CLAM – Centro Latino-Americano em Sexualidade e Direitos Humanos

Consenso de Quito

Décima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe

Quito, Ecuador, 6 al 9 de agosto de 2007

CONSENSO DE QUITO

Los gobiernos de los países participantes en la décima Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe, representados por el más alto nivel de ministras o mecanismos para el adelanto de las mujeres, reunidos en Quito, Ecuador, del 6 al 9 de agosto de 2007,

1. Considerando que la población de América Latina y el Caribe es diversa, multicultural y multilingüe, compuesta por pueblos indígenas, afrodescendientes, mestizos y diversas etnias, entre otros,

2. Reiterando la resolución 605(XXX) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, en la que se toma nota del informe de la novena Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, reafirmando los compromisos emanados del Consenso de México D.F., especialmente la necesidad de evaluar y revertir los efectos negativos de los ajustes estructurales en el trabajo remunerado y no remunerado, la autonomía y las condiciones de vida de las mujeres, y reiterando los acuerdos adoptados en las tres reuniones subregionales preparatorias de la décima Conferencia para el Caribe, Centroamérica y México y Sudamérica, celebradas respectivamente en Saint John’s (Declaración de Saint John’s, Antigua y Barbuda, anexa), Ciudad de Guatemala y Santiago de Chile durante el primer semestre de 2007,

3. Teniendo presente que la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe es un órgano subsidiario de la Comisión Económica para América Latina y Caribe, y que su Mesa Directiva, en su trigésima novena reunión, acordó que en la décima Conferencia se analizarían dos temas de importancia estratégica para la región: i) participación política y paridad de género en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles, y ii) la contribución de las mujeres a la economía y la protección social, especialmente en relación con el trabajo no remunerado,

4. Reafirmando nuestro compromiso de cumplimiento y la plena vigencia de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo relativos a la igualdad, siempre y cuando hayan sido ratificados por los países, la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995), el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994), el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995), el Programa de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas 2 de Intolerancia (Durban, 2001), la Declaración del Milenio de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Nueva York, 2000), la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2006), y lãs recomendaciones emitidas por el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de las Naciones Unidas, así como todos los acuerdos posteriores en los que se reitera la adhesión de los gobiernos a la agenda internacional contenida en estos textos,1

5. Reconociendo la universalidad, la indivisibilidad, la interdependencia y la inalienabilidad de los derechos humanos y los avances hacia la igualdad conquistados a través de la normativa internacional en materia de promoción, protección y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres durante todo su ciclo vital, así como de los derechos colectivos,

6. Reiterando el vínculo entre los derechos humanos, la consolidación de la democracia representativa y participativa, y el desarrollo económico y social,

7. Reafirmando el deber de los Estados de garantizar los derechos humanos a través de la debida diligencia y mediante la adopción de todas las medidas necesarias para garantizar su plena vigencia,

8. Reconociendo que el carácter laico de los Estados contribuye a la eliminación de la discriminación contra las mujeres y garantiza el ejercicio de sus derechos humanos,

9. Reconociendo el valor social y económico del trabajo doméstico no remunerado de las mujeres, del cuidado como un asunto público que compete a los Estados, gobiernos locales, organizaciones, empresas y familias, y la necesidad de promover la responsabilidad compartida de mujeres y hombres en el ámbito familiar,

10. Reconociendo la importancia del valor económico y social del trabajo agrícola y de subsistencia no remunerado que realizan las mujeres rurales y campesinas y siendo conscientes de la necesidad de visibilizar este trabajo y contabilizar su aportación a las economías nacionales y a la cohesión de nuestras sociedades,

11. Reconociendo la significativa contribución de las mujeres en su diversidad a la economía en sus dimensiones productiva y reproductiva, al desarrollo de múltiples estrategias para enfrentar la pobreza, y a la preservación de los conocimientos y las prácticas fundamentales para el sostenimiento de la vida, especialmente para la seguridad y soberanía alimentaria y la salud,

12. Reconociendo que la división sexual del trabajo se mantiene como factor estructural de las desigualdades e injusticias económicas que afectan a las mujeres en los ámbitos familiar, laboral, político y comunitario y propician la desvalorización y falta de retribución de los aportes económicos de lãs mujeres,

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13. Reconociendo la contribución de las mujeres al retorno y al fortalecimiento de la democracia, la igualdad de género, la justicia social, el desarrollo de los países de la región y la inclusión de poblaciones históricamente discriminadas,

