marco, la calidad de la atenci\u00f3n se resiente y las mujeres que atraviesan esta condici\u00f3n cr\u00edtica son v\u00edctimas de la violencia institucional (denuncia policial y maltrato). El marco vigente, al penalizar el aborto y no garantizar el acceso a abortos seguros y eficaces ni siquiera en los casos no punibles previstos por la ley, no protege los derechos de las mujeres en cuanto a la autodeterminaci\u00f3n. Dentro del conjunto de asuntos que se refieren a derechos sexuales y reproductivos, la falta de debate, legislaci\u00f3n y pol\u00edticas p\u00fablicas adecuadas sobre aborto constituye la principal deuda pendiente.<BR>  <P>Para continuar con las tem\u00e1ticas del Informe, La evoluci\u00f3n de la legislaci\u00f3n de la prevenci\u00f3n, tratamiento y erradicaci\u00f3n de la <B>violencia sexual<\/B> es, en t\u00e9rminos generales, progresiva, en consonancia con el reconocimiento de los derechos a nivel internacional. No obstante ello, esa progresividad ni es lineal, ni se da homog\u00e9neamente, tanto en los distintos \u00e1mbitos de aplicaci\u00f3n como en los distintos distritos del pa\u00eds. Su tratamiento en el C\u00f3digo Penal fue reformado y existe un desarrollo incipiente de las figuras de acoso y violencia sexual en la legislaci\u00f3n laboral. No existe legislaci\u00f3n o de pol\u00edticas generales para los casos de violencia institucional, cuyo tratamiento en definitiva se reduce al an\u00e1lisis puntual de las denuncias efectuadas o de las acciones de amparo presentadas. En contraste, hay una &ldquo;superabundancia&rdquo; de leyes en relaci\u00f3n a la violencia familiar. Es interesante ver hasta qu\u00e9 punto la existencia y cantidad de leyes hacen a la visibilidad social del problema, o atentan contra ella por carecer de un discurso homog\u00e9neo e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas sistem\u00e1ticas desde el Estado.<BR>  <P>En <B>VIH\/sida<\/B>, desde la aprobaci\u00f3n de la ley 23798, el cuerpo normativo sent\u00f3 las bases para una pol\u00edtica antidiscriminatoria y de acceso a medicamentos y tratamientos en los distintos subsistemas de salud. Adem\u00e1s, como todas las personas, aquellas afectadas por el VIH tienen sus derechos protegidos en los distintos \u00e1mbitos civiles, econ\u00f3micos y sociales, por el aparato legal general. Como nuestro texto se ocupa de los derechos sexuales, no nos hemos explayado sobre los casos y jurisprudencia que se dieron desde los noventa, fundamentalmente en materia de empleo y de acceso a medicamentos: por un lado, los procesos relativos al \u00e1mbito laboral (an\u00e1lisis preocupacionales y ocupacionales inconsultos, despidos, discriminaci\u00f3n por VIH\/sida o enfermedad en el trabajo) escapan a lo estrictamente sexual; por el otro, los procesos por acceso a los medicamentos garantizados por ley, afectan a todas las personas viviendo con VIH\/sida, independientemente de su sexualidad.<BR>  <P>Dicho eso, en referencia a la diversidad sexual, s\u00ed merece una menci\u00f3n especial el tema de la accesibilidad y calidad de la atenci\u00f3n en VIH\/sida a determinadas categor\u00edas de poblaci\u00f3n, como la travesti, que muchas veces encuentra hostilidad en los servicios ligada a su identidad de g\u00e9nero, factor que se cruza tambi\u00e9n con la falta de recursos tanto socioecon\u00f3micos como simb\u00f3licos. Asimismo, las investigaciones muestran que muchas personas gays viviendo con VIH\/sida buscan servicios y profesionales &ldquo;amigables&rdquo; pues tambi\u00e9n existe homofobia en muchos de esos espacios. Por otra parte, sigue siendo una asignatura pendiente la situaci\u00f3n tanto del VIH\/sida como de la sexualidad en las instituciones cerradas y semicerradas.