{"id":933,"date":"2013-10-14T00:00:00","date_gmt":"2013-10-14T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/clam.org.br\/es\/2013\/10\/14\/familia-y-estado-civil\/"},"modified":"2013-10-14T00:00:00","modified_gmt":"2013-10-14T03:00:00","slug":"familia-y-estado-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/clam.org.br\/es\/noticias-clam\/familia-y-estado-civil\/933\/","title":{"rendered":"Familia y estado civil"},"content":{"rendered":"<p>Aprobar o no un nuevo estatuto familiar que constituya otro estado civil ha sido uno de los puntos neur&aacute;lgicos en el debate legislativo del proyecto de ley de Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), iniciativa que se encuentra estancada en el Congreso chileno. El Senado decidi&oacute; postergar su discusi&oacute;n para m&aacute;s adelante.<\/p>\n<p>La propuesta gubernamental ingres&oacute; al legislativo el 17 de agosto de 2011. Durante estos dos a&ntilde;os y luego de varios debates, distintos actores del movimiento de la diversidad sexual llegaron a un consenso respecto a lo que esperan de la ley y formaron un frente amplio integrado por 7 organizaciones con el fin de impulsarla. <i>&ldquo;Vemos cada vez m&aacute;s un trabajo conjunto y estamos alineados a las demandas que son b&aacute;sicamente las mismas: un AVP digno, matrimonio igualitario, una ley de identidad de g&eacute;nero y tambi&eacute;n mejorar la actual ley de antidiscriminaci&oacute;n&rdquo;,<\/i> coment&oacute; Luis Larra&iacute;n, presidente de <a href=\"http:\/\/www.iguales.cl\/\">Fundaci&oacute;n Iguales<\/a>.<\/p>\n<p>Despu&eacute;s de un trabajo sistem&aacute;tico, en abril de este a&ntilde;o las organizaciones entregaron al Congreso el documento <i><a href=\"http:\/\/www.iguales.cl\/wp-content\/uploads\/2012\/12\/AVP.pdf\">Observaciones al Proyecto de Ley Acuerdo de Vida en Pareja (AVP) Bolet&iacute;n 7873-07<\/a>.<\/i> Tres meses despu&eacute;s, el proyecto ingres&oacute; con urgencia simple en su tramitaci&oacute;n a la Comisi&oacute;n de Constituci&oacute;n, Legislaci&oacute;n y Justicia del Senado, sin que se hayan discutido en forma adecuada los cambio que el proyecto requiere.<\/p>\n<p>Durante este tiempo la discusi&oacute;n se centr&oacute; en la idea de cambiar el nombre de AVP por Acuerdo de Vida en Com&uacute;n (AVC), as&iacute; como que la ley regule las convivencias de igual y distinto sexo; es decir, que el AVP no sea una ley s&oacute;lo para homosexuales. Pero hoy pareciera que la discusi&oacute;n se ha estancado. El establecimiento de la figura de conviviente en el estado civil es la piedra de tope que traba las conversaciones legislativas.<\/p>\n<p>En Chile existen los estados civiles de soltero, casado, viudo y divorciado. &Eacute;ste &uacute;ltimo se cre&oacute; cuando el presidente Ricardo Lagos promulg&oacute; en 2004 la ley de divorcio, luego de casi diez a&ntilde;os de tr&aacute;mite legislativo. De esta forma Chile dej&oacute; de ser, junto a Malta, el &uacute;nico pa&iacute;s occidental que carec&iacute;a de ese mecanismo para disolver las uniones matrimoniales. A diferencia de lo que ocurr&iacute;a con la figura legal de las nulidades, mediante la cual la persona recuperaba el estatus de soltera, con la ley de divorcio se cre&oacute; el estado civil de divorciado\/a.<\/p>\n<p>Fernando Mu&ntilde;oz, integrante del <a href=\"http:\/\/www.mums.cl\/\">Movimiento por la Diversidad Sexual, MUMS<\/a>, aspira a que no sean necesarios otros 10 a&ntilde;os para contar con un AVP que consigne un nuevo estado civil y sea capaz de resolver la situaci&oacute;n de parejas &ndash;del mismo sexo y heterosexuales&ndash;, que no se quieren casar, pero que buscan una opci&oacute;n de reconocimiento legal de la uni&oacute;n distinta. El Censo realizado este a&ntilde;o demostr&oacute; que en Chile aproximadamente 2 millones de personas viven juntas sin estar casadas, lo que equivale a un aumento de cerca de un 3,2% con respecto al a&ntilde;o 2002. Mu&ntilde;oz explic&oacute; que es importante que exista una alternativa diferente para toda la poblaci&oacute;n, ya que a esos 2 millones se suman los m&aacute;s de 35 mil homosexuales que conviven en pareja.