14. Reconociendo la valiosa aportación de los distintos pueblos y nacionalidades indígenas y afrodescendientes a la gobernabilidad de los Estados, así como a la preservación del patrimonio cultural y la reproducción de los valores socioculturales en sus territorios históricos sobre los cuales se asienta la vida de nuestros pueblos,

15. Reconociendo la contribución de los movimientos de mujeres y feministas, en toda su diversidad, al desarrollo de políticas públicas con perspectiva de género en la región, en particular a la profundización de la democracia y al desarrollo de la institucionalidad pública de género,

16. Reconociendo la labor de los mecanismos institucionales para el adelanto de las mujeres consistente en la formulación, el diseño y la gestión de políticas públicas para la igualdad entre mujeres y hombres al más alto nivel de los Estados de la región y, a la vez, conscientes de que los Estados son quienes deben asumir los retos que demanda la garantía de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes de la región,

17. Reconociendo que la paridad es uno de los propulsores determinantes de la democracia, cuyo fin es alcanzar la igualdad en el ejercicio del poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de participación y representación social y política, y en las relaciones familiares al interior de los diversos tipos de familias, las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales, y que constituye una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres,

18. Condenando las diversas formas de violencia contra las mujeres, especialmente el homicidio de mujeres, el femicidio y el feminicidio,

19. Rechazando la violencia estructural, que es una forma de discriminación contra las mujeres y un obstáculo para el logro de la igualdad y la paridad en las relaciones económicas, laborales, políticas, sociales, familiares y culturales, y que impide la autonomía de las mujeres y su plena participación en la toma de decisiones,

20. Reconociendo que el desarrollo económico y social de la región está directamente relacionado con la creación y el establecimiento de sistemas públicos integrales de seguridad social, de acceso y cobertura universales, articulados a un amplio espectro de políticas públicas y capaces de garantizar el bienestar, una vida de calidad y la ciudadanía plena de las mujeres,

21. Reconociendo que la pobreza en todas sus manifestaciones y el acceso desigual a los recursos en la región, profundizados por las políticas de ajuste estructural en aquellos países en las que fueron aplicadas, continúan siendo un obstáculo para la promoción y protección de todos los derechos humanos de las mujeres, por lo que la eliminación y reducción de las desigualdades políticas, económicas, sociales y culturales deben figurar entre los principales objetivos de todas las propuestas de desarrollo,

22. Considerando que todas las formas de discriminación, particularmente el racismo, la homofobia y la xenofobia, son factores estructurantes que provocan desigualdades y exclusión en la sociedad, especialmente contra las mujeres, y que, por lo tanto, su erradicación es un objetivo común de todos los compromisos asumidos en esta declaración,

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23. Reconociendo las inequidades de género como determinantes sociales de la salud conducentes a la precariedad de la salud de las mujeres en la región, en especial en los ámbitos relacionados con los derechos sexuales y reproductivos, lo que se expresa en el avance y la feminización de la epidemia del VIH/SIDA y en las altas tasas de mortalidad materna, en virtud de, entre otros, el aborto en condiciones de riesgo, los embarazos de adolescentes, la provisión insuficiente de servicios de planificación familiar, lo que demuestra las limitaciones aún existentes del Estado y de la sociedad para cumplir con sus responsabilidades relativas al trabajo reproductivo,

24. Considerando necesaria la eliminación del lenguaje sexista en todos los documentos, declaraciones, informes nacionales, regionales e internacionales y la necesidad de promover acciones para la eliminación de los estereotipos sexistas de los medios de comunicación,

25. Habiendo examinado el documento titulado “El aporte de las mujeres a la igualdad de América Latina y el Caribe”,2

1. Acordamos lo siguiente:

i) Adoptar medidas en todos los ámbitos necesarios, incluidas medidas legislativas, presupuestarias y reformas institucionales, para reforzar la capacidad técnica y de incidencia política de los mecanismos gubernamentales para el adelanto de las mujeres, así como garantizar que alcancen el más alto nivel jerárquico en la estructura del Estado y se fortalezca la institucionalidad de género en su conjunto, a fin de que puedan cumplir sus mandatos;