<BR>  <P>Un balance de los avances y retrocesos en materia de derechos sexuales nos permite afirmar que la epidemia y la lucha contra el SIDA fueron parad\u00f3jicamente un factor crucial para que muchos de estos derechos ingresen en el orden del d\u00eda de las agendas pol\u00edticas tanto del Estado como del movimiento social. La epidemia del SIDA contribuy\u00f3 a dar visibilidad, financiamiento y reconocimiento p\u00fablico, legal y pol\u00edtico a un movimiento y a un conjunto de reivindicaciones en torno a la sexualidad y la diversidad sexual que hist\u00f3ricamente hab\u00edan estado excluidos de la legislaci\u00f3n y las pol\u00edticas p\u00fablicas.<BR>  <P>Con respecto a la <B>prostituci\u00f3n \/ trabajo sexual<\/B>, las posturas de la sociedad civil no son homog\u00e9neas. Hay actores sociales con diversos y contradictorios intereses, trayectorias, objetivos y posturas ideol\u00f3gicas. Los m\u00e1s relevantes en el debate p\u00fablico son el movimiento de mujeres, con diferentes posturas internas; el sindicato con personer\u00eda jur\u00eddica de trabajadoras sexuales, AMMAr; las agencias internacionales, principalmente la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, y las iglesias.<BR>  <P>En ese escenario los consensos b\u00e1sicos son varios. El primero de ellos es el siguiente: ninguna persona deber\u00eda ser penalizada por ejercer la prostituci\u00f3n. Otro acuerdo b\u00e1sico gira en torno a la lucha contra el tr\u00e1fico, la trata y la explotaci\u00f3n &ndash;v\u00eda el proxenetismo&ndash; de las mujeres y los ni\u00f1os para que ejerzan la prostituci\u00f3n. El tercer punto de consenso sostiene que se debe avanzar de modo conjunto para lograr la aplicabilidad de las normas internacionales y locales sancionando severamente al tratante o traficante de personas. El cuarto punto de coincidencia reside en la necesidad de eliminar toda forma de prostituci\u00f3n o explotaci\u00f3n sexual infantil, incluyendo la pornograf\u00eda, pues se considera que todo menor implicado est\u00e1 siendo prostituido o explotado, dado que no elige realizar esa pr\u00e1ctica.<BR>  <P>Las principales discusiones giran en torno a la prostituci\u00f3n adulta, y es posible distinguir dos discursos en conflicto que reproducen las discusiones internacionales, a nivel local. Mientras que un grupo de organizaciones de mujeres y feministas pone de relieve el car\u00e1cter de v\u00edctima de las mujeres que trabajan en prostituci\u00f3n, hablando de &ldquo;explotaci\u00f3n sexual&rdquo; y definiendo a las mujeres como &ldquo;mujeres en situaci\u00f3n de prostituci\u00f3n&rdquo;, otro grupo las identifica como &ldquo;trabajadoras sexuales&rdquo; y procura desvictimizarlas. Sin embargo, existe un desfasaje notable entre el inter\u00e9s en la tem\u00e1tica por parte del movimiento de mujeres, acad\u00e9micos y los sindicatos de trabajadoras sexuales, por un lado, y el relativamente escaso debate p\u00fablico, por el otro.<BR>  <P><B>A continuaci\u00f3n los autores hablaron de las conclusiones del Informe y de las perspectivas que el mismo plantea. Ambos investigadores coinciden en se\u00f1alar: <\/B> <P>La reivindicaci\u00f3n de derechos sexuales y reproductivos politiza relaciones sociales consideradas privadas o naturales, poniendo en cuesti\u00f3n los l\u00edmites instituidos entre lo privado y lo p\u00fablico, y entre lo natural y lo social. La politizaci\u00f3n pasa por mostrar que relaciones consideradas privadas est\u00e1n en realidad atravesadas por una dimensi\u00f3n pol\u00edtica, que relaciones percibidas como naturales son en realidad construidas social e hist\u00f3ricamente.