<\/p>\n<p>En Chile, actualmente todos los estados civiles de pareja tienen relaci&oacute;n con el contrato de matrimonio. Este es el &uacute;nico estatuto regulador de las parejas. <a href=\"http:\/\/www.clam.org.br\/publique\/cgi\/cgilua.exe\/sys\/start.htm?UserActiveTemplate=_ES&amp;infoid=7180&amp;sid=21\">Las uniones de hecho no son reconocidas<\/a>, pese a que se ha instalado con fuerza la demanda de reglamentar este tipo de uniones, que cuenta con un amplio apoyo de la ciudadan&iacute;a y de los partidos pol&iacute;ticos.<\/p>\n<p>El AVP busca regular la vida afectiva de las parejas y reconocer este v&iacute;nculo a quienes decidan celebrarlo. De esta forma, se diferenciar&iacute;an, por ejemplo, de una pareja de pololos, (forma local para referirse a los novios). Entonces, cabe preguntarse si la ley identificar&aacute; a la pareja que celebre el AVP como una unidad familiar, porque no cambia el estado civil de aquellos que deciden celebrar este contrato, cuando justamente desean que el Estado reconozca su uni&oacute;n como una distinta de aquellos que han decidido no suscribirlo.<\/p>\n<p>Hay muchas parejas que no se quieren casar y que no gozan de los mismos derechos que las parejas que contraen matrimonio, por lo que resulta importante un reconocimiento a esas otras alternativas. <i>&ldquo;Por eso se habla de la ampliaci&oacute;n de derechos&rdquo;,<\/i> precisa Mu&ntilde;oz. Sin embargo, de aprobarse la ley como est&aacute; redactada, el AVP s&oacute;lo regular&iacute;a las consecuencias jur&iacute;dicas que derivan de la vida afectiva en com&uacute;n, entendi&eacute;ndose por tales, de acuerdo al desarrollo del proyecto de ley, aquellas referidas al &aacute;mbito patrimonial de la pareja. De esta forma garantizar&aacute; a los miembros de parejas homosexuales y heterosexuales que conviven juntas derechos relacionados con la herencia, la pensi&oacute;n en caso de viudez o invalidez y la salud, entre otros.<\/p>\n<p>Pero no por eso hay que <i>&ldquo;apurar el paso&rdquo;.<\/i> Las organizaciones sociales tienen la experiencia de lo que pas&oacute; con la ley antidiscriminaci&oacute;n, que <i>&ldquo;fue un mal proyecto y termin&oacute; saliendo una p&eacute;sima ley&rdquo;,<\/i> precis&oacute; el dirigente. Este proyecto fue presentado como una reacci&oacute;n frente al homicidio de Daniel Zamudio por ser homosexual. El asesinato gener&oacute; gran adhesi&oacute;n y conciencia en la ciudadan&iacute;a por contar con una ley antidiscriminatoria. Sin embargo el proyecto legislativo exist&iacute;a desde 2001 y muchas organizaciones sociales hab&iacute;an presionado infructuosamente su aprobaci&oacute;n.<\/p>\n<p>La ley aprobada no fue coherente con el esp&iacute;ritu con que fue ideada. La gran deuda es la falta de medidas afirmativas para corregir toda forma de discriminaci&oacute;n, esto es, otorgar tratamiento diferenciado para eliminar obst&aacute;culos f&aacute;cticos en el ejercicio pleno de ciertos derechos. La ley promulgada, a diferencia de su proyecto inicial, es poco ambiciosa a la hora de imponer obligaciones a los &oacute;rganos del Estado en materia de igualdad y no discriminaci&oacute;n.<\/p>\n<p>A esto se suma la ausencia de acciones orientadas a reparar a las v&iacute;ctimas de discriminaci&oacute;n. La Ley no previene, s&oacute;lo castiga actos discriminadores. Creer que la sola existencia de un posible castigo acabar&aacute; la discriminaci&oacute;n en Chile implica desconocer los complejos aspectos sociales y culturales imbricados en ella, afirman organizaciones no gubernamentales.