La batalla legal de la píldora
Michelle Bachelet firmó el Decreto Supremo que autoriza el reparto de la píldora del día después a jóvenes mayores de 14 años, sin autorización de sus padres, como respuesta a la impugnación del TC a la aplicación de las Normas de Regulación de la Fertilidad.
Un ambiente distendido, altas temperaturas y poca ropa se confabulan para que este verano 2007, muchos jóvenes y adolescentes tengan su debut sexual en Chile. Mientras tanto, en la ciudad de Santiago la presidenta Michelle Bachelet firmó, el 29 de enero, el Decreto Supremo para autorizar el reparto de la “píldora del día después” a jóvenes mayores de 14 años, sin ser requerida autorización de los padres.
Ni casual ni espontánea fue esta decisión presidencial de autorizar la distribución de la “píldora del día después”. Se gestó apenas el Tribunal Constitucional (TC) impugnara, el 12 de enero pasado, la aplicación de las Normas sobre Regulación de la Fertilidad, dejando sin efecto la entrega gratuita del fármaco a las jóvenes mayores de 14 años en los consultorios de atención primaria de salud pública.
La decisión del Tribunal Constitucional no argumentó sobre la píldora, sino que cuestionó la capacidad legal del Ministerio de Salud para definir políticas sanitarias mediante decreto ministerial. No se pronunció sobre el fondo de la iniciativa, que pone la pastilla a disposición de todas las mujeres en el sistema público, junto con un importante conjunto de normas técnicas sobre fertilidad, incluida la anticoncepción masculina, que no despertó discusión alguna. Tendría que ser la Presidenta de la República la que firmara un Decreto Supremo para que la norma pudiera ser efectiva.
Lidia Casas, abogada del Centro de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Diego Portales y vice presidenta de la Asociación de Protección de la Familia (APROFA), asegura que dos ministros del Tribunal, Raúl Bertelsen y Enrique Navarro, debieron inhabilitarse de conocer esta materia desde el primer día. Ellos “emitieron juicio y entregaron informes en derecho a petición de partes contrarias a la píldora. Ellos debieron restarse de la decisión del TC”, precisó.
Recién firmado por la Presidenta, el texto del Decreto Supremo no modifica el decreto ministerial previamente emitido, siendo una señal de apoyo y respaldo a la normativa impulsada por el Ministerio de Salud. Sin embargo, la mandataria subrayó el ofrecimiento de consejería a las menores de edad que requieran el medicamento, aspecto considerado ya en las normas, cuya aplicación de este modo queda garantizada.
No se puede excluir de la discusión y el debate la cifras alarmantes divulgadas por la Secretaría Regional del gobierno a la opinión pública que señalan que cada año en Chile nacen 40 mil niños cuyas madres son menores de 19 años; el 13,6% de las niñas menores de 14 son madres y el 85% de los niños nacidos vivos de madres de entre 15 y 19 años, lo hacen fuera de matrimonio.
Pese a estos datos reveladores, está claro que éste no será el último giro legal para autorizar la entrega de la píldora del día después a jóvenes y adolescentes. Una vez que el Decreto Supremo sea publicado en el Diario Oficial, parlamentarios de derecha han anunciado un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional.
Los orígenes de a batalla legal y la polémica asociada con la píldora, se remontan varios años atrás. El primer hito significativo fue el 24 de agosto de 2001 cuando el Instituto de Salud Pública de Chile permitió la venta del fármaco Postinor-2. Las reacciones no tardaron en llegar. En aquel entonces, la discusión se centró en los posibles efectos abortivos que el medicamento pudiera tener. Descartadas esas posibilidades y a pesar de las acciones judiciales que intentaron oponerse a su comercialización, la Corte Suprema confirmó –por fallo unánime–, en noviembre de 2005, que el medicamento puede ser utilizado en Chile.
Un año después, el 3 de septiembre de 2006, el Ministerio de Salud en el marco de las Normas para Regular la Fertilidad, entregó la píldora en los consultorios, a menores de edad y sin autorización de sus padres. Los argumentos: evitar los 40.000 embarazos adolescentes por año que hay en Chile e intentar romper el círculo de la pobreza al que, desde ese momento, se ven condenados los jóvenes padres y sus hijos. Pero la edad y el no involucrar a los padres, dando autonomía de elección y confidencialidad a las jóvenes, generaron más polémica.
Hubo recursos judiciales que prohibieron temporalmente la disribución del fármaco. El gobierno presentó dos nuevos recursos para reponerlo y el Consejo de Defensa del Estado entró a una batalla judicial. Finalmente, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones levantó la prohibición y el gobierno sintió que por fin estaban “en condiciones de poder llevar a cabo e implementar correctamente esta política del Ministerio de Salud”.
La Iglesia reaccionó aún más fuerte y calificó públicamente las Normas para Regular la Fertilidad de “imprudentes” y “un golpe a la familia”. El presidente de la Conferencia Episcopal, Monseñor Alejandro Goic, explicó que “las normas afectan el ordenamiento jurídico chileno y se alejan de los cumplimientos de los deberes del Estado hacia las personas y las familias”.
Según el prelado, los juristas consultados por la Iglesia revelaron que las Normas sobre Regulación de la Fertilidad evidenciaban inconstitucionalidades de fondo, pues –según la religión católica– estas vulneran tres garantías fundamentales: el derecho a la vida, el derecho a la vida privada y el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos. Opiniones similares fueron difundidas en la prensa por políticos y políticas de sectores conservadores.
Soledad Díaz, una de las redactoras y encargada de la edición de las Normas cuestionadas por el Episcopado, hizo sus descargos. La investigadora del Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER) explicó que la normativa actualiza aspectos técnicos, pero su gran innovación es incorporar un marco conceptual con “elementos sobre derechos de las personas en el ámbito reproductivo, temas éticos, perspectiva de género y calidad de atención”, además de “criterios médicos de elegibilidad para precisar las características de las personas para cada método”, un punto que, explica, es considerado fundamental desde la Organización Mundial de la Salud. La profesional aclara que este marco no se refiere a otras dimensiones de la vida humana ni de la sexualidad y reproducción, ni aborda el concepto de familia respetando la diversidad de posiciones que puede haber en nuestra sociedad.
Los detractores de la píldora esperan que el documento sea publicado en el Diario Oficial lo antes posible, para dirigirse de inmediato al TC apuntando contra dos aspectos: el carácter abortivo del fármaco (argumento ya usado con anterioridad), y la entrega a menores de edad sin el consentimiento de los padres.
Se supone que esta vez el TC tendrá que pronunciarse sobre la cuestión de fondo y aquellos que no se inhabilitaron la primera vez tendrían que quedar fuera. “Sería absolutamente impresentable si no lo hacen. Sería un tribunal que carecería de toda imparcialidad”, argumenta la abogada Lidia Casas ante este nuevo escenario judicial.