<BR>  <P>Considerar a la sexualidad como un componente central del desarrollo humano tiene todav\u00eda algunas tareas pendientes: bregar por la democratizaci\u00f3n de las relaciones entre los sexos y el respeto a la libre orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero; contar con el compromiso cotidiano de los equipos de salud para mejorar la calidad de la atenci\u00f3n desde una perspectiva de g\u00e9nero y derechos; facilitar el acceso de las mujeres a la educaci\u00f3n, la salud y el trabajo; promover las decisiones legislativas y pol\u00edticas, y monitorear la asignaci\u00f3n de los recursos humanos y financieros necesarios para fortalecer las pol\u00edticas p\u00fablicas son tareas sobre las cuales seguir trabajando para que las cuestiones reproductivas y sexuales de varones y mujeres est\u00e9n garantizadas como derechos inalienables e imprescriptibles en nuestro pa\u00eds y en Am\u00e9rica latina.<BR>  <P>Pas\u00f3 menos de un cuarto de siglo desde el inicio de la transici\u00f3n democr\u00e1tica en 1983. Es indudable que la liberalizaci\u00f3n pol\u00edtica y la continuidad democr\u00e1tica y del Estado de Derecho, in\u00e9ditas en el pa\u00eds, constituyeron un marco favorable para incluir derechos de diverso tipo en las agendas p\u00fablica y pol\u00edtica, as\u00ed como para fortalecer tanto las demandas individuales como las colectivas, y la movilizaci\u00f3n de actores sociales en reclamo de viejos y nuevos derechos. A inicios del siglo XXI, los derechos sexuales, aun con sus d\u00e9ficit, muestran que en su construcci\u00f3n las personas son cada vez m\u00e1s interpeladas, no ya como v\u00edctimas sin capacidad de voz ni acci\u00f3n, sino en su condici\u00f3n de sujetos y ciudadanos sexuales. Pero para hablar de sujetos de derechos sexuales, sin distinci\u00f3n de sexo o g\u00e9nero, es necesario que exista igualdad jur\u00eddica tout court. \u00bfC\u00f3mo pensar la igualdad en t\u00e9rminos de derechos sexuales sin gozar de un estatus similar ante la ley?<BR>  <P>La independencia de la corona espa\u00f1ola a principios del siglo XIX dej\u00f3 intactas las diferencias de estatus legal entre varones y mujeres. S\u00f3lo despu\u00e9s de m\u00e1s de un siglo de vida pol\u00edtica independiente se aprob\u00f3 una ley que expl\u00edcitamente apuntaba a corregir la subordinaci\u00f3n de las mujeres a los varones. En 1926, la ley de Derechos Civiles de la Mujer introdujo el tema de la equiparaci\u00f3n civil, aunque de una forma que hoy calificar\u00edamos como extremadamente parcial. En 1947 las mujeres accedieron al sufragio definido ya desde 1912 como &ldquo;universal&rdquo;. Las mujeres votaron y fueron elegidas por primera vez en 1951. Durante cuarenta a\u00f1os la presencia de las mujeres en las instituciones representativas fue marginal, salvo escasas excepciones y por escasos per\u00edodos. En 1991, una ley de cupos incorpor\u00f3 el criterio de incluir al menos un tercio de la representaci\u00f3n a las mujeres, lo cual cambi\u00f3 &ndash;al menos num\u00e9ricamente&ndash; parte de la historia.<BR>  <P>De un modo pr\u00e1cticamente independiente de las pol\u00edticas p\u00fablicas y los avatares internacionales, y tempranamente para el contexto latinoamericano, la Argentina inici\u00f3 su transici\u00f3n demogr\u00e1fica, la cual nos hace suponer extendidas pr\u00e1cticas de regulaci\u00f3n de la fecundidad incluso mucho antes de la aparici\u00f3n de los m\u00e9todos modernos. En ese marco, por razones geopol\u00edticas que supuestamente exig\u00edan acelerar el crecimiento poblacional y llenar espacios despoblados, algunos gobiernos intentaron limitar el acceso a la anticoncepci\u00f3n, lo cual se materializ\u00f3 en los decretos de 1974 y 1977 que obstaculizaron la distribuci\u00f3n de anticonceptivos en el sistema de salud, al tiempo que el aborto segu\u00eda siendo ilegal y clandestino. La dictadura militar que se extendi\u00f3 entre 1976 y 1983 instaur\u00f3 un r\u00e9gimen de terror en el cual la violaci\u00f3n de los derechos humanos fue una pol\u00edtica sistem\u00e1tica del Estado.