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Aborto: ecos y reacciones

La estruendosa derrota de los sectores antiaborto uruguayos el pasado 23 de junio –que mediante consulta popular buscaron derogar la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo– resonó en toda la región. Activistas e investigadoras/es de varios países celebraron el apoyo de la sociedad a los derechos de las mujeres y confían en su impacto positivo en el debate regional sobre el tema. En los últimos años algunos países latinoamericanos han modificado sus legislaciones para garantizar la interrupción del embarazo en condiciones más seguras –la mayoría de ellos por causales–, sin embargo, los embates conservadores no cesan. Como en otras oportunidades en que la agenda del derecho a la sexualidad y la reproducción ha reportado logros, la reacción no se ha hecho esperar. Sería arriesgado afirmar que toda la región avanza en una misma dirección. En Brasil, Colombia y Perú, por ejemplo, cursan iniciativas legislativas y populares que buscan restringir aún más la autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos.

Un reporte del Guttmacher Institute publicado en febrero del año pasado señalaba que América Latina registra las tasas de aborto inducido más altas del mundo. Según el documento, se estima que 32 de cada 1000 mujeres entre los 15 y 44 años han interrumpido por lo menos un embarazo. En segundo lugar se encuentra África (con una tasa de 29 abortos por 1000 mujeres), Asia (28) y Europa (27). Si bien estos procedimientos cayeron entre 1995 y 2003 de 37 abortos inducidos cada 1000 mujeres a 31, en 2008 la tasa se estabilizó en 32. En el seno de la región, las tendencias varían: América Central, incluyendo México, registra el número de abortos inducidos más bajo, con 29 por cada 1000 mujeres. En orden ascendente le siguen América del Sur (32) y El Caribe (39), incluyendo Cuba, donde el aborto es legal y generalmente seguro. Pero menor número de abortos inducidos no necesariamente significa índices más bajos de mortalidad materna. El Caribe es la subregión con la tasa más baja de abortos inseguros, con 46%, en comparación con América Central y América del Sur, donde los procedimientos lo son en casi el 100% de las veces. Esto constata una vez más la urgencia para que el Estado regule dichas prácticas y no evada sus responsabilidades relegándolas al ámbito de la ilegalidad.

Uruguay: el revés de la demagogia

Someter los derechos humanos a consulta popular ha sido una de las estrategias de quienes buscan de modo oportunista y demagógico mantener jerarquías sociales, so pretexto de hacer valer la "voluntad del pueblo". Apelar a los prejuicios de una sociedad acerca de un grupo de personas para decidir si son merecedoras de iguales derechos sólo puede conducir a la reafirmación legal de un orden desigual. Sin embargo, cuando el designio de sectores que buscan mantener su posición de poder no es compartido por los ciudadanos, el resultado puede ser contraproducente y minar su legitimidad en la sociedad. Es lo que ocurrió en Uruguay.

Para Susana Rostagnol, antropóloga feminista e investigadora de la Universidad de la República, el fracaso del llamado a referéndum constata que Uruguay es un país laico, donde la distinción entre religión y política es clara incluso entre los creyentes. "Esta baja votación demuestra el poco asidero que tienen estos sectores, incluso sobre quienes profesan la fe. Porque si se hace un censo, se observaría que hay un porcentaje de población, superior al que votó, que se considera católica o evangélica. Lo que ocurrió evidencia una separación entre lo que dice la religión y lo que pasa en el Estado. La gente no necesariamente sigue a los líderes religiosos", afirma la investigadora uruguaya.

Rostagnol señala que la despenalización del aborto en el país es resultado de un proceso que se remonta al final de la dictadura y la reinstauración de la democracia en 1985. Desde ese año se presentaron varios proyectos de ley con este objetivo, uno de los cuales fue aprobado por el legislativo, pero vetado por Tabaré Vásquez. "Este resultado no es producto de la casualidad, ni algo que salió de carambola. Desde hace muchos años se venía trabajando en ello", comenta. Y recalca la importancia de reconocer "la densidad que antecede al debate" uruguayo, así como "el efecto acumulativo" de la agencia del movimiento de mujeres.

Causales en peligro

En otros países, los recursos legales interpuestos por organizaciones seculares de filiación religiosa –que han acudido a mecanismos democráticos para instalar su agenda en el ámbito legislativo–, han logrado imponerse. En México, por ejemplo, luego de que en 2007 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal despenalizara el aborto, hubo una oleada de reformas a las constituciones estatales para contrarrestar ese avance. Ya son 16 los estados de la República que han incluido la protección de la vida desde la concepción y el número podría aumentar si es aprobada una propuesta de reforma a la Constitución de Aguascalientes para dotar de personalidad jurídica al producto de la concepción. Las reformas buscan evitar que lo ocurrido en el Distrito Federal se replique a lo largo del país. Para ello promueven la limitación de la autonomía de las mujeres y la profundización de las penas para quienes abortan.

