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Justicia esquiva

Al finalizar 2009, la Fiscalía Superior de Derechos Humanos del Perú archivó de manera definitiva el caso de esterilización forzada perpetrada contra más de dos mil mujeres durante el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori (1990-2000). El organismo judicial consideró que se trataba de hechos aislados de negligencia médica y no de un delito de lesa humanidad.

Rossy Salazar, abogada del Área Legal del Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS), rebatió ese pronunciamiento argumentando que el hecho configura una grave violación de los derechos humanos y, en consecuencia, es de naturaleza imprescriptible, por lo que sus autores pueden ser procesados en cualquier momento.

“No puede verse como una simple negligencia que más de dos mil mujeres en diferentes lugares del país fueran esterilizadas sin el debido consentimiento informado, durante un mismo periodo de tiempo. Definitivamente hubo detrás de ello una política de Estado que amparaba este procedimiento”, declaró la especialista, para afirmar luego que los hechos expuestos en la causa judicial revelan la existencia de una práctica sistemática y generalizada, condiciones que permiten que sean investigados y sancionados en la actualidad.

Salazar se refirió también al carácter discriminatorio de la decisión del Ministerio Público, al no conceder la debida importancia a la violación de derechos de miles de mujeres peruanas que, además, pertenecían a los estratos más excluidos del país.“Se trataba de mujeres en pobreza extrema, y en gran parte de los casos, analfabetas y hablantes del quechua. ¿Cómo se puede aseverar que estuvieron adecuadamente informadas y que accedieron voluntariamente a practicarse la operación cuando había tal asimetría entre ellas y el personal de salud que las presionaba para que coloquen su huella digital en un documento que ni siquiera entendían?”, cuestionó la abogada.

Libertad de decidir avasallada

La esterilización forzada de mujeres se produjo en el marco del Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar entre 1996 y 2000, vigente durante el gobierno de Fujimori, hoy encarcelado por otras violaciones a los derechos humanos.

Investigaciones de organizaciones no gubernamentales y de la Defensoría del Pueblo peruana pudieron establecer que el mencionado programa impuso a los operadores de salud metas numéricas para la realización de operaciones de ligadura de trompas, lo que impulsó a muchos de estos trabajadores a presionar – y en muchos casos, a engañar – a mujeres de lejanos caseríos rurales para conseguir que aceptaran someterse a dicha intervención quirúrgica.

El caso de la campesina Mamérita Mestanza Chávez –quien murió en 1998 a causa de mala práctica en la cirugía y en los cuidados post-operatorios – es revelador de esta forma de proceder. Fue amenazada con pena de cárcel si no accedía a operarse, en vista de que tenía ya cinco hijos. La Defensoría del Pueblo ha reportado que el documento de consentimiento firmado por la víctima acusa serias irregularidades que afectan su validez.

Al no encontrar una solución satisfactoria en los estrados judiciales peruanos, los parientes de Mestanza acudieron en el 2000 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En 2003 la CIDH llegó a un acuerdo con el Estado peruano, que se comprometió a reparar económicamente a la familia de Mestanza y a investigar y sancionar a los responsables de la política pública en cuestión.

Con estos antecedentes, diversos especialistas consideran incoherente la decisión de la Fiscalía Superior de Derechos Humanos de archivar el proceso judicial contra cuatro ex ministros de salud y otros altos funcionarios del sector, con el argumento de que los hechos denunciados no configurarían un caso de lesa humanidad y por tanto estarían sujetos a prescripción legal.

Rossy Salazar alertó que, con esta actitud del Ministerio Público, el Estado peruano está incumpliendo el compromiso contraído con la CIDH, al tiempo que anunció que un equipo legal de DEMUS y de otras organizaciones de derechos humanos prepara una denuncia en el ámbito internacional, puesto que internamente “se han cerrado las puertas del acceso a la justicia. Es un camino largo, pero estamos dispuestos a emprenderlo de todas maneras, para evitar que estos hechos sigan sucediendo en nuestro país y prevalezca una cultura de impunidad frente a las violaciones de los derechos de las personas”, concluyó la abogada.

La esterilización forzada es considerada delito de lesa humanidad por el Estatuto de la Corte Penal Internacional, ratificado por el Perú en 2001. Actualmente existe una iniciativa legislativa para tipificar dicho delito en el Código Penal peruano, en el marco de la adecuación de las normas internas al mencionado instrumento supranacional.

Al margen de ello, los hechos denunciados en la causa por esterilización forzada enviada a archivo constituyen graves violaciones al derecho internacional y a los derechos humanos, por lo que es pertinente reivindicar su imprescriptibilidad y la continuidad del juzgamiento a fin de determinar responsables y aplicar las sanciones que correspondan.

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