En un fallo histórico de tutela, un juez colombiano le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) conceder en el término de 48 horas la adopción de una menor de edad a una pareja de lesbianas. El ente estatal se la había negado aduciendo que las parejas del mismo sexo no son consideradas como familia por la Constitución.
Aunque reina el explicable regocijo en la población LGBT, todavía no está dicha la última palabra y éste es un caso de especiales características que podría no ser aplicable a otras parejas de homosexuales, pero se constituye en un valioso precedente.