CLAM – Centro Latino-Americano em Sexualidade e Direitos Humanos

Aciertos y errores de uma ley necesaria.

Según estimaciones de la Cámara de Diputados de México, tres de cada cinco mujeres son objeto de actos de violencia en algún momento de su vida. A su vez, reportes del Instituto Nacional de las Mujeres indican que tan sólo durante 2006, 49 por ciento de los homicidios contra mujeres mexicanas ocurrió a manos de sus parejas.

La violencia femicida está extendida por todo el país. A los casos de Ciudad Juárez —alrededor de 500 asesinatos desde 1993— que han merecido atención internacional y la creación de una fiscalía y una comisión gubernamental especial, se suman los casos de mujeres asesinadas en el Estado de México (colindante con la capital y uno de los territorios más densamente poblados del país). Según un informe de la Cámara de Diputados, más del 25 por ciento de los asesinatos de mujeres mexicanas se cometen en localidades de ese Estado.

Estos antecedentes dieron pie a los legisladores para aprobar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que entró en vigor en febrero de 2007. La nueva ley pretende garantizar la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer, el respeto a su dignidad humana, su libertad y la no discriminación. No obstante, a más de medio año de su publicación, la ley continúa sin un reglamento que guíe su aplicación, pese los plazos legales que obligan al presidente a hacerlo en un lapso no mayor a 90 días.

De acuerdo con la legislación, se entiende por violencia contra las mujeres “cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”. Reconoce que la violencia puede presentarse dentro de los ámbitos familiar, laboral y escolar, en la comunidad en la que viven o puede ser ejercida por parte de las instituciones públicas que deben servir a la ciudadanía. Asimismo, tipifica las formas extremas de violencia como femicidio, en las que está presente no sólo cualquier tipo de acoso, sino una manifiesta misoginia que pueda poner en peligro la vida de la víctima.

En su artículo Aciertos y errores de una ley necesaria, Marisa Belausteguigoitia, directora del Programa Universitario de Estudios de Género de la UNAM, analiza los alcances de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

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