CLAM – Centro Latino-Americano em Sexualidade e Direitos Humanos

TRABALHO E MATERNIDADE

Por Pilar Valentina Pezoa Navarro


Armonizar los tiempos del trabajo y de la maternidad es uno de los mayores desafíos que han enfrentado las mujeres al ingreso al mundo del empleo remunerado. Son varios los obstáculos que conlleva este doble rol. Uno de ellos es el denominado “techo de cristal”: barrera que impide a las mujeres continuar avanzando en su carrera profesional debido a estereotipos de género que cuestionan su idoneidad para desempeñar funciones de alta responsabilidad. Las supuestas limitaciones que la maternidad y responsabilidad por crianza de los hijos imponen a la vida laboral, distribuidas de modo inequitativo entre mujeres y hombres, son una de las principales excusas para limitar el ascenso de mujeres a los cuadros superiores de las organizaciones.

El doble rol de madre y trabajadora también ha dado lugar a una doble jornada de trabajo para las mujeres, quienes deben desempeñarse a la vez como cuidadoras y proveedoras, ya que la participación de los hombres en las labores domésticas y de crianza sigue siendo restringida. Aunque resulta común ver a mujeres indígenas y campesinas trabajando con sus hijos e hijas a cuesta, llama la atención que una diputada asista a las sesiones de la Cámara con su bebé o que una corresponsal extranjera viaje a cubrir noticias acompañada por su hija de 4 meses. Esta situación afecta a millones de mujeres en el mundo, de ahí la importancia de legislaciones que garanticen y armonicen el derecho al trabajo y a la maternidad.

El tema de la extensión del postnatal –promesa de campaña del presidente Sebastián Piñera– ha ocupado la agenda noticiosa de Chile en los últimos meses. En marzo de este año ingresó al Congreso un proyecto de ley que prometía un avance histórico para las mujeres trabajadoras y sus hijos/as. Además de aumentar la duración de la licencia a 6 meses (actualmente las etapas de pre y postnatal suman 3 meses), la propuesta de un postnatal parental fortalecería la participación de los hombres en el cuidado de sus hijos. La nueva figura otorgaría a las madres trabajadoras un número de semanas adicionales, transferibles al padre del recién nacido.

Sin embargo, el proyecto recibió fuertes críticas de organizaciones sociales de mujeres, que lo consideraron un retroceso con respecto a derechos adquiridos, dado que disminuiría los topes del subsidio y recortaría el fuero maternal (restricción impuesta a los contratantes que les impide despedir a las gestantes y puérperas por un tiempo determinado, que en Chile se extiende desde el inicio de su embarazo hasta un año después de expirado el descanso de postnatal). Ambos aspectos del proyecto fueron anunciados por las Comisiones de Trabajo y Salud del Senado.

Después de una ardua negociación con la oposición y luego de casi 2 meses de discusión del proyecto en el legislativo, el 12 de agosto el Gobierno envió a la Cámara de Diputados indicaciones para contrarrestar las modificaciones incorporadas durante su trámite en el Senado. Estas mantienen los derechos vigentes e incorporan nuevas propuestas. Entre ellas se destaca un período adicional de licencia si el parto se produce antes de iniciada la trigésimo segunda semana de gestación, o si el bebé pesa menos de 1.500 gramos al nacer, en cuyo caso el postnatal se extenderá seis semanas más. Para los nacimientos múltiples se propone un incremento de 7 días por cada niño, a partir del segundo. De concurrir ambas circunstancias, prima el descanso de mayor extensión.

El documento del gobierno fija en 66 Unidades de Fomento (UF) brutas el tope salarial del subsidio, que actualmente equivale a 1.450.000 pesos chilenos. También señala que si el padre hace uso de 6 semanas o menos de permiso postnatal parental, la base de cálculo para el subsidio es la de su propia remuneración, aplicándose igualmente el tope anterior. Las/os trabajadores/as que vean castigadas sus remuneraciones con ocasión de la aplicación del tope del subsidio podrán trabajar en jornadas reducidas hasta alcanzar su sueldo ordinario, ya sea mediante jornadas parciales o acumulando tiempo hasta el final del permiso postnatal parental. Las indicaciones contemplan además mejoras para las madres cesantes que se benefician del subsidio por maternidad.

Pese a las mejoras introducidas por el Gobierno, la ley sigue siendo objeto de fuertes polémicas debido al carácter discriminatorio que sus detractores hallan en su concepción. Las críticas al proyecto señalan que la visión neoliberal preponderante ha hecho olvidar que los permisos y subsidios por maternidad o parentalidad son derechos de la seguridad social. Se trata de prestaciones destinadas a reemplazar el salario y a proteger bienes jurídicos de alto valor social. El tope vigente de 66 UF corresponde al tope de la renta imponible en el sistema previsional, que opera como tal para toda licencia forzosa.