Pero este panorama podría cambiar si se aprueba una reforma a la Constitución Federal propuesta por el Ejecutivo, que le conferiría al Congreso de la República la facultad de promulgar un Código Penal único. La iniciativa pasó con éxito su trámite en la Cámara y el Senado, y ahora debe ser ratificada por los Congresos estatales antes de la promulgación presidencial. Según el portal mexicano CIMAC Noticias, organizaciones feministas han celebrado la idea, ya que abre la oportunidad de despenalizar el aborto en todo el país, por lo que han propuesto que el Pacto por México (acuerdo político nacional suscrito por el presidente de la República y representantes de los partidos PAN, PRI, PRD y el Partido Verde) incluya este tema en su agenda. En entrevista con CIMAC, Alma Beltrán y Puga, coordinadora jurídica del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), ha ponderado la posibilidad de que los partidos políticos se comprometan a sacar adelante la despenalización del aborto como parte de la unificación del Código Penal, por lo que esto significaría para todas las mexicanas. No obstante advierte que también es probable que no se legisle sobre este punto, lo que dejaría intactas las leyes estatales; o que se mantenga la potestad de los estados para regular el tema, lo que tampoco reportaría beneficio alguno. En todo caso, la reforma a la Constitución Federal con seguridad le dará un nuevo aire al debate sobre aborto en el país.

En Colombia, una coalición de organizaciones «pro-vida» y senadores de la República puso en marcha un proceso de consulta popular con el fin de penalizar el aborto sin excepciones. Hasta el momento recolectaron un número de firmas superior al 5 por mil del censo electoral, que les permitió crear un comité promotor de referéndum ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, para impulsar una reforma constitucional en una línea similar a las reformas mexicanas. Hace dos semanas, José Dario Salazar, Senador y presidente del Partido Conservador, señaló que el órgano electoral había verificado la validez de las firmas y convocó a los colombianos a recolectar las 1.600.000 requeridas (5% del censo electoral) para que antes de seis meses (plazo estipulado por la ley) el Comité pueda presentar ante el Congreso el proyecto de convocatoria a referéndum. La sentencia de la Corte Constitucional colombiana que despenalizó el aborto por causales (cuando el embarazo representa peligro para la vida o la salud de la mujer, en casos de malformación fetal inviable con la vida o cuando el embarazo es producto de violación) ha tenido que soportar además los ya conocidos ataques de Alejandro Ordóñez Maldonado, Procurador General de la Nación.

Ordoñez ha criticado abiertamente la cátedra nacional de educación sexual –a la que denomina "cátedra del aborto"– y ha calificado la anticoncepción oral de emergencia de método abortivo. No es de extrañarse, pues pertenece a la Fraternidad Sacerdotal Pio X, fundada por Marcel François Lefebvre en reacción al Concilio Vaticano II. Entre otros aspectos, la Fraternidad cuestiona la separación entre Iglesia y Estado. El Procurador General también ha divulgado información falsa sobre la despenalización del aborto, señalando que éste no es un derecho reconocido en el país. Esto le valió una sanción del Tribunal Constitucional que lo obligó a rectificar lo dicho por violar los derechos fundamentales de acceso a la salud, libre desarrollo de la personalidad e información sobre salud sexual y reproductiva. Pese a ello, ha seguido usando su posición en el Ministerio Público para limitar los derechos de mujeres y población LGBTI, en contravía de la misión constitucional de dicha institución.

En Perú, el panorama no es más alentador. Un dictamen de la Comisión de Mujer y Familia del Congreso de la República que modifica el Código de Niños, Niñas y Adolescentes puede llevar al país a engrosar, junto a El Salvador, Nicaragua, Honduras, República Dominicana y Chile, la lista de naciones latinoamericanas que prohíben el aborto sin excepción. Las modificaciones de la Comisión estipulan que el "concebido" goce de los mismos derechos que un niño o adolescente y que en caso de conflicto con otros derechos, como los de las mujeres, prevalezcan los primeros.

Rossina Guerrero, directora del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – PROMSEX, manifestó en un comunicado de prensa de esa organización su preocupación por el uso irregular del citado Código con el fin de penalizar el aborto sin abordar el tema de forma explícita. De ser aprobada esta modificación, se echaría abajo la permisión del aborto terapéutico, contemplada por el Código Penal peruano desde 1924. La medida, afirma Guerrero, implica "condenar a las mujeres a la muerte si es que su vida y salud están en riesgo, acercándonos a países donde la penalización del aborto es absoluta". Por ello exigió que si se quiere penalizar el aborto, sea discutido el tema de forma abierta, sin acudir a subterfugios legales.

