La expresión femicidio fue acuñada en los años 70 por la socióloga, feminista y escritora Diana Russell para hablar del “asesinato misógino de mujeres cometido por hombres”. El término ha cobrado más circulación, sin embargo, a partir de la muerte sin explicación de más de 500 mujeres en Ciudad de Juárez, México. Al declinar con respecto a la forma ‘neutra’ homicidio, el neologismo pone en foco la violencia letal contra mujeres y cómo la misma es sesgada por la diferencia de género. Ciudad Juárez se ha convertido en emblema de estas manifestaciones extremas de la violencia contra las mujeres, que es una constante en toda América Latina y el Caribe.
Por regla general estos crímenes permanecen impunes, ante la falta de instrumentos jurídicos, de políticas de seguridad que den respuesta a sus características estructurales. Esta forma de violencia letal está ausente no sólo en los códigos, sino que la falta de sensibilización y competencia por parte agentes judiciales y policiales la torna invisble en la práctica procesal. Con el objeto de erradicar la impunidad, en diferentes países desde 2007 se han gestado reformas jurídicas que tipifican al femicidio o feminicidio. No obstante, muchos Estados no lo definen específicamente en sus códigos penales. Este proceso de reforma se ha realizado mediante dos modalidades: países como El Salvador, Guatemala, Colombia, Nicaragua, Panamá y Bolivia han incluido la tipificación en leyes especiales de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres; Costa Rica, Chile, Perú, Argentina, Honduras y México, por su parte, han reformado normas penales existentes.
Como una forma de apoyar a estos países en la implementación de marcos procesales para la puesta en práctica de esas leyes, después de más de dos años de trabajo, consultas y validaciones, será publicado el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género (femicido/feminicidio). Los impulsores y responsables del documento son el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres) en el marco de la Campaña del Secretario General de las Naciones Unidas “Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres” que culmina en 2015.
Para ellos, femicidio/feminicidio se refiere generalmente a la “muerte violenta de mujeres, por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”. Es esta la definición establecida en la Declaración sobre el Femicidio del Comité de Expertas y Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
La peruana Carmen Rosa Villa, Representante Regional para América Central del ACNUDH, explica que el “protocolo es un instrumento técnico y práctico destinado a ofrecer a los sistemas judiciales de América Latina directrices para la investigación penal eficaz de las muertes violentas de mujeres por razones de género, en conformidad con las obligaciones internacionales suscritas por los Estados”. La idea de crear este Protocolo, recuerda la experta, comenzó hace dos años en El Salvador, país donde se registra la tasa de homicidios de mujeres más alta del mundo. Allí se realizó una compilación de recomendaciones sobre violencia de género. Durante ese trabajo, el Comité CEDAW, el Comité contra la Tortura, el Comité de los Derechos del Niño evidenciaron “un patrón” de los relatores sobre violencia que aludía a “la falta de respuesta de la administración de justicia a los casos de violencia de género y su expresión más extrema: el feminicidio”, llamando la atención sobre las deficiencias y dificultades que subsisten en la investigación de muertes violentas de mujeres. En México, ONU mujeres desarrollaba un protocolo para el femicidio y el documento se adaptó para que lo aplicara el Ministerio Público de El Salvador, y hoy es una política fiscal de ese país.
El protocolo de México, junto con otros 17 protocolos de investigación, sirvió como antecedente para un borrador de Modelo de Protocolo que además incluyó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém Do Pará de 1994, y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Entre ellas destacan el caso de María da Penha (Brasil) y la sentencia sobre Campo Algodonero (México). En ambas se enfatiza que “la investigación judicial es especialmente relevante por el contexto de violencia en que viven las mujeres, y que el deber de debida diligencia es influenciado por actitudes discriminatorias por razones de género”.