En entrevista con el CLAM, María Ester Feres, directora del Centro de Estudios y Asesorías en Trabajo, Relaciones Laborales y Diálogo Social de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, Universidad Central, analiza los principales aspectos y limitaciones de la iniciativa en discusión.

¿Cómo evalúa el proyecto de ley de postnatal que se discute actualmente en el Congreso?

El proyecto propone incrementar el permiso postnatal de las madres trabajadoras a seis meses, y para ello debe crear la figura del postnatal parental, ya que la propuesta modifica las condiciones económicas en que se otorga. Aduciendo que no es justo que las madres asalariadas de mayores ingresos perciban un subsidio que reemplace el total de su salario neto o líquido, introduce un tope de 3,5 ingresos mínimos con el fin de redistribuir ingresos a costa de derechos laborales y de seguridad social de las trabajadoras. Con un criterio similar, regula exhaustivamente el derecho a licencia y subsidio en caso de enfermedad grave de hijo o hija menor de un año. En cuanto a lo que declara como un nuevo permiso postnatal parental, permite, bajo las mismas condiciones anteriores (base de cálculo y tope en función de la remuneración de la trabajadora), que el padre, a opción de la madre, pueda tomar las últimas 6 semanas del período. Como se puede apreciar, el proyecto no representa una innovación en el enfoque legislativo, ya que la madre sigue siendo la principal –si no la única– responsable de la reproducción y del cuidado de los hijos.

En cuanto a la universalización del derecho, la propuesta inicial del gobierno establecía un bono de pobreza de subsidio a la maternidad para trabajadoras embarazadas cesantes pertenecientes al 20% de los hogares más pobres de la población, que hubiesen tenido contratos temporales por un monto equivalente a un tercio de un Salario Mínimo aproximado durante el período de pre y postnatal. Según datos estimativos, las beneficiarias sólo serían entre 5.000 y 8.000 mujeres.

El Gobierno, aprovechando lo que intentaba vender como un cambio histórico a favor del derecho a la maternidad, propuso disminuir en cerca de 6 meses el fuero de las madres trabajadoras contratadas por tiempo indefinido y suprimir la protección de estabilidad laboral para las trabajadoras, públicas y privadas, con contratos temporales.

Un análisis jurídico serio del proyecto revela una disminución clara de los derechos adquiridos de las trabajadoras embarazadas y puérperas, así como evidentes discriminaciones entre trabajadoras y entre sus hijos e hijas, sin implicar avance alguno en materia de corresponsabilidad social y parental. En esa línea, es notable que el Proyecto no haga una revisión de normas discriminatorias, como el derecho a salas-cuna para mujeres que trabajen en empresas con 20 o más empleadas; y las que definen derechos laborales para los padres sin establecerlos siempre como una liberalidad de la madre.

¿Cómo afecta el proyecto la situación de las trabajadoras agrícolas de temporada y migrantes?

En principio, la legislación laboral es aplicable en forma igualitaria a las trabajadoras chilenas y a trabajadoras migrantes, aun si no cuentan con un permiso de trabajo regularizado. El problema se manifiesta a partir de las condiciones de informalidad en las que muchas mujeres migrantes trabajan, similar a las de trabajadoras agrícolas de temporada y de otros sectores donde vulneran sus derechos laborales. Al carecer de contratos de trabajo, ellas deben asumir los costos por la formalización de su situación laboral y por las cotizaciones previsionales.

Si el Gobierno quisiese, de verdad, ampliar la cobertura de los derechos de maternidad, hubiera incluido en este o en otros proyectos medidas concretas y eficaces tendientes a combatir la alta precariedad e informalidad laboral existentes.

Las estadísticas señalan que cerca del 50% de las trabajadoras agrícolas (no hay datos sobre trabajadoras migrantes) laboran en condiciones de informalidad. Si pertenecen a estratos pobres, esta cifra alcanza el 67%.

¿Cuál es la situación de Chile en materia de protección de la maternidad y la paternidad en comparación con otros países de América Latina?

La legislación laboral sobre maternidad en Chile es de las más protectoras de la región. Abarca tanto el sector público como el privado y cubre a todas las mujeres gestantes y madres, incluyendo las trabajadoras independientes que cotizan en el sistema de seguro de salud.