En su página PROMSEX señala que entre las modificaciones al Código se suspendió también la obligación del Estado de brindar información sobre sexualidad a las y los adolescentes. "Ello significa algo sumamente grave, pues en nuestro país, los adolescentes sufren de una serie de eventos adversos producto de una sexualidad, sin información y sin servicios integrales", afirmó Guerrero, quien recordó que las tasas de embarazo adolescente en el país alcanzan el 13.2%, y 29% de las muertes maternas se deben a complicaciones derivadas de abortos clandestinos.

En Brasil, una iniciativa legislativa pretende reconocer la personalidad civil de los ciudadanos desde la concepción, exigir a violadores el pago de pensión alimenticia al producto del acto no consentido y castigar la apología al aborto, así como el uso de imágenes o expresiones "injuriosas" respecto del no nacido. La versión original del proyecto, conocido como Estatuto del Nascituro, prohibía el aborto bajo cualquier circunstancia y lo consideraba crimen atroz. Si bien este aspecto fue modificado, el proyecto ha sido criticado por organizaciones feministas y por la ONU, ya que contribuiría a reducir aún más las libertades de las mujeres brasileñas y reforzaría la aceptación social de la violación. El proyecto de ley ya fue aprobado por la Comisión de Finanzas y Tributación de la Cámara de Diputados y será juzgado por la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía. Luego de esto, restaría su votación en plenaria.

De acuerdo con una investigación realizada en 2010, más de un quinto de las mujeres brasileñas entre los 18 y 40 años ha interrumpido por lo menos un embarazo de forma ilegal, lo que equivale a 4 millones de mujeres. El Ministerio de Salud registró para ese año la realización de 1.684 abortos legales, es decir, aquellos realizados en caso de violación, cuando el embarazo representa riesgo para la vida de la madre o cuando el feto es anencéfalo. Pese a que las dos primeras fueron reconocidas por ley hace más de 70 años, éstas empezaron a ser aplicadas recientemente debido al desconocimiento de este derecho por parte de la población, la falta de preparación de los profesionales de la red de salud –que con frecuencia cuestionan a las mujeres que solicitan el procedimiento o las disuaden de hacerlo–, así como a la exigencia de documentos que no están contemplados por la ley. La permisión en casos de anencefalia, si bien fue autorizada en casos puntuales por algunos jueces a finales de la década de 1980, sólo en abril de 2012 fue incluida oficialmente, gracias a un fallo del Supremo Tribunal Federal.

En Argentina, la interrupción legal del embarazo en casos de violación estuvo en vilo durante años debido a interpretaciones alternativas del artículo 86 del Código Penal que regula el tema. Una planteaba que sólo mujeres "idiotas" o "dementes" podían interrumpir el embarazo en casos de violación –este es el también llamado "aborto eugenésico". La otra abogaba por una interpretación más amplia que extendía el causal a todas las mujeres. Finalmente, la Corte Suprema de Justicia resolvió, en marzo de 2012, que cualquier mujer víctima de violación podía interrumpir el embarazo resultante sin necesidad de una autorización judicial. Pese a ello, el debate no concluyó allí, por cuenta de medidas provinciales que desconocieron la promulgación del protocolo de procedimientos para la atención de abortos no punibles por parte del Ministerio de Salud. En Córdoba, un grupo pro-vida interpuso una acción para suspender el protocolo, argumentando que los requisitos contemplados eran insuficientes y avasallaban los derechos del feto. La acción fue amparada por la justicia provincial. En una línea similar, La Pampa, Salta, Mendoza y la Ciudad de Buenos Aires acudieron a distintos mecanismos legales para negarse a acatar el fallo de la Corte.

En la Ciudad de Buenos Aires la legislatura sancionó, en septiembre de 2012, una norma para regular la aplicación de los abortos no punibles, pero ésta fue vetada por Mauricio Macri, Jefe de Gobierno de la ciudad, argumentando que contenía "prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación". Entre las prescripciones a las que alude se encuentran la mención a que el aborto no es punible en "casos de peligro para la salud integral" y la validación del consentimiento para interrumpir el embarazo en menores de edad y desde los 14 años, sin requerir para ello de representantes legales. El veto finalmente fue levantado en julio de este año por un juez que lo declaró inconstitucional y restableció la norma sancionada, que garantiza el derecho al aborto no punible en hospitales públicos y privados a mujeres cuyo embarazo amenace su salud o que sea producto de una violación.

 

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