Crimen, trabajo o explotación sexual. Han sido tres las posturas que desde el siglo XIX y hasta la actualidad han monopolizado el debate público y las respuestas del Estado ante esta problemática social en países europeos y americanos: la prohibicionista, la reglamentarista y la abolicionista. Cada una despliega una serie de supuestos acerca del cuerpo, la sexualidad y los derechos de las personas que ofrecen servicios sexuales: ya sea como medio para un accionar delictivo; instrumento de trabajo; o punto de anclaje de distintas formas de violencia.
No obstante sean evidentes los matices y ambigüedades entre esas comprensiones, al observar situaciones concretas de ejercicio de la prostitución, la perspectiva del lucro expone al comercio sexual a una serie de abusos que con frecuencia lo constituyen en escenario propicio para delitos tales como el proxenetismo, la prostitución infantil, el tráfico y la trata de personas. Y es esta la conexión que tiende a monopolizar el abordaje de los Estados a la hora de regular el sexo comercial.
Países como España, Francia, Cuba, Inglaterra y Suecia adoptaron la perspectiva abolicionista, y consideran la prostitución como una forma de explotación y puerta de entrada al tráfico y trata de personas. En 1999, Suecia se convirtió en el primer país en criminalizar al consumidor de servicios sexuales, al aplicar la ley Sexköpstag, que penaliza la compra de sexo, pero no la venta. Estados Unidos, donde la prostitución es delito, es ejemplo de la postura prohibicionista.
Uruguay es uno de los pocos países que ha optado por la vía reglamentarista, al reconocer la prostitución como oficio y establecer medidas para su regulación. La Ley 17.515 torna lícito el trabajo sexual cuando sea llevado a cabo en las condiciones estipuladas por la misma. La norma señala que “son trabajadoras sexuales todas las personas mayores de edad que eventualmente ejerzan la prostitución recibiendo a cambio una remuneración de dinero”.
A diferencia de su vecino, Argentina adoptó una postura abolicionista. En 1936 promulgó la ley 12.331 sobre “profilaxis de las enfermedades venéreas” y su “tratamiento sanitario en todo el territorio de la Nación”, que prohíbe “el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución, o se incite a ella” y sanciona a quien explote la prostitución ajena. Si bien desde el retorno a la democracia fueron derogándose progresivamente los edictos policiales y códigos de faltas que abrían la puerta al abuso policial al castigar figuras como la “prostitución escandalosa”, en diversas jurisdicciones los mismos continúan vigentes. Y la perspectiva punitiva se vio reforzada en 2011, cuando el Poder Ejecutivo Nacional expidió el decreto 936 que prohíbe la oferta sexual en medios masivos de comunicación.
En la provincia de Córdoba se aprobó en 2012 la Ley 10.060 o “Ley de Trata”, cuya finalidad sería cercar a las organizaciones que trafican con mujeres para combatir la explotación sexual y la trata de personas en el país. La ley fue impulsada como respuesta al caso de Marita Verón, desaparecida el 3 de abril de 2002 en la provincia de Tucumán. El caso se tornó público a partir de la movilización generada por su madre, Susana Trimarco. La investigación confirmó el vínculo de su muerte con la prostitución forzada y una red de trata de personas. Sin embargo, tras 10 meses de juicio oral y público, a comienzos de 2012 la Sala II de la Cámara Penal de la Provincia de Tucumán, absolvió a los 13 acusados por falta de mérito, en un fallo que generó amplia cobertura periodística y actos de repudio.
La Ley de trata regula penas de entre 1 a 3 años de prisión para los clientes de servicios sexuales de personas víctimas de trata. Quienes promueven la penalización del usuario afirman que “sin clientes no hay trata” y que por lo tanto se los debe hacer responsables para erradicar la explotación sexual.