ii) Adoptar todas las medidas de acción positiva y todos los mecanismos necesarios, incluidas las reformas legislativas necesarias y las asignaciones presupuestarias, para garantizar la plena participación de las mujeres en cargos públicos y de representación política con el fin de alcanzar la paridad en la institucionalidad estatal (poderes ejecutivo, legislativo, judicial y regímenes especiales y autónomos) y en los ámbitos nacional y local como objetivo de las democracias latinoamericanas y caribeñas ;

iii) Fomentar la cooperación regional e internacional, en particular en materia de género, y trabajar por un orden internacional propicio al ejercicio de la ciudadanía plena y al ejercicio real de todos los derechos humanos, incluidos el derecho al desarrollo, lo que redundará en beneficio de todas las mujeres;

iv) Ampliar y fortalecer la democracia participativa y la inclusión igualitaria, plural y multicultural de las mujeres en la región garantizando y estimulando su participación y valorando su función en el ámbito social y económico y en la definición de las políticas públicas, adoptando medidas y estrategias para su inserción en los espacios de decisión, opinión, información y comunicación.

v) Fortalecer e incrementar la participación de las mujeres en los ámbitos internacionales y regionales que definen la agenda de seguridad, paz y desarrollo;

vi) Promover acciones que permitan compartir entre los países de la región estrategias, metodologías, indicadores, políticas, acuerdos y demás experiencias que faciliten avanzar hacia el logro de la paridad en cargos públicos y de representación política; 2 LC/L.2738(CRM.10/3).

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vii) Incentivar mecanismos de formación y capacitación política para el liderazgo de las mujeres de carácter regional como el recientemente creado Instituto caribeño para el liderazgo de las mujeres;

viii) Desarrollar políticas electorales de carácter permanente que conduzcan a los partidos políticos a incorporar agendas de las mujeres en su diversidad, el enfoque de género en sus contenidos, acciones y estatutos y la participación igualitaria, el empoderamiento y el liderazgo de las mujeres con el fin de consolidar la paridad de género como política de Estado;

ix) Buscar el compromiso de los partidos políticos para implementar acciones positivas y estrategias de comunicación, financiación, capacitación, formación política, control y reformas organizacionales internas de manera de alcanzar la inclusión paritaria de las mujeres, tomando en cuenta su diversidad en su interior y en los espacios de toma de decisiones;

x) Adoptar medidas legislativas y reformas institucionales para prevenir, sancionar y erradicar el acoso político y administrativo contra las mujeres que acceden a los puestos de decisión por vía electoral o por designación, tanto en el nivel nacional como local, así como en los partidos y movimientos políticos;

xi) Incentivar y comprometer a los medios de comunicación a que reconozcan la importancia de la participación paritaria de las mujeres en el proceso político, ofrezcan una cobertura equitativa y equilibrada de todas las candidaturas, cubran las diversas formas de la participación política de las mujeres y los asuntos que las afectan;3

xii) Adoptar políticas públicas, incluyendo leyes cuando sea posible para erradicar contenidos sexistas, estereotipados, dicriminatorios y racistas en los medios de comunicación y estimular su función como promotores de relaciones y responsabilidades igualitarias entre mujeres y hombres;

xiii) Adoptar medidas de corresponsabilidad para la vida familiar y laboral que se apliquen por igual a las mujeres y a los hombres teniendo presente que al compartir las responsabilidades familiares se crean condiciones propicias para la participación política de la mujer;

xiv) Adoptar medidas en todas las esferas de la vida democrática institucional y, en particular, en los ámbitos económico y social, incluidas las medidas legislativas y reformas institucionales, para garantizar el reconocimiento del trabajo no remunerado, su aporte al bienestar de las familias y al desarrollo económico de los países y promover su inclusión en las cuentas nacionales;

xv) Implementar sistemas públicos integrales de seguridad social, con acceso y coberturas universales, articulados a un amplio espectro de políticas públicas y capaces de garantizar el bienestar, la calidad de vida y la ciudadanía plena de las mujeres; 3 Véase el párrafo 2 m) de la resolución 58/142 de la Asamblea General.