<\/p>\n<p>Organizaciones LGBT denunciaron que todo quedar&aacute; en manos de los jueces de letras, quienes ser&aacute;n los encargados de determinar si hubo acto discriminatorio arbitrario. El proceso se lee engorroso, complejo y de dificultoso actuar, particularmente pensando que si no se prueba la denuncia, ser&aacute;n los denunciantes los que deban pagar. En este sentido, m&aacute;s parece una acci&oacute;n amenazante que protectora.<\/p>\n<p>En el caso del AVP, el debate ha sido lento en extremo, por lo que cada cierto tiempo se pide aplicar <i>&ldquo;suma urgencia&rdquo;<\/i> para que la discusi&oacute;n <i>&ldquo;se destrampe&rdquo;<\/i> y avance en el Senado. Esa ser&iacute;a la estrategia adoptada por las organizaciones de la diversidad sexual, explica Mu&ntilde;oz.<\/p>\n<p>Actualmente, el AVP constituye una de las principales demandas de las organizaciones de diversidad sexual. <i>&ldquo;Si se aprueba el AVP, tiene que reconocerse entonces un nivel de estado civil. No est&aacute;s soltero, pero tampoco est&aacute;s casado. Deber&iacute;a haber un estado civil nuevo, porque es una nueva forma de convivencia.&rdquo;,<\/i> asever&oacute; el dirigente de MUMS. Si se mantiene el estado de <i>&ldquo;soltero&rdquo;,<\/i> aclar&oacute;, las personas seguir&aacute;n marginadas de varios  beneficios sociales que cobijan a las parejas casadas, por ejemplo, los puntajes para postular a un subsidio de vivienda, donde reciben m&aacute;s alta calificaci&oacute;n los casados. Para Iguales, la figura de <i>&ldquo;conviviente&rdquo;<\/i> debiera constituir un estado civil, ya que representa una uni&oacute;n mayor a la patrimonial, y tambi&eacute;n porque as&iacute; se pueden establecer de mejor manera los derechos y obligaciones.<\/p>\n<p>El abogado Juan Enrique Pi, integrante de la Comisi&oacute;n de Legislaci&oacute;n de la Fundaci&oacute;n Iguales, <a href=\"http:\/\/www.iguales.cl\/estado-civil-y-avp-para-que\/\">explic&oacute; en columna de opini&oacute;n<\/a> por qu&eacute; el AVP es una uni&oacute;n mayor que la patrimonial. Por ejemplo, quien haya celebrado un AVP, no podr&aacute; contraer otro con una persona distinta, sin haber puesto fin al primero. El experto relata que este efecto es muy similar al del contrato matrimonial, en cuanto una persona casada no puede volver a casarse, ni celebrar un AVP con otra, sin haber terminado su primer matrimonio.<\/p>\n<p>En relaci&oacute;n con los hijos de parejas de <i>&ldquo;solteros&rdquo;,<\/i> estos tienen el mismo estatuto jur&iacute;dico que los de parejas casadas desde 1998 cuando entr&oacute; en vigencia la Ley de Filiaci&oacute;n, por lo tanto cuentan con los mismos derechos de los hijos nacidos con libreta. El AVP no aborda esta cuesti&oacute;n.<\/p>\n<p>S&iacute; hay precisiones legales con los derechos hereditarios. Los\/as viudos\/as o sobrevivientes del AVP ser&iacute;an herederos del miembro de la pareja fallecido, si &eacute;ste no ha dejado testamento. Esto no ocurre, por ejemplo, en una pareja de pololos o amigos, pues <i>&ldquo;la ley no considera esa relaci&oacute;n como suficiente para otorgar protecci&oacute;n ante el silencio de quien fallece&rdquo;,<\/i> precisa el texto. En resumen, el AVP produce efectos propios de un estado civil de pareja, pese a que no quiere establecerlo expresamente.<\/p>\n<p>Por esta raz&oacute;n, <i>&ldquo;es un fraude a la opini&oacute;n p&uacute;blica que dos personas contraigan un AVP y sin embargo, sigan siendo solteras&rdquo;,<\/i> argument&oacute; Luis Larra&iacute;n. Explic&oacute; adem&aacute;s que se necesita una legislaci&oacute;n que apoye a las parejas en los efectos patrimoniales, sociales y previsionales de las uniones, beneficios de los cuales no gozan quienes que, por opci&oacute;n propia, han decidido convivir sin celebrar matrimonio.<\/p>\n<p>Agreg&oacute; que es importante aclarar que el AVP, aunque distinto del matrimonio, es una <i>&ldquo;instituci&oacute;n de familia, o sea, no es un contrato civil&rdquo;,<\/i> por lo que lament&oacute; que el proyecto del gobierno vaya en esta direcci&oacute;n. Para el frente amplio de organizaciones, dicha propuesta no cumple con la <i>&ldquo;dignidad b&aacute;sica de lo que es una regulaci&oacute;n familiar&rdquo;,<\/i> se&ntilde;al&oacute; Larra&iacute;n. <i>&ldquo;Las parejas que conviven forman un hogar, pero est&aacute;n desprotegidas por el Estado&rdquo;,<\/i> coment&oacute;.