En esta entrevista, Eugenia Aravena, secretaria general de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina en Acción por Nuestros Derechos – AMMAR, filial Córdoba, se refiere a los alcances de esta ley, analiza la situación en la provincia y explica el proyecto de trabajo sexual autónomo promovido por esa Asociación como alternativa concreta para perseguir a las mafias de trata y proteger a las trabajadoras sexuales independientes.
¿Cuál es la situación de las trabajadoras sexuales en América Latina en materia de derechos, en comparación con otras regiones y con países donde se trata de un trabajo legalmente reconocido, como los Países Bajos, por ejemplo, que legalizaron la prostitución en 1911?
Estados Unidos es un país prohibicionista. Eso significa que la prostitución es un delito. Uruguay es reglamentarista y tiene una ley que reconoce el trabajo sexual. En el resto de los países de América Latina, sus gobiernos dicen tomar la postura abolicionista frente a la temática.
La postura abolicionista no prohíbe ni sanciona a la prostituta, sino que tiende supuestamente a protegerte, pero para nosotras lo que ha logrado ese abolicionismo a nivel regional es similar a lo que nos ha pasado históricamente en Córdoba: la persecución, represión y criminalización por parte de la policía. Además, ha conllevado abusos constantes y un fortalecimiento del proxenetismo en todo el país. También se ha vuelto clandestina una actividad que no es ilegal.
Se tiende a idealizar lo que pasa en países que están al otro lado del mundo. Me parece que cada país y región tienen su cultura e idiosincrasia, y ahí no se puede comparar. Argentina no es Suecia, donde por ejemplo afirman que la ley de penalización al cliente funciona. Contamos con estudios sobre la penalización del cliente que dicen todo lo contrario, y dan cuenta sobre cómo ha hecho más clandestina la actividad y fomentado y fortalecido la trata de personas.
No somos Europa. Somos América Latina y acá la corrupción que existe en complicidad con el poder político, judicial y policial para sostener la explotación y la trata son muy fuertes y graves. Y por ende, también es fuerte la represión y la criminalización hacia nosotras que trabajamos de manera autónoma y libre, sin tener que dejar un porcentaje a nadie.
¿Cómo afecta esa ambigüedad del marco legal la autonomía sobre el cuerpo respecto al ejercicio sexual?
Como trabajadoras sexuales organizadas exponemos el temor de las autoridades a la libertad de los cuerpos y a la libertad del ejercicio sexual autónomo. Por eso existe un Código de Faltas que lo que hace es sancionar la prostitución ‘molesta’ y ‘escandalosa’ en la calle. Pero en realidad es una herramienta de control social que maneja la policía, y quien te aplica la sanción, la pena, es decir los días que vas a estar detenida, es el comisario. Se aplica a los más vulnerables que son los pobres, el negro, la trabajadora sexual, el que limpia vidrios, el que se toma una cerveza en la calle.
Este Código ha permitido que a lo largo de la historia, nosotras fuéramos detenidas arbitrariamente y que la policía haya abusado de su autoridad. Aplicando esta normativa se sostiene el negocio de los lugares cerrados, donde supuestamente te van a brindar protección y vas a estar tranquila. Pero te cuesta el 50% de la ganancia diaria, y ahí está la explotación y el negocio. Además, si faltás tenés que pagar multa. Quienes aplican estos Códigos son cómplices y muchas veces los policías son proxenetas de nuestras compañeras. Pensá que si hay 15 o 20 chicas trabajando, y cada una te deja un 50% de la ganancia, es un negocio redondo que tiene a la policía como socio, partícipe y cómplice.
Creemos que a través de la aplicación de estos Códigos se criminaliza una actividad lícita como es la prostitución, o sea perseguir a las mujeres; y lo que ha provocado de alguna manera es el fortalecimiento y fomento del proxenetismo y la trata de personas, ya que ellos son parte del negocio.
