Los cónyuges que desean terminar su vínculo matrimonial pueden acogerse a esta forma de separación presentándose ante el/la alcalde/sa o notario/a, que luego de un proceso de verificación y de ratificación de voluntades emitirá una resolución de alcaldía o acta notarial. Solo se requerirá de sentencia judicial o acta de conciliación en caso que hayan hijas/os menores de edad o mayores con incapacidad. Y en caso de bienes matrimoniales se deberá tramitar una escritura pública donde debe constar cómo se hará el reparto de los mismos