<\/p>\n<p>Fernando Mu&ntilde;oz se&ntilde;ala adem&aacute;s que el Estado chileno ha suscrito una serie de compromisos internacionales que lo obligan a proteger los diversos &oacute;rdenes familiares del punto de vista legal y administrativo, sin hacer distingos en virtud de la orientaci&oacute;n sexual o la identidad de g&eacute;nero de sus miembros.<\/p>\n<p>De acuerdo con las observaciones al proyecto de ley remitidas por las organizaciones sociales, si no se estipula que este nuevo estatuto genere estado civil entre los contratantes, ser&iacute;a posible por ejemplo la celebraci&oacute;n simult&aacute;nea de matrimonios v&aacute;lidos entre el hijo o hija de quien celebra un contrato de AVP y su pareja, lo que atentar&iacute;a contra condiciones m&aacute;s universales del orden familiar.<\/p>\n<p>Mu&ntilde;oz agreg&oacute; que, de crearse este nuevo estado civil, la gente tendr&aacute; mayores libertades de opci&oacute;n y podr&aacute; escoger si se casa, si vive en com&uacute;n, o se queda soltero o se divorcia. Es positivo que exista una mayor diversidad de instrumentos que permitan regular las uniones de las parejas. <i>&ldquo;Creemos que la libertad de las personas es esencial&rdquo;,<\/i> indic&oacute;.<\/p>\n<p>Lo que para las organizaciones de la diversidad sexual es esencial, para los pol&iacute;ticos conservadores es un peligro. El senador del partido de derecha Uni&oacute;n Dem&oacute;crata Independiente (UDI), Hern&aacute;n Larra&iacute;n asegur&oacute; que no se justifica la conformaci&oacute;n de un nuevo estado civil ya que <i>&ldquo;vamos a tener una situaci&oacute;n bastante engorrosa porque parejas de distinto sexo que contraen matrimonio tienen un estado civil, y parejas del mismo sexo que contraen el AVP van a tener otro estado civil en situaciones que estamos hablando de relaciones de la misma naturaleza&rdquo;.<\/i><\/p>\n<p>Para el presidente de Iguales, dicho argumento es una excusa para rechazar el nuevo estado civil, donde la uni&oacute;n se parece demasiado al matrimonio y adem&aacute;s establece claramente que hay otros tipos de familia. El Movimiento de Liberaci&oacute;n Homosexual, Movilh enfatiz&oacute; que el AVP s&oacute;lo ser&iacute;a apropiado si otorga un estado civil y reconoce la condici&oacute;n de familia de los convivientes.<\/p>\n<p>Asimismo, el frente amplio de organizaciones sociales desea modificar los efectos patrimoniales que genera el AVP. En el actual proyecto estos se reducen a la conformaci&oacute;n de una comunidad sobre los bienes muebles no registrales, vale decir, no genera efectos sobre el hogar com&uacute;n ni sobre los bienes de importancia que una pareja pueda llegar a obtener en forma conjunta. <i>&ldquo;Cabe cuestionar cu&aacute;l es la real intenci&oacute;n de dar protecci&oacute;n a estas parejas cuando s&oacute;lo se generaran derechos sobre la tetera y el sof&aacute; que ambas personas adquirieron&rdquo;,<\/i> se pregunta Mu&ntilde;oz.<\/p>\n<p>El proyecto exige que el AVP haya tenido una vigencia m&iacute;nima de un a&ntilde;o para que los miembros de la pareja tengan la calidad de heredera o heredero, lo que establece una clara distinci&oacute;n con el matrimonio, d&oacute;nde tales derechos surgen desde el primer d&iacute;a de celebrada la uni&oacute;n.