La ‘Ley de trata’ promovida por el oficialismo en Córdoba tiene como finalidad cercar a las organizaciones que trafican con mujeres para combatir la explotación sexual y la trata de personas en el país. Sin embargo, diversas organizaciones sociales entre las que destaca AMMAR han cuestionado la norma ¿Cuáles son sus objeciones?
Hay una Ley Nacional de Trata, la 10.060, que es aplicable a todo el país. Esta ley ya iguala la trata de personas con fines de esclavitud sexual con el trabajo sexual. La ley argentina no establece diferencia alguna entre una trabajadora sexual y una prostituta. Además, por un lado no reconoce la autodeterminación de un sector que se organiza y se defiende como tal, sin la necesidad de ponernos siempre como víctimas de trata. Por otro, promueve el accionar policial a partir de la aplicación del Código de Faltas, principalmente los artículos 45 y 46.
El caso de Marita Verón tuvo mucha repercusión en Argentina como ícono de la lucha contra la trata de personas, y obligó a los gobiernos a impulsar políticas que, para nosotras, son puro marketing. En Argentina hay más de 500 mujeres desaparecidas. El gobierno nacional dice que más de 4 mil víctimas de trata han sido liberadas. Entonces nosotras no entendemos, si se liberaron 4.000, cómo no encontraron alguna de las 500 mujeres que buscaban.
No estamos de acuerdo con estas políticas que se basan en la postura abolicionista pero en realidad son prohibicionistas. Prohíben los anuncios de oferta sexual, prohíben los lugares donde se ejerce el trabajo sexual y ahora quieren penalizar a los clientes. Todo se basa en medidas punitivas, y el país se parece cada vez más a Estados Unidos que a uno con una postura abolicionista.
La provincia de Córdoba tiene otra Ley de Trata provincial, que el 10 de junio cumplirá un año. Agregó un nuevo artículo al Código de Faltas y lo que hace es prohibir todos los lugares donde se ejerce la prostitución, sin importar su forma o modo. Se puede llegar al extremo de que si ejerces la prostitución en tu casa, pueden clausurarla. Desde hace años, por ley están prohibidos los prostíbulos, pero con este nuevo artículo se le entrega a la policía la potestad de clausurar los lugares donde las chicas trabajan por su cuenta, mientras se siguen sosteniendo los lugares ‘arreglados’ [es decir, que cuentan con protección policial a cambio de una coima], donde los dueños y dueñas se quedan con un porcentaje de la ganancia.
Además, la ley instaló mediáticamente la idea de que la prostitución en Córdoba está prohibida y eso ha provocado un recrudecimiento de los abusos de la policía para las compañeras en la calle, que somos quienes no les dejamos ganancia en los prostíbulos. La avanzada en la lucha contra la trata es en realidad una lucha contra la prostitución. En Córdoba, hay sólo 3 casos denunciados por trata y las estadísticas hablan de la liberación de 470 víctimas de ella. Me pregunto cómo se libera a las víctimas sin encarcelar y desarticular a los proxenetas y las redes.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de ‘personas en situación de prostitución’ y de ‘trabajadoras/es sexuales’?
Creo que son debates que nos hacen perder el tiempo y desgastarnos en peleas, debilitarnos, dividirnos y, en definitiva, gastar energías entre mujeres que luchamos por los derechos de las mujeres, que es el eje de la discusión.
Antes de la existencia de AMMAR, defendíamos nuestro oficio como un trabajo, sin la conciencia de construir una legislación que nos sacara de la clandestinidad para no ser explotadas. Se habla de ‘mujeres en situación de prostitución’ como algo que puede ser y dejar de ser. Ahora, mientras estás en situación de prostitución, estás ejerciendo una profesión, porque es un medio de vida para sostener tu economía. Si eso no es un trabajo, entonces ¿qué es? No tengo problema en decir que estoy en situación de prostitución, pero reconozco que esa situación es un trabajo. Creo que por ahí este es un debate falso.