El caso de la mujer brasileña Maria da Penha Fernandes es un ejemplo emblemático. En mayo de 1983, su esposo le disparó con un revólver mientras dormía. Maria no murió, pero quedó parapléjica. Dos semanas después de salir del hospital, su marido intentó electrocutarla. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos acogió la denuncia contra el Estado Brasileño por no tomar medidas efectivas para prevenir y sancionar la violencia y por el “patrón de impunidad que reflejaba la respuesta del Poder Judicial frente a este tipo de agresiones”. La Corte estableció la existencia de un patrón general de tolerancia estatal e ineficacia judicial y aplicó, por primera vez desde su entrada en vigor, la Convención de Belém do Pará.
Aline Yamamoto, de la Secretaría de Políticas de la Mujer de la presidencia de Brasil, recuerda que este caso llevó a la promulgación, en el año 2006, de la Ley 11.340, conocida como Ley Maria da Penha. La misma establece sanciones penales por actos de violencia doméstica y familiar, e iniciativas de prevención. Sin embargo, no hay una ley específica que sancione el femicidio, pese a las 5.000 muertes referidas a ese motivo cada año. Yamamoto explica que, aunque es una cifra elocuente que representa un 10% del total, queda “escondida” entre los 50.000 homicidios notificados en Brasil. Comenta que el debate sobre feminicidio es reciente. El problema, afirma la profesional, se produce cuando en estos casos de muerte la aplicación de justicia es llevada por tribunales distintos a los que fueron creados por la ley de Maria da Penha. “Tanto la fiscalía como la defensa se preocupan más de investigar la vida afectiva de las personas involucradas que comprender la violencia de género en un contexto cultural machista y sexista”, observa. Explica que muchos jueces no saben lo que es género, usan varios estereotipos y culpabilizan a las mujeres por su vestimenta o su conducta. En ese contexto, el Modelo de Protocolo será vital, precisa.
En América Latina existen datos sobre muertes violentas de mujeres por razones de género, pero la comparación de las cifras entre los países es muy compleja puesto que el concepto de femicidio o feminicidio varía de un país al otro y describe realidades distintas. En algunos países sólo se considera cuando la muerte violenta de las mujeres ocurre en una relación de pareja; en otros países, la definición abarca también muertes ocurridas en otros contextos. En términos generales, según un informe del Observatorio de Igualdad y Género de América Latina y el Caribe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en 2011 se registraron 1.139 homicidios de mujeres por el hecho de ser mujeres en ocho países de la región. En 29.4% de los casos, la muerte fue ocasionada por novios, ex novios, esposos, ex esposos, convivientes o ex convivientes, es decir, personas que mantenían una relación de pareja a las víctimas. El informe de 2012 por la organización Small Arms Survey reveló que más de la mitad de los 25 países con mayor incidencia de casos de femicidio están en la región de América Latina y el Caribe.
LA PERSPECTIVA DE GÉNERO E INSEGURIDAD CIUDADANA
En la investigación fueron identificadas deficiencias inexcusables, según relata la Representante Regional para América Central del ACNUDH: protocolos de necropsia deficientes, cadenas de custodia violadas, negligencias e irregularidades en la recolección y práctica de pruebas y en la identificación de las víctimas y responsables. Sumados a los “estereotipos de quienes administran la justicia”, revela, en lugar de esclarecer los hechos, los procedimientos terminan por trasladar la carga de la prueba a la víctima. “Es como si fuera la víctima la que provoca el hecho y que finalmente todo es consecuencia de su mala actuación”, recalca Villa.
Además de la persistencia de prejuicios y estereotipos en la práctica de los operadores judiciales, la elaboración del Modelo de Protocolo atendió a evidencias de demora en el inicio en las investigaciones; lentitud de las mismas o la inactividad de los expedientes; gestión de las investigaciones por parte de autoridades sin imparcialidad ni competencia en el tema; escasa credibilidad conferida a las aseveraciones de las víctimas y sus familiares; trato inadecuado de las víctimas y de sus familiares cuando procuran colaborar en la investigación de los hechos; pérdida de información; así como una insuficiente participación de los representantes de las víctimas en el proceso.