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xvi) Formular políticas y programas de empleo de calidad y seguridad social e incentivos económicos dirigidos a garantizar el trabajo decente remunerado a mujeres sin ingresos propios, en igualdad de condiciones con los hombres, para asegurar en la región su autonomía y el ejercicio pleno de sus derechos;

xvii) Garantizar la eliminación de todas las condiciones laborales discriminatorias, precarias e ilegales y alentar la participación de las mujeres en sectores de trabajo creativos, innovadores y que superen la segregación laboral sexista;

xviii) Formular e implementar políticas públicas para ampliar el acceso sostenible de las mujeres a la propiedad de la tierra y el acceso al agua, a otros recursos naturales y productivos, al saneamiento y otros servicios, al financiamiento y tecnologías, valorando el trabajo para el consumo familiar y reconociendo la diversidad de iniciativas económicas y sus aportes con particulares medidas de garantía para las mujeres rurales, indígenas y afrodescendientes en sus territorios históricos cuando sea pertinente;

xix) Implementar políticas públicas de acción afirmativa para mujeres afrodescendientes en los países en los que no están plenamente integrados en el desarrollo, y mujeres indígenas como medidas de reparación social para garantizar su participación, en igualdad de condiciones, en las esferas políticas, económicas, sociales y culturales de la región;

xx) Formular y aplicar políticas de Estado que favorezcan la responsabilidad compartida equitativamente entre mujeres y hombres en el ámbito familiar, superando los estereotipos de género, reconociendo la importancia del cuidado y del trabajo doméstico para la reproducción económica y el bienestar de la sociedad como una de las formas de superar la división sexual del trabajo;

xxi) Igualar las condiciones y los derechos laborales del trabajo doméstico al de los demás trabajos remunerados, de conformidad con los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados y las normas internacionales en materia de derechos de las mujeres y erradicar todas las formas de explotación del trabajo doméstico de las niñas y los niños;

xxii) Eliminar la brecha de ingresos entre mujeres y hombres y la discriminación salarial en todos los ámbitos de trabajo, y proponer derogar los mecanismos legislativos e institucionales, que generan discriminación y condiciones de trabajo precarias;

xxiii) Desarrollar instrumentos de medición periódica del trabajo no remunerado que realizan las mujeres y hombres, especialmente encuestas de uso del tiempo para hacerlo visible y reconocer su valor, incorporar sus resultados al sistema de cuentas nacionales y diseñar políticas económicas y sociales en consecuencia;

xxiv) Asegurar que los derechos sexuales y reproductivos que forman parte de los derechos humanos, y el acceso universal a la salud integral, que incluye la salud sexual y reproductiva, se consideren como una condición indispensable para garantizar la participación de las mujeres en la vida política y en el trabajo remunerado y, por ende, en posiciones de toma de decisiones, para todas las mujeres, prioritariamente para las mujeres jóvenes, las más pobres, las mujeres indígenas, las afrodescendientes, las mujeres rurales y las mujeres con discapacidad;

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xxv) Implementar medidas y políticas que reconozcan los vínculos entre las vulnerabilidades sociales y económicas en relación con la posibilidad de las mujeres de participar en la política y en el trabajo remunerado, especialmente el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, agua y saneamiento, prevención, tratamiento y cuidado en VIH/SIDA, prioritariamente para las mujeres más pobres y sus familias;

xxvi) Promover políticas públicas orientadas a fortalecer el acceso y la permanencia de las mujeres adolescentes y jóvenes a la educación, la formación para el trabajo, salud sexual y reproductiva, empleo y participación política y social para el pleno ejercicio de sus derechos;

xxvii) Adoptar las medidas necesarias, especialmente de carácter económico, social y cultural, para que los Estados asuman la reproducción social, el cuidado y el bienestar de la población como objetivo de la economía y responsabilidad pública indelegable;

xxviii) Adoptar medidas que contribuyan a la eliminación de todas las formas de violencia y sus manifestaciones contra las mujeres; especialmente el homicidio de mujeres, el femicidio y el feminicidio, así como la eliminación de medidas unilaterales contrarias al derecho internacional y a la Carta de las Naciones Unidas, cuyas consecuencias fundamentales recaen sobre las mujeres, niñas y adolescentes;

xxix) Garantizar el acceso a la justicia de las mujeres, las adolescentes y las niñas que han sido víctimas de violencia de género, sin ningún tipo de discriminación, mediante la creación de las condiciones jurídicas e institucionales que garanticen transparencia, verdad, justicia y la consiguiente reparación de la violación de sus derechos, fortaleciendo políticas públicas de protección, prevención y atención para la erradicación de todas las formas de violencia;

xxx) Desarrollar programas integrales de educación pública no sexista encaminados a enfrentar estereotipos de género, raciales y otros sesgos culturales contra las mujeres y promover relaciones de apoyo mutuo entre mujeres y hombres;

