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VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL CÓDIGO PENAL

El 9 de febrero, la diputada cordobesa Cecilia Merchán, del partido político Libres del Sur, presentó un proyecto de ley que busca incluir la categoría ‘violencia de género’ como agravante en los casos de asesinato de mujeres. El proyecto también apunta a visibilizar el femicidio e instar al Estado para que produzca información sobre las dimensiones y características de esta problemática.

En la actualidad, Argentina no cuenta con información oficial sobre violencia contra las mujeres. A diferencia de otros países que han realizado estudios para medir el impacto de la violencia de género en la población, identificando características y contextos de ocurrencia, los entes argentinos que tendrían a cargo esta tarea (Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina – INDEC, Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y Consejo Nacional de las Mujeres) no han registrado este fenómeno.

La escasa información disponible ha sido producida por organizaciones civiles como La Casa del Encuentro, que desde el año 2008 lleva un registro del número de asesinatos de mujeres en la Argentina. A través del Observatorio de Femicidios Adriana Marisel Zambrano –cuyo nombre recuerda a la mujer de la provincia de San Salvador de Jujuy que en julio de 2008 fue asesinada a golpes por su ex compañero-, esta organización ha abordado aspectos como la incidencia de los crímenes en cada una de las provincias del país, los vínculos existentes entre el agresor y la víctima, sus rangos de edad, entre otros. Para ello, ha realizado una minuciosa revisión de diarios locales y nacionales en busca de femicidios reportados por la prensa. Entre sus hallazgos destaca que en 2010, año en que se registraron 260 femicidios, hubo un incremento de 12,5% de casos respecto al año anterior. También que en el 64% de los casos, los compañeros sentimentales de las víctimas fueron señalados como sospechosos o culpables de los crímenes.

En 27 de los casos reportados, las mujeres habían denunciado a sus agresores, y en otros seis casos, sobre el victimario pesaba una restricción judicial para acercarse a quien luego se convirtió en su víctima. Esto revela que si bien el Estado cuenta con herramientas para proteger la vida de las mujeres, estas no han sido suficientes o su aplicación no ha sido efectiva.

Con el objetivo de hacer más efectivas las sanciones por violencia de género en el ámbito penal, organizaciones feministas, entre ellas La Casa del Encuentro y Las Juanas, lideraron la elaboración del citado proyecto de ley. En entrevista con el CLAM, la diputada Cecilia Merchán habla sobre el mismo y su articulación con la legislación vigente. Aborda también las dificultades que ha enfrentado la ley de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

¿Cuáles son las principales medidas que aporta el proyecto en materia de violencia de género?

Este proyecto está pensado como acompañamiento a la Ley Federal 26.485 para erradicar, proteger y prevenir la violencia hacia la mujer. Esta norma contiene una batería de medidas para abordar este tipo de violencia, que tiene como punto máximo el femicidio. A través de este proyecto buscamos introducir la categoría de violencia de género en el Código Penal para considerarla como un agravante.

El proyecto se inscribe en una estrategia política que pretende visibilizar el femicidio y obtener estadísticas oficiales, ya que en el momento sólo disponemos de los datos recogidos por La Casa del Encuentro. Con la inclusión de esta categoría esperamos evitar que figuras como “emoción violenta”, que aparecen en el Código Penal, sirvan como atenuantes del homicidio, ya que, por el contrario, deberían ser agravantes. En este momento el vínculo afectivo es considerado el mayor agravante, sin embargo, éste no contempla las relaciones circunstanciales o las relaciones disueltas, ex parejas, lo que excluye de la categoría ‘femicidio’ casos paradigmáticos como el asesinato de Natalia Gaitán por parte del padre de su novia.

Algunas críticas han cuestionado que el proyecto no estipule cuáles casos deben ser considerados violencia de género. Sin embargo, basta atenerse a la Ley de protección integral de las mujeres para saber si el caso puede o no ser calificado de esta manera.

¿Cómo ha avanzado la aplicación de esa ley?

Muy mal, porque, en primer lugar, tardó más de un año en ser reglamentada, y en segundo lugar, el presupuesto destinado al Consejo Nacional de la Mujer para el año 2010 fue tan sólo de 8 millones de pesos. Con estos recursos deben cubrirse todos los gastos correspondientes a sus funciones, incluyendo la aplicación de la ley. En estas condiciones no puede sacarse adelante una ley que prevé abordar de manera integral este tema a través de campañas de sensibilización de la población, formación a funcionarios públicos que brinden atención y asistencia a víctimas, entre otras acciones.