Para diversos investigadores, en América Latina y el Caribe existe una brecha muy grande entre lo que es la institucionalidad, la legalidad y la transferencia cultural. En este contexto, indica Villa, el Modelo de Protocolo es una herramienta útil para que el investigador comprenda el fenómeno social del femicidio y garantice una sanción. Cuando eso se logra, se genera el proceso de transformación cultural. En resumen, el Modelo de Protocolo no será para determinar “única y exclusivamente un protocolo de medicina forense, o cómo deben actuar los médicos, la policía y los jueces, sino que será un elemento sustancial que incluirá la perspectiva de género a todos los que participen en las etapas de la investigación”, sentenció la representante del ACNUDH.
Soraya Hoyos, encargada interina de la campaña Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres, explica que esta herramienta será útil para quienes están encargados de hacer la investigación de muertes violentas, ya que el texto implica la comprensión del femicidio como “una consecuencia de la discriminación y la desigualdad que aún existe entre hombre y mujer”, en que hubo un debate social y cultural sobre cuál es la sociedad que se quiere construir en el siglo XXI, etapa en la que “las mujeres estamos mucho más presentes en la vida pública”, afirmó.
En representación de la Convención de Belém Do Pará, Patricia Mejía reflexiona respecto del aporte del Modelo de Protocolo. A su juicio, el documento ayudará a cambiar la “dinámica de entendimiento” de los profesionales que ejercen justicia. Explica que cuando el Modelo de Protocolo diga “muerte violenta de mujer por el hecho de ser mujer”, habrá una compresión mayor respecto del “componente que odio” que tiene un crimen de esta naturaleza, que está inserto en un “sistema de valores desigual y patriarcal”.
Cuando un hecho de esta naturaleza no se investiga, indican las y los especialistas, se transmite a la sociedad que estas conductas son permitidas y toleradas. El Modelo de Protocolo apuesta por la realización de investigaciones eficientes, contar con resultados tangibles e imponer sanciones y reparar a las víctimas. “Queremos que se pueda instalar un mecanismo para no estimular e incentivar la repetición de estos actos y generar lo que en derecho penal se llama prevención general”, afirma Villa. La experta enfatiza que el mensaje es claro: estas conductas no son toleradas porque la justicia interviene a tiempo y logra sentencias efectivas para los victimarios.
Así como frente al terrorismo, el lavado de dinero y el narcotráfico, se crearon estructuras especializadas para abordar esos graves delitos, este Modelo de Protocolo desea ser un aporte para la creación de una institucionalidad en la Región, un sistema de leyes, políticas públicas de control y protección de los derechos de las mujeres. “Estos hechos están contribuyendo a la inseguridad ciudadana de una manera muy fuerte”, aclara Villa. Afirma que esta crisis en la sociedad no se refleja sólo con el ladrón, o los delitos económicos o patrimoniales, o con el lavado de activos, sino que “también implica el crimen que atenta contra el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres”, aseveró la representante de ACNUDH.
Entre las recomendaciones que se pueden hacer a los Estados en materia de prevención, investigación, enjuiciamiento, sanción y reparación de las muertes violentas de mujeres por razones de género, aparece la “identificación de las conductas de quienes causaron la muerte”, “verificar la presencia o ausencia de los motivos de género”, establecer el “grado de responsabilidad de los sujetos activos del delito” y “promover la participación de las víctimas indirectas o sus familiares”. En concreto se pretende incorporar marcos normativos integrales para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, tipificación de la muerte violenta de mujeres por razones de género, asignación de recursos humanos técnicos y financieros, acceso a los servicios de las mujeres sobrevivientes y sus familiares e intervención preventiva. También se incluye la capacitación y formación de funcionarios y funcionarias públicos, la coordinación interinstitucional, el monitoreo constante de las políticas de prevención y sanción, y un sistemas de información y planificación de las políticas públicas.