<BR>  <P>Como reacci\u00f3n y resistencia, desde la sociedad civil y desde la oposici\u00f3n pol\u00edtica &ndash;ahora s\u00ed, en consonancia con los &ldquo;avatares internacionales&rdquo;&ndash; fue recuperado el lenguaje de los derechos humanos como base \u00e9tica y pol\u00edtica de los reclamos y de la legitimidad de leyes y pol\u00edticas p\u00fablicas. En ese contexto, aun reconociendo que hay muchas reivindicaciones de &ldquo;justicia&rdquo; en materia sexual que son imposibles de traducir en derechos positivos, o siquiera susceptibles de formularse en el lenguaje de los derechos, el movimiento feminista argentino hizo suya la expresi\u00f3n &ldquo;derechos sexuales y reproductivos&rdquo; y lo que ser\u00eda el movimiento GLTTBI crecientemente formul\u00f3 sus reivindicaciones como derechos, por ejemplo en el sentido de que &ldquo;la sexualidad es un derecho humano&rdquo;.<BR>  <P>Desde 1983 y hasta la actualidad, en 2006, se produjo una mutaci\u00f3n que habr\u00eda sorprendido al o a la m\u00e1s optimista militante de la liberaci\u00f3n sexual en los sesenta y primeros setenta. \u00bfQu\u00e9 se ha logrado, aunque sea en parte, en todos estos a\u00f1os? La ley de divorcio, la equiparaci\u00f3n civil entre los sexos y el inicio de democratizaci\u00f3n de los lazos conyugales; la instalaci\u00f3n definitiva de la diversidad sexual como tema de derechos humanos; la creciente conciencia pol\u00edtica de la necesidad de legislar e implementar pol\u00edticas sobre educaci\u00f3n sexual y anticoncepci\u00f3n materializada en decenas de leyes y programas de salud reproductiva; la reconceptualizaci\u00f3n de la violencia sexual desde una visi\u00f3n integral y no restringida a salvaguardar el &ldquo;honor&rdquo; masculino o a restaurar la &ldquo;honestidad femenina&rdquo;; la problematizaci\u00f3n del trabajo sexual o situaci\u00f3n de prostituci\u00f3n, aunque se trata de un debate no resuelto para sus protagonistas); la protecci\u00f3n legal de las personas viviendo con VIH\/sida.<BR>  <P>Por supuesto, las deudas pendientes son muchas y, seguramente, el propio movimiento de las sexualidades y de los derechos ir\u00e1 determinando la inclusi\u00f3n en la agenda de nuevos derechos y de nuevos sujetos. Sigue pendiente en muchos aspectos la situaci\u00f3n de las y los adolescentes. El estatus legal de las parejas h\u00e9tero y homosexuales todav\u00eda sigue siendo formalmente desigual, en materia de uniones, de adopci\u00f3n, de residencia o nacionalidad, de derechos sociales, entre muchos otros. Y el estatus de las personas que no amoldan su identidad a los c\u00e1nones dicot\u00f3micos del genero masculino y femenino tambi\u00e9n expresa la dificultad para reconocer plenamente la expresi\u00f3n de la diversidad sexual.<BR>  <P>Finalmente, hay una cuesti\u00f3n de derechos sexuales que sigue siendo desde hace tiempo la principal deuda que la legislaci\u00f3n y las pol\u00edticas p\u00fablicas tienen especialmente para las mujeres, y para el conjunto de los sujetos sexuales: la legalizaci\u00f3n de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo y la garant\u00eda de abortos seguros, eficaces y universalmente accesibles para aquellas mujeres que lo necesiten y requieran. No est\u00e1 de m\u00e1s insistir que el estatus legal del aborto es central para la salud y los derechos de las mujeres. La ilegalidad de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo no s\u00f3lo trae consecuencias negativas para la sexualidad, la salud y la vida de las mujeres, sino que constituye un obst\u00e1culo para el ejercicio igualitario del conjunto de sus derechos, tanto los sexuales y reproductivos, como los civiles y socioecon\u00f3micos.<BR>  <P>Las leyes que restringen el aborto determinan tanto la vida de las mujeres, y \u00fanicamente de ellas, que la desigualdad de derechos apenas necesita justificaci\u00f3n. Mientras que los varones conservan su derecho a la autonom\u00eda sexual y reproductiva, la clandestinidad e inseguridad del aborto les niegan autonom\u00eda a las mujeres. En este sentido, en la medida en que la libre disposici\u00f3n del propio cuerpo es una condici\u00f3n de la plena autonom\u00eda de los individuos sexuados, los derechos sexuales y reproductivos se inscriben en la reivindicaci\u00f3n de una verdadera igualdad entre las ciudadanas y los ciudadanos.<BR>  <P>Sobre todos los temas mencionados, el Informe contiene un pormenorizado relevamiento de leyes. No obstante, un panorama sobre derechos sexuales no se reduce a relevar su eventual traducci\u00f3n o falta de traducci\u00f3n en legislaciones y pol\u00edticas p\u00fablicas. Efectivamente, el ejercicio de los derechos requiere un cierto n\u00famero de condiciones y recursos materiales y simb\u00f3licos, que no est\u00e1n universalmente disponibles para el conjunto de individuos y grupos que forman una comunidad pol\u00edtica, una sociedad.<BR>  <P><B>Por \u00faltimo, para los autores, otra cuesti\u00f3n crucial es la problem\u00e1tica de la apropiaci\u00f3n subjetiva de los derechos sexuales: <\/B> <P>Esta se diferencia por g\u00e9nero, orientaci\u00f3n e identidad sexual, clase, regi\u00f3n, edad y una larga lista de etc\u00e9teras, cuesti\u00f3n que vale la pena seguir pensando para propiciar la realizaci\u00f3n de futuras investigaciones cuyos hallazgos sean un insumo para elaborar mensajes que faciliten y disminuyan la brecha entre reconocimiento y apropiaci\u00f3n subjetiva. De la misma manera, la realizaci\u00f3n de sondeos permite demostrar la estabilidad y la racionalidad de la opini\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como ser tenidos en cuenta sus resultados en la toma de decisiones pol\u00edticas. Seg\u00fan M\u00f3nica, &ldquo;las encuestas muestran que estos temas son de inter\u00e9s para la ciudadan\u00eda y esto aparece cuando se hacen sondeos de opini\u00f3n&rdquo;.<BR>  <P>Sobre la investigaci\u00f3n, queda como an\u00e9cdota que, ahora que est\u00e1 cerrado el texto del informe que se presentar\u00e1, se ha producido una suerte de desactualizaci\u00f3n. En los \u00faltimos diez d\u00edas se vive en Argentina una visibilizaci\u00f3n de estos temas como la discusi\u00f3n del proyecto de ley sobre ligadura tubaria y vasectom\u00eda, el proyecto de reforma de c\u00f3digo penal, la discusi\u00f3n en la ciudad de Buenos Aries sobre educaci\u00f3n sexual en las escuelas.<BR>  <P>Los autores dicen que el texto no deja de mostrar que, &ldquo;con todo y a pesar de todo, un largo camino ha sido recorrido&rdquo;. Es la sexualidad, que no es fija ni natural, la que siempre toma la palabra, y nos interpela como sujetos para que seamos capaces de reconocer las diversas, y a veces contradictorias, historias y experiencias. Las agendas se diversifican, y aparecen nuevos nombres y nuevas voces que un movimiento plural debe ser capaz de reconocer y escuchar, pues, como se\u00f1alara Hannah Arendt, cada persona es un ser distinto y \u00fanico entre iguales.<\/P><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fue presentado en el CEDES Buenos Aires el informe &ldquo;Argentina: derechos humanos y sexualidad&rdquo;, parte del panorama regional impulsado por el CLAM. 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