¿De las acciones que menciona, cuáles se han llevado a cabo?

Hay acciones interesantes, entre ellas, la oficina de Violencia Doméstica que depende de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, ésta sólo funciona en la ciudad de Buenos Aires, en el resto del territorio nacional no existen otras similares debido a que no hay presupuesto para cubrir su implementación. Esto hace que el Consejo de la Mujer no funcione plenamente, pues el trabajo que realiza es muy acotado teniendo en cuenta la complejidad de la situación del país. Esto podría cambiar rápidamente si hubiera decisión política, pues la ley ofrece herramientas importantes.

¿Quiénes participaron en la elaboración del proyecto?

Lo elaboramos entre distintas organizaciones de mujeres como La Casa del Encuentro, la agrupación Las Juanas, de la que formo parte, y abogadas penalistas. Nuestra intención no es incorporar la figura del femicidio como delito en el Código Penal, porque para ello se requeriría crear un nuevo articulado, sino incluir la violencia de género entre los agravantes del homicidio. De todos modos, creo que hay un consenso en la agenda del movimiento de mujeres al respecto. Ha habido algunas discusiones, sobre todo respecto al tema de la penalidad. Nosotras estamos de acuerdo en que no es necesario agregar más penas en el Código Penal sino incluir la violencia de género como agravante.

¿Para la elaboración del proyecto se basaron en la legislación internacional?

Estudiamos las leyes de cuatro países latinoamericanos, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y Chile, pero decidimos no utilizar ninguna de ellas ya que, por ejemplo, en la de Costa Rica la figura del femicidio sólo hace referencia a las muertes ocasionadas por el marido y en Chile sólo se extiende al marido, el ex cónyuge o el ex conviviente. Este vínculo ya está contemplado en nuestra legislación y lo que nos interesa es justamente ampliarlo a otras relaciones.

¿En su opinión, qué otras medidas y políticas públicas deben acompañar esta penalización para evitar más muertes?

Todo lo que contempla la Ley 26.485 que interpreta la violencia de modo integral, de la misma forma como la pensamos desde el movimiento de mujeres. Esta ley va más allá de la violencia física e incluye la psicológica, la sexual y la económica, además del fuero doméstico. La ley amplía la esfera de ocurrencia de la violencia y contempla los ámbitos laborales, institucionales y los medios de comunicación. La única manera que tenemos de prevenir esta situación es modificar el vínculo de poder que se establece entre hombres y mujeres en nuestra sociedad. Si no hacemos nada ante las barbaridades que aparecen en televisión, por ejemplo respecto del cuerpo de la mujer, va a ser muy difícil transformar esta situación. Debemos erradicar los discursos que circulan en los medios que refuerzan estas relaciones de poder. Por ejemplo, tenés a la Mole-Moli [ex boxeador que participa de un programa de concurso de baile] diciendo que él siempre le pegó a su mujer y ella nunca lo denunció, secundado por un séquito de reconocidos conductores de televisión que lo apañan y felicitan a la mujer por no delatarlo.

Para no llegar al extremo del femicidio, es necesario comenzar a concientizar a la sociedad sobre la necesidad de modificar este vínculo entre hombres y mujeres. Pero para esto hace falta una gran decisión política por parte del Estado y un compromiso en todos los estamentos sociales. La legislación es muy buena, pero hace falta que la justicia la cumpla. Por ejemplo, en la mayoría de los 260 femicidios del año pasado las mujeres habían hecho la respectiva denuncia pero la justicia no actuó según lo previsto por la ley, que estipula la exclusión del sujeto agresor del ámbito de la mujer o su arresto. Existen muchas herramientas e instrumentos que no se utilizan, por eso se llega al asesinato.

Si bien el concepto de femicidio que manejamos en este proyecto es el de muerte agravada por la violencia de género, consideramos también como femicidio la cantidad de mujeres que mueren por abortos mal practicados en Argentina. No mueren 260 hombres asesinados por sus parejas o ex parejas, ni mueren 140 hombres por aborto clandestino en la Argentina.

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