La ley señala que están “sujetos a ella los servicios de la administración pública, los servicios semifiscales, de administración autónoma, de las municipalidades y todos los servicios y establecimientos, cooperativas o empresas industriales, extractivas, agrícolas o comerciales, sean de propiedad fiscal, semifiscal de administración autónoma o independiente, municipal o particular o perteneciente a una corporación de derecho público o privado”. Estas disposiciones comprenden las sucursales o dependencias de los establecimientos, empresas o servicios indicados, al igual que al personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y del Poder Legislativo y Judicial; y “beneficiarán a todas las trabajadoras que dependen de cualquier empleador, comprendidas aquellas que trabajan en su domicilio y, en general, a todas las mujeres que estén acogidas a algún sistema previsional”.

Respecto al universo cubierto, no se distingue entre trabajos típicos o atípicos, siendo gran parte de sus normas aplicables a todo tipo de trabajadora asalariada, es decir que se desempeña bajo un vínculo de subordinación y dependencia, incluyendo trabajadoras domésticas, teletrabajo, trabajo a domicilio, trabajo a tiempo parcial, trabajadores no sujetos a jornada laboral, etc.

¿Cómo ve el proceso de incursión de las mujeres chilenas en el mundo laboral actual?

Si bien en Chile se ha incrementado la tasa de participación laboral femenina, ésta sigue siendo una de las más bajas a nivel regional (47%). Adicionalmente, la inserción de las mujeres en el mercado se da en condiciones discriminatorias, ya que la oferta de trabajo tiene un fuerte sesgo de género. La participación femenina se concentra en el servicio doméstico (91%); servicios sociales y de salud (69%); actividades comunitarias, sociales y personales (68%); enseñanza (66%); y hoteles y restaurantes (52%). A esto se suma la desigualdad de la participación laboral según la clase: en los primeros deciles fluctúa entre el 25% y 33%, mientras que en los deciles de mayores ingresos es cercana al 60%. Las mujeres más pobres y que más necesitan ingresar al mercado laboral remunerado presentan los peores indicadores de participación. Como consecuencia, ellas están sobrerrepresentadas en el sector informal, donde el servicio doméstico es la primera y casi única puerta de entrada al mercado de trabajo, en especial para las mujeres de menos ingresos (17%). Además, se insertan en mayor porcentaje en pequeñas microempresas (29,8%).

¿Qué desafíos representa la maternidad en este contexto?

La problemática de la maternidad afecta a las mujeres de manera diferenciada según estratos de ingresos. Las de quintiles superiores sufren menos la informalidad, acceden a ayuda doméstica y a salas-cuna o guarderías. Las más pobres y precarizadas no tienen dichas posibilidades. No obstante, la brecha salarial y el techo de cristal que afecta a las mujeres profesionales son frecuentes en el sector empresarial, debido a que muchas de ellas se encuentran en edad reproductiva o deben atender obligaciones domésticas, lo que no asegura su disponibilidad absoluta y prioritaria con el trabajo. Por último, la penalización empresarial y social de la maternidad, causa y consecuencia de la falta de un enfoque que permita compartir derechos y obligaciones de la reproducción entre ambos padres, tiene consecuencias negativas para la sociedad y para las mujeres, como la constante disminución de la tasa de natalidad (que en Chile es inferior a la necesaria para reponer la población y la fuerza de trabajo), y el castigo remuneracional o de competencias de las mujeres profesionales al tener que alejarse por tanto tiempo de su trabajo habitual.

¿El ingreso de las mujeres en el mercado laboral ha transformado la maternidad y la conformación de hogares?

Según el último Censo de Población, de forma simultánea han bajado las tasas de natalidad y ha aumentado la expectativa de vida de los habitantes del país. Esto conlleva una profunda transformación demográfica. Si bien, la cantidad de hijos por mujer difiere según el nivel de ingresos, el aumento de la expectativa de vida incrementa la cantidad de familiares de la tercera edad dependientes y agrega tensión a las responsabilidades de conciliación entre empleo y vida familiar, al cambiar en los tipos, estructura y tamaño de las familias.

Según el último Censo, se constata un significativo aumento de hogares en los que se declara como jefa una mujer: en 10 años, entre 1992 y 2002, se pasó de 25,3% a 31,5%. Si bien este aumento se produce fundamentalmente en hogares biparentales, ya sean nucleares o extensos, es decir, en hogares donde el cónyuge está presente y la mujer es económicamente activa (de 4% a 15%), la gran mayoría de los hogares con jefas mujeres son monoparentales. Entre 1990 y 2006, las familias monoparentales (sólo con presencia de madre o de padre) aumentaron del 22,2% al 25,6%, teniendo 84,5% de estas familias monoparentales a una mujer como cabeza.