xxxi) Revisar y armonizar la normativa a nivel nacional y regional a fin de tipificar los delitos de tráfico y trata de personas, y desarrollar políticas públicas, desde una perspectiva integral y de género, dirigidas a la prevención y que garanticen la protección de las personas que han sido víctimas;

xxxii) Erradicar las causas y los impactos de las redes del crimen organizado y de los nuevos delitos interrelacionados con modalidades de explotación económica que victimizan diferencialmente a las mujeres y niñas y atentan contra el pleno ejercicio de sus derechos humanos;

xxxiii) Adoptar legislación, políticas públicas y programas basados en investigaciones de las condiciones e impactos que rigen la migración inter e intrarregional de las mujeres, con el objeto de cumplir con los compromisos internacionales y garantizar la seguridad plena y la promoción y protección de todos sus derechos humanos incluyendo mecanismos para la reunificación de las familias;

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xxxiv) Promover el cumplimiento de los derechos humanos integrales de las mujeres indocumentadas y tomar medidas que garanticen el acceso pleno a documentos de identidad y ciudadanía para todas las mujeres, especialmente para quienes han estado excluidas de este derecho, como las mujeres indígenas, afrodescendientes y rurales;

xxxv) Hacer esfuerzos encaminados a firmar, ratificar y difundir la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y su Protocolo Facultativo, de modo de asegurar su aplicación;

xxxvi) Los gobiernos de los países participantes en la décima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe reafirmamos nuestra decisión de impulsar la adopción del Día internacional de las mujeres rurales en el seno de las Naciones Unidas, como un reconocimiento explícito de su contribución económica y el desarrollo de sus comunidades, en particular en lo que concierne al trabajo no remunerado que desempeñan.

Notas

1 Naciones Unidas, Plataforma y Declaración de Beijing. Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (A/CONF.177/20), Beijing, 1995, Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (A/CONF.171/13/Rev.1), El Cairo, 1994, Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (A/CONF.166/9), Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995, Informe de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la discriminación Racial, la Xenofobia y las formas Conexas de Intolerancia (A/CONF.189/12), Durban, 31 de agosto a 8 de septiembre de 2001, Declaración del Milenio (A/RES/55/2), Nueva York, septiembre de 2000.

2. Encomendamos a la Mesa Directiva de la Conferencia que una de sus reuniones anuales se dedique específicamente a evaluar el cumplimiento de los compromisos señalados y acordamos que en la undécima Conferencia Regional, prevista para el año 2010, se realice una evaluación general de mediano plazo de los avances logrados al respecto;

3. Solicitamos a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe que, junto con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, colabore con los Estados miembros que así lo soliciten en el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos adoptados mediante la creación de un observatorio de igualdad que contribuya al fortalecimiento de los mecanismos nacionales de género;

4. Solicitamos a la Presidencia que someta a la consideración de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, en su trigésimo segundo período de sesiones que se realizará en República Dominicana en el año 2008, los acuerdos contenidos en el presente Consenso y, en el marco de la celebración de los 60 años de su formación realice una actividad de alto nivel para evaluar los aportes de la CEPAL en materia de género en el período;

5. Tomamos nota con satisfacción de que la mayoría de las delegaciones nacionales acreditadas ante esta décima Conferencia cuenta entre sus integrantes con representantes de la sociedad civil, mujeres indígenas y parlamentarias;

6. Saludamos y respaldamos la excelente labor que ha venido realizando a favor de las mujeres de América Latina y el Caribe la Unidad de la Mujer de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe;

7. Expresamos nuestra gratitud a la Presidenta de la República de Chile, Michelle Bachelet; a la Vicepresidenta primera del Gobierno de España, Teresa Fernández de la Vega, y al Presidente de Ecuador, Rafael Correa y la Canciller de Ecuador, María Fernanda Espinosa, por su participación en esta Conferencia;

8. Agradecemos a la CEPAL y a los organismos de las Naciones Unidas por su contribución a la realización de esta Conferencia;

9. Agradecemos al pueblo y al Gobierno de Ecuador las facilidades otorgadas para la realización de esta Conferencia y su generosa hospitalidad;

10. Agradecemos al Alcalde de la ciudad de Quito, Paco Moncayo Gallegos, por haber declarado ciudadanas ilustres de esta ciudad a todas las asistentes a esta Conferencia, por contribuir a visualizar la presencia de las mujeres en el espacio público,

11. Agradecemos también por su participación a las redes feministas de mujeres.