Además, el Modelo de Protocolo está concebido como una herramienta amplia para que también desde el derecho nacional se pueda tener un derecho comparado, con las legislaciones que sobre la materia tienen otros países. Por eso es un documento “flexible” y adaptable al contexto nacional con sujeción a las instituciones, leyes y cultura de cada país. En esta lógica, el texto incluye procedimientos para el “diseño de la investigación”, la actuación forense, “la construcción del caso”, el establecimiento de derechos para las víctimas directas e indirectas y “recomendaciones para la apropiación del protocolo”.
CAMPAÑA/ESTRATEGIA COMUNICACIONAL
El Manual de Protocolo es uno de los resultados más importantes de la campaña Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres, afirma Soraya Hoyos, encargada interina de la Campaña, que lo califica como una herramienta real y una posibilidad concreta de traducir los compromisos de los Estados para proteger los derechos de las mujeres frente a la violencia, y llevar esa protección a la práctica, a la vida real de las personas. Parta sus gestores, se trata de una estrategia para la eliminación de violencia contra las mujeres, que pretende movilizar una variedad de sectores involucrados con el tema en su día a día. “Se ha logrado sembrar la idea que la violencia de género no es una cuestión de las mujeres, es una cuestión de hombres y mujeres, es una cuestión de la sociedad y el Estado”, afirma.
Se ha trabajado con libretistas y directores de telenovelas, comenta la profesional, para comenzar a “discutir culturalmente” cuál es la idea de mujer y hombre que se vende y transmite a través de los medios de comunicación y de los productos de altos consumos culturales como son las teleseries. “Una cosa es trabajar con el poder judicial y la fiscalía, y la otra es conquistar espacios nuevos”, precisa la encargada de la Campaña. En esa misma lógica, en Argentina están trabajando con una red de salones de belleza y peluquería, y junto al programa de televisión MTV de Latinoamérica ha desarrollado una iniciativa dirigida a los jóvenes de manera específica que se llama “El valiente no es violento”, que tiene como pretensión cuestionar esa masculinidad que está asociada con la violencia.
La revisión del borrador del Manual de Protocolo incluyó varios tipos de operadores jurpidicos, funcionarios públicos de fiscalías, así como representantes de organizaciones de derechos humanos y grupos activos en la defensa de los derechos de las mujeres. Según Soraya Hoyos, el proceso debe ser colectivo, como “una onda expansiva que realmente cambie nuestra mentalidad”, ya que los hombres también se sienten “atrapados” en un patrón de masculinidad que no les permite explorar su individualidad y colectivo de manera real. Hay que “romper los diques”, según afirma Hoyos, para convertir este tema en una preocupación real de todo el mundo y no sólo de entendidos y principales afectados. “Así como se eliminó el racismo como una cuestión que la sociedad aceptaba como normal, pese a que quedan resabios; hay que eliminar esta tolerancia social a la violencia de género, y el Modelo de Protocolo junto con la campaña, han avanzado en esa dirección”, aventuró.
Es un hecho que con el Modelo de Protocolo no se resolverá en su totalidad los problemas de inequidad de género y la violencia contra la mujer, o que los operadores de justicia entreguen respuestas 100% efectivas. Tampoco resolverá esta cuestión la Campaña Únete. A juicio de Villa, se requiere generar mayor conciencia y conocimiento de los derechos que tienen las mujeres; para ello, las ONGs debieran empoderarlas y crearles las condiciones para luchar y denunciar estos hechos. En la otra vereda se requiere la capacitación de policías e instituciones según cada país, y la apuesta está por la inclusión de la empresa privada. “Vincular a la empresa privada para generar incentivos y promover espacios de participación de mujeres que han sufrido violencia, es un deseo pendiente”, concluyó Villa.