Si no te organizas desde tu propia dignidad para defender las condiciones en las que estás ejerciendo la actividad, el resto me parece que es mucha teoría y un debate que en definitiva lo que hace es pegarles a quienes no hay que pegarles. Somos muy castigadas por reconocernos como trabajadoras sexuales. Para nosotras el trabajo sexual es una profesión. Hay distintas profesiones, y hay personas que las harían y otras que no. Lo importante es ver concretamente lo que pasa con miles y miles de mujeres que son trabajadoras sexuales, y cómo logramos que esa situación cambie. Más allá de que puedas o no dejar la profesión.
En Uruguay la Ley 17.515 dicta normas sobre trabajo sexual. ¿Aspiran a lograr una ley parecida?
Sí, creo que por ese camino vamos. Lo más importante de esa ley es que el Estado toma la actitud de proteger a las trabajadoras sexuales y no excluirlas, discriminarlas, perseguirlas y castigarlas. Por cierto, no pretendemos contar con una ley calcada, pero sí es un horizonte.
En Uruguay se reconoce la actividad autónoma de las prostitutas que permita a las compañeras salir del proxenetismo, o sea, que no deba existir alguien que te proteja porque nadie te está persiguiendo. Que te puedas manejar sola, estar tranquila y fundamentalmente, que se pueda frenar el histórico atropello policial sobre nuestros cuerpos.
Lo interesante de esta ley es que también le exige al Estado que busque y brinde oportunidades, a través de planes de capacitación y micro-emprendimiento para las mujeres que desean dejar el trabajo sexual. Acá, en cambio, no tenemos ni una cosa ni la otra; lo único que hay es represión.
¿Qué debería contemplar una ley para que las/os trabajadoras/es sexuales y las personas en situación de prostitución sean incluidas y protegidas por ella?
A nivel nacional, estamos impulsando el proyecto de ley por el trabajo sexual autónomo para lograr un marco de derechos. Lograr que se trate esta ley en el Congreso de la Nación no implica promover la prostitución, sino brindar garantías y derechos a quienes estamos trabajando. Es fundamental que el Estado te reconozca como una persona que trabaja. Pedimos ese cambio vital. Necesitamos salir de la clandestinidad. También necesitamos la derogación de los Códigos de Faltas, es decir, que el trabajo sexual deje de ser visto como una actividad ilegal.
Uruguay cuenta con un organismo de protección a las trabajadoras sexuales donde se puede acudir y denunciar. Es además un espacio de capacitación, jubilación, obra social y cobertura. Acá, si queremos alquilar un lugar, no podemos porque no contamos con recibo de sueldo. Tenemos “el negreo de trabajar en negro”, como se dice en Argentina.
La ley uruguaya otorga espacios para capacitación y formación a las mujeres que quieren cambiar de profesión. Una ley en Argentina debería contar con el Estado para brindar las oportunidades, no sólo para las trabajadoras sexuales, sino para que un montón de mujeres que están en condición de precariedad puedan capacitarse y formarse en lo que deseen. Así y todo, creo que existe y siempre habrá mujeres que sigan escogiendo como trabajo la profesión del trabajo sexual.
Hay compañeras que sí quieren cambiar de trabajo y otras que no. No por eso podemos catalogar nuestra actividad como algo que no merece el reconocimiento por el Estado o que no podemos tener derechos. Somos mujeres como cualquiera y creo que sí, que hay mujeres que optan por este trabajo ante la desigualdad y que existe la explotación como en un montón de sectores de trabajadores. Pero también hay otras mujeres que tienen muchísimo nivel socio-cultural y educacional que hacen trabajo sexual, y no somos quiénes para decirles que no lo elijan, si ganan muchísimo más que en otra cosa.
El tema de la hipocresía y del prejuicio siempre ha jugado en contra y ha sido funcional a que no existan políticas públicas para el sector en la República Argentina ni en casi toda América Latina.