<\/p>\n<p><b>Matrimonio igualitario &iquest;posible? <\/b><\/p>\n<p>En la actualidad 16 pa&iacute;ses han legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo: Holanda, B&eacute;lgica, Espa&ntilde;a, Canad&aacute;, Sud&aacute;frica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Argentina, Dinamarca, Uruguay, Nueva Zelanda, Francia y Gran Breta&ntilde;a. En Brasil, la justicia determin&oacute; que los registros civiles (denominados <i>cartorios<\/i>) no podr&aacute;n rechazar a parejas gay que deseen contraer nupcias, a pesar de que el Congreso no ha aprobado una ley al respecto. En Estados Unidos y M&eacute;xico sus sistemas federales admiten que algunos estados hayan legalizado los matrimonios entre personas del mismo sexo en su territorio. En tanto, Alemania, Finlandia, Rep&uacute;blica Checa, Suiza e Irlanda reconocen las uniones civiles entre personas del mismo sexo.<\/p>\n<p>En Am&eacute;rica Latina se habla de una suerte de &ldquo;efecto domin&oacute;&rdquo; a partir de la aprobaci&oacute;n del matrimonio igualitario en Argentina. El &eacute;xito de aquel debate parlamentario inspir&oacute; a los movimientos LGBT de la regi&oacute;n a avanzar con las mismas demandas. En 2013, Uruguay legaliz&oacute; el matrimonio entre personas del mismo sexo. Previamente ya hab&iacute;a legalizado la uni&oacute;n civil y la adopci&oacute;n de ni&ntilde;os por parte de parejas homosexuales. En Colombia, la situaci&oacute;n legal de las uniones del mismo sexo es compleja. A trav&eacute;s de la sentencia C-577 de 2011, la Corte Constitucional estipul&oacute; un plazo para que el Congreso legislara sobre el tema. De no hacerlo, reza el fallo, <i>&ldquo;las parejas del mismo sexo podr&aacute;n acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar un v&iacute;nculo contractual que les permita constituir una familia, de acuerdo con los alcances que, para entonces, jur&iacute;dicamente puedan ser atribuidos a ese tipo de uni&oacute;n&rdquo;.<\/i> El plazo venci&oacute; el pasado 20 de junio y el Congreso se neg&oacute; a regular dichas uniones, lo que ha suscitado un caos jur&iacute;dico debido a contradictorias interpretaciones del fallo ante m&uacute;ltiples solicitudes de matrimonio de parejas homosexuales. Recientemente, un juez de un municipio cercano a Bogot&aacute; acept&oacute; casar a una pareja de mujeres.<\/p>\n<p><i>&ldquo;No pas&oacute; nada catastr&oacute;fico como vaticinaron pol&iacute;ticos de derecha despu&eacute;s del matrimonio igualitario en Argentina. Luego se aprob&oacute; la ley de identidad de g&eacute;nero y tampoco pas&oacute; nada. No se cay&oacute; el mundo, no se acabaron los matrimonios ni se destruy&oacute; la familia&rdquo;,<\/i> se&ntilde;al&oacute; Mu&ntilde;oz.<\/p>\n<p>Para el presidente de Iguales, antes de pensar en matrimonio igualitario en Chile, es necesario aprobar un AVP integral que cumpla con ciertos requisitos m&iacute;nimos. Explic&oacute; que en los 16 pa&iacute;ses del mundo en los que existe matrimonio igualitario con anterioridad existi&oacute; la figura de la uni&oacute;n civil. <i>&ldquo;Es muy dif&iacute;cil que Chile sea la excepci&oacute;n y que haya matrimonio igualitario sin uni&oacute;n civil previamente&rdquo;,<\/i> explic&oacute;.<\/p>\n<p>Los integrantes de las organizaciones de la diversidad sexual tambi&eacute;n consideran que los avances legislativos ser&aacute;n modestos en el actual panorama pol&iacute;tico. <i>&ldquo;Sabemos con toda certeza que durante el gobierno actual, de derecha, era francamente imposible avanzar en matrimonio igualitario. Lo que podemos tener en este gobierno es un AVP digno&rdquo;,<\/i> precis&oacute; Larra&iacute;n.<\/p>\n<p>Pero para Mu&ntilde;oz la ley de matrimonio igualitario significar&iacute;a el reconocimiento de derechos mediante una suerte de normalizaci&oacute;n de la diversidad sexual. <i>&ldquo;Nosotros estar&iacute;amos a favor de abolir el matrimonio, por todas las cargas tradicionalistas y conservadoras que tiene&rdquo;,<\/i> advierte. Con respecto al AVP, agrega que de este ser aprobado, la desigualdad desde el punto de vista jur&iacute;dico seguir&aacute; existiendo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se estanc\u00f3 en la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n y Justicia del Senado chileno el proyecto de ley de Acuerdo